Resoluciones. 010-2018-DGI-IEPI Refórmese La Resolución No. 008-2018-DGI-IEPI, De 8 De Marzo De 2018

Número de Boletín236
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual - IEPI
Martes 8 de mayo de 2018 – 15Registro Of‌i cial Nº 236
Resuelve:
Artículo 1.- INCORPORAR en el artículo 8 de la
Resolución No. 008-2018-DGI-IEPI, de 8 de marzo de
2018, incorpórese el siguiente inciso:
“Los servidores delegados estarán facultados también
para notif‌i car, certif‌i car y conferir copias certif‌i cadas
y compulsas de documentos y actos administrativos
generados por el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual a nivel nacional, ya sea de documentos físicos
o digitales.”
Artículo 2.- INCORPORAR en el artículo 9 de la
Resolución No. 008-2018-DGI-IEPI, de 8 de marzo de
2018, incorpórese el siguiente inciso:
“La servidora delegada estará facultada también
para notif‌i car, certif‌i car y conferir copias certif‌i cadas
y compulsas de documentos y actos administrativos
generados por el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual a nivel nacional, ya sea de documentos físicos
o digitales.”
Artículo 3.- Los delegados a través de la presente
resolución responderán directamente de los actos realizados
en el ejercicio de las funciones y atribuciones delegadas
y deberán observar para el efecto las disposiciones
constitucionales, legales y reglamentarias.
Artículo 4.- Los documentos emitidos en virtud de esta
delegación serán de responsabilidad de los delegados,
quienes actuarán según lo establecido en el artículo 59 del
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, en los cuales, se hará constar expresamente esta
circunstancia y se considerarán dictados por el Director
de Gestión Institucional.
Artículo 5.- El Director de Gestión Institucional se
reserva el derecho de avocar las atribuciones delegadas,
cuando lo estime pertinente.
Artículo 6.- De conformidad con la disposición contenida
en el artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, publíquese esta
Resolución en el Registro Of‌i cial.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Deróguese y déjese sin efecto las normas de igual o
inferior jerarquía que se opongan a la presente delegación.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito Distrito Metropolitano a, 17 de abril de
2018.
f.) Abg. Luis M. Cano Cifuentes, Director de Gestión
Institucional, Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual.
No. 010-2018-DGI-IEPI
EL DIRECTOR DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-
Considerando:
Ecuador manif‌i esta que “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”
del Ecuador prescribe que “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación”
Que, según la disposición transitoria Tercera del Código
Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos,
Creatividad e Innovación, publicada en el Registro Of‌i cial
Suplemento Nro. 899 del 09 de diciembre de 2016: “El
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, así
como toda la institucionalidad creada mediante la Ley de
Propiedad Intelectual, publicada en el Registro Of‌i cial
Suplemento No. 426 de 28 de diciembre de 2006, existirá
hasta que se establezca mediante el correspondiente
Decreto Ejecutivo, la nueva autoridad nacional competente
en materia de derechos intelectuales, encargada de la
regulación, gestión y control de los derechos intelectuales
y de los conocimientos tradicionales, perteneciente a la
Función Ejecutiva y adscrita a la Secretaría de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (…) Así mismo,
todas las disposiciones y funciones atribuidas a la nueva
autoridad nacional competente en materia de derechos
intelectuales, hasta su conformación, continuarán siendo
ejercidas por el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual, a través de los distintos órganos que lo
conforman (…) La nueva autoridad nacional competente
en materia de derechos intelectuales, encargada será
la sucesora en derecho del Instituto Ecuatoriano de
la Propiedad Intelectual, asumiendo el patrimonio,
presupuesto, derechos y obligaciones incluyendo las
laborales, conforme los regímenes aplicables a cada caso
(…)”
consta la creación del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual IEPI, como persona jurídica de derecho
público, con patrimonio propio, autonomía administrativa,
económica, f‌i nanciera y operativa, con sede en la ciudad de
Quito, con los f‌i nes establecidos en dicha ley;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, faculta a las
diversas autoridades de la administración, la delegación en
los órganos de inferior jerarquía las atribuciones propias de
sus cargos;
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