Resoluciones. 01-2021 Son competentes para conocer y resolver los recursos de apelación presentados por las y los juzgadores de primera instancia, respecto de la condena en costas procesales declarada en autos de nulidad procesal dictados por los tribunales de apelación, los tribunales de las distintas Salas Especializadas de la Corte Nacional de Justicia que correspondan a la materia del proceso en los cuales se declaró la nulidad procesal.

Número de Boletín399
SecciónResoluciones
EmisorCorte Nacional de Justicia
Viernes 26 de febrero de 2021Registro O cial - Suplemento Nº 399
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RESOLUCIÓN No. 01-2021
1.- NORMATIVA APLICABLE
Entre las funciones que corresponden a la Corte Nacional de Justicia, a través del Pleno de ese
organismo, el artículo 180 del Código Orgánico de la Función Judicial establece: “Al Pleno de la
Corte Nacional de Justicia le corresponde: 6. Expedir resoluciones en caso de duda u obscuridad
de las leyes, las que serán generales y obligatorias, mientras no se disponga lo contrario por la
Ley, y regirán a partir de su publicación en el Registro Oficial.”
La facultad de la Corte Nacional de Justicia de expedir resoluciones generales y obligatorias en
caso de duda sobre el alcance y aplicación de la leyes, constituye una de las labores
fundamentales de este Órgano de justicia, íntimamente vinculada con las garantías
jurisdiccionales de los ciudadanos al debido proceso, a la tutela efectiva de sus derechos y a la
seguridad jurídica (Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República). Se encuentra relacionada
con los principios constitucionales que rigen el ejercicio de los derechos, contemplados en el
artículo 11, numerales 5 y 8 de la Constitución de la República que establece: “Artículo 11. El
ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: 5. En materia de derechos y
garantías constitucionales, las servidoras y servidores públicos, administrativos y judiciales,
deberán aplicar la norma y la interpretación que más favorezca su efectiva vigencia. 8. El
contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de normas,
jurisprudencia y políticas públicas. El Estado generará y garantizará las condiciones necesarias
para su pleno reconocimiento y ejercicio.”
Además, a través de estas resoluciones generales y obligatorias, la Corte Nacional de Justicia
proporciona a las juezas y jueces de instancia, tribunales provinciales, así como a los
profesionales del derecho y ciudadanía en general, criterios unificados, debidamente
sustentados, sobre la aplicación de la normatividad jurídica en la solución en casos
controvertidos o cuando existan vacíos en la ley.

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