Acuerdos. 0105-2017 Sociedad Ecuatoriana Multidisciplinaria De Mastología, Con Domicilio En La Ciudad De Quito, Provincia De Pichincha
Número de Boletín | 62 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Salud Pública |
4 – Martes 22 de agosto de 2017 Segundo Suplemento – Registro Ofi cial Nº 62
Es fi el copia del documento que consta en el archivo de la
Dirección Nacional de Secretaría General al que me remito
en caso necesario.- Lo certifi co en Quito a, 01 de agosto de
2017.- f.) Ilegible, Secretaría General, Ministerio de Salud
Pública.
MINISTERIO DE SALUD
No. 0105-2017
EL VICEMINISTRO DE GOBERNANZA Y
VIGILANCIA DE LA SALUD
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma
libre y voluntaria, así como las formas de organización de
la sociedad, como expresión de la soberanía popular para
desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las
decisiones y políticas públicas y en el control social de todos
los niveles de gobierno así como de las entidades públicas
y de las privadas que presten servicios públicos, conforme
lo prescrito en los artículos 66 y 96 de la Constitución de la
República del Ecuador;
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones
deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la
República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la
Codifi cación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo
No. 339, publicado en el Registro Ofi cial No. 77 de 30 de
noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la
facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia,
apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones
pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 739 publicado en el
Registro Ofi cial No. 570 de 21 de agosto de 2015, se
codifi có y reformó el Reglamento para el Funcionamiento
del Sistema Unifi cado de Información de las Organizaciones
Sociales y Ciudadanas, cuyo artículo 5 establece los
tipos de organizaciones que se puede constituir: a saber
fundaciones, corporaciones, u otras formas de organización
social nacionales o extrajeras;
Que, el artículo 10 del Reglamento referido señala que
son Corporaciones las entidades de naturaleza asociativa,
conformadas por un número mínimo de cinco miembros,
expresada mediante acto constitutivo, colectivo y voluntario,
que tiene como fi nalidad la promoción y búsqueda de bien
común de sus miembros, el bien público en general o de
una colectividad en particular; pudiendo ser éstas de primer,
segundo o tercer grado; además, en el artículo 14 del mismo
Reglamento se establecen los requisitos y procedimiento
para la concesión de la personalidad jurídica y aprobación
del estatuto de la organización;
Que; conforme consta en el Acta Constitutiva de 21 de
julio de 2016, los miembros de la Sociedad Ecuatoriana
Multidisciplinaria de Mastología en constitución, se
reunieron con la fi nalidad de constituir la referida
organización, así como para la aprobación del estatuto
cuyo ámbito de acción es: “...generar estrategias para
mejorar tanto preventiva, diagnóstica y terapéutica de la
población susceptible, y como misión promover la mejoría
de la capacitación al personal involucrado en la atención
integral de la patología mamaria, en procura de establecer
normativas para su adecuado manejo.”;
Que, la secretaria provisional de la Sociedad Ecuatoriana
Multidisciplinaria de Mastología en constitución, mediante
comunicación de 6 de julio de 2017, solicitó la aprobación
del estatuto y la concesión de personalidad jurídica de
la referida organización, para lo cual remitió el Acta
Constitutiva conjuntamente con el proyecto de estatuto y el
documento que acredita el patrimonio de la organización;
Que, de la revisión y análisis del estatuto realizado por la
Dirección Nacional de Consultoría Legal, que consta del
“Informe de cumplimiento de requisitos de las organizaciones
sociales y ciudadanas” No. DNCL-G-31-2017 de 14 de
julio de 2017, se desprende que la Sociedad Ecuatoriana
Multidisciplinaria de Mastología en conformación, cumple
con los requisitos establecidos en el Reglamento para el
Funcionamiento del Sistema Unifi cado de Información de
las Organizaciones Sociales y Ciudadanas; y,
En ejercicio de la atribución que le confi ere el Acuerdo
Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de
2015
Acuerda:
Art. 1.- Conceder personalidad jurídica y aprobar el
estatuto de la Sociedad Ecuatoriana Multidisciplinaria de
Mastología, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia
de Pichincha.
Art. 2.- La Sociedad Ecuatoriana Multidisciplinaria de
Mastología, deberá cumplir con todas las obligaciones
previstas en el Reglamento para el Funcionamiento del
Sistema Unifi cado de Información de las Organizaciones
Sociales y Ciudadanas expedido mediante Decreto
Ejecutivo No. 739 publicado en el Registro Ofi cial No. 570
de 21 de agosto de 2015.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Ofi cial.
Dado en la ciudad de Quito, 01 de agosto de 2017.
f.) Dr. Fernando Cornejo León, Viceministro de Gobernanza
y Vigilancia de la Salud.
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