Resoluciones. 0106 Legalícese La Comisión De Servicios Al Exterior Del Señor Marco Santiago Dávila Oña

Número de Boletín185
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio del Interior
Miércoles 21 de febrero de 2018 – 25Registro Of‌i cial Nº 185
No. 0106
Mgs. César Navas Vera
MINISTRO DEL INTERIOR
Considerando:
del Ecuador establece que: “A las ministras” y ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión (...)”;
Ecuador dispone que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
Que, el párrafo cuarto del artículo 30 de la Ley
Orgánica del Servicio Público establece que: “(...) Para
efectuar reuniones, conferencias, pasantías y visitas de
observación en el exterior o en el país, que benef‌i cien a
la Administración Pública, se concederá comisión de
servicios hasta por dos años, previo dictamen favorable de
la unidad de administración del talento humano, siempre
que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de
servicio en la institución donde trabaja (...)”;
Que, el artículo 208 del Reglamento General a la Ley
Orgánica del Servicio Público determina que: “Cuando una
servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se
desplace a cumplir tareas of‌i ciales de capacitación y/o
actualización de conocimientos en reuniones, conferencias
o visitas de observación dentro o fuera del país, se le
concederá comisión de servicios con remuneración,
percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización
y/o transporte por el tiempo que dure dicha comisión desde
la fecha de salida hasta el retorno (... )”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo del
2017, artículo primero, el Presidente Constitucional de la
República del Ecuador, nombra al Magíster César Antonio
Navas Vera como Ministro del Interior;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva establece que: “Los
Ministros de Estado son competentes para el despacho de
todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad
de autorización alguna del Presidente de la República, salvo
los casos expresamente señalados en leyes especiales.”;
Que, conforme el Estatuto Sustitutivo al Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Of‌i cial Edición Especial
No. 112 de 13 de octubre de 2017, la Misión de este
Portafolio de Estado es garantizar la seguridad ciudadana y
convivencia pacíf‌i ca en el marco del respeto a los derechos
fundamentales, la democracia y la participación ciudadana
con una visión integral que sitúa al ser humano en su
diversidad como sujeto central para alcanzar el Buen
Vivir;
Que, en el artículo 6 del Acuerdo No. 0026 de la Secretaría
General de la Presidencia de la República de fecha 29
de agosto de 2017, con el que se expide el Reglamento
de Viajes al Exterior y en el Exterior de los Servidores
Públicos de las Instituciones de la Administración Pública
Central, Institucional y que dependen de la Función
Ejecutiva (APCID), consta el cuadro sobre “VIAJES AL
EXTERIOR” estableciendo que todo servidor público,
incluido el nivel jerárquico superior, no considerado en los
numerales 1, 2 y 3 de dicho instrumento será autorizado por
la máxima autoridad de la institución o su delegado;
Que, con memorando No. MDI-DM-2017-080 de 24 de
marzo de 2017, el Ministro del Interior subrogante dispuso
la comisión de servicios al exterior como comisión técnica
al analista Marco Santiago Dávila Oña quien asistió a la IV
Reunión de Ministros y XI Reunión de Instancia Ejecutiva
del Consejo Suramericano en materia de Seguridad
Ciudadana, Justicia y Coordinación de acciones contra la
Delincuencia Organizada Transnacional del UNASUR
efectuada en Caracas-Venezuela;
Que, mediante resolución No. DATH-2017-1036 de
26 de marzo de 2017, la Dirección de Administración
de Talento Humano del Ministerio del Interior emitió
dictamen favorable para conceder comisión de servicios
con remuneración, por viaje al exterior del analista Marco
Santiago Dávila;
Que, con memorando No. MDI-CGAF-DF-2017-0188 de
05 de abril de 2017, la Directora Financiera del Ministerio
del Interior emite la certif‌i cación para f‌i nanciar el pago de
viáticos y pasajes al exterior por el valor de USD 3523,95
con aplicación a las partidas presupuestarias denominadas
“Viáticos y subsistencias y Pasajes al exterior” para la
comisión de servicios de la Dra. Carina Arguello Moscoso
y señor Santiago Dávila Oña a Caracas, Venezuela;
Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 56501
de 04 de mayo de 2017 suscrito por Sr. Ab. Diego Xavier
Fuentes Acosta, Ministro Subrogante, a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, de conformidad
con el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 06
de marzo de 2015 que contiene la reforma al Reglamento
de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores
Públicos de las Instituciones de la Administración Pública
Central, Institucional y que dependen de la Función
Ejecutiva (APCID) expedido con Acuerdo Ministerial No.
998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la autorización
extemporánea del viaje del señor Marco Santiago Dávila
Oña, en los parámetros ahí establecidos; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
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