Acuerdos. 0098 Deléguese al Subsecretario de Política Fiscal, como Delegado Principal ante el Comité Técnico Interinstitucional del Comité de Política Tributaria

Número de Boletín573
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Martes 9 de noviembre de 2021 Suplemento Nº 573 - Registro Ocial
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ACUERDO No. 0098
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONSIDERANDO:
QUE la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 del
20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde “Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiere su gestión";
QUE el artículo 71 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22
de octubre de 2010 en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306 determina:
“La rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la
ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que será el ente rector
del SINFIP”;
QUE la norma ibídem, en su artículo 75 dispone: “La Ministra (o) a cargo de las finanzas
públicas podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo (...)";
QUE el Código Orgánico Administrativo, en el artículo 69 determina: “Delegación de
competencias. Los órganos administrativos pueden delegar el ejercicio de sus
competencias, incluida la de gestión (…)”;
QUE el segundo inciso del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva, dispone: “Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su
competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico
de sus respectivos Ministerios”;
QUE el primer inciso del artículo 55 del Estatuto referido, señala que: “Las atribuciones
propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e
Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía (...)"; el
segundo inciso de la referida norma dispone que: "Los delegados de las autoridades y
funcionarios de la Administración Pública Central e Institucional en los diferentes
órganos y dependencias administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios
públicos.";
QUE mediante Resolución No. CPT-RES-2018-002, publicada en el Registro Oficial No. 396
de 28 de diciembre de 2018, el Comité de Política Tributaria, expidió el Reglamento
para su funcionamiento, cuyo artículo 15 dispone: El Comité Técnico Interinstitucional
estará conformado, permanentemente, por un delegado de todas y cada una de las
instituciones que integran el Comité de Política Tributaria, el cual será designado por la
autoridad que conforma el Comité de Política Tributaria. Sin perjuicio de la designación

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