Ordenanza Municipal 011-2021 Cantón Morona: De Urbanización “Los Lirios”

Número de Boletín481
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Suplemento Nº 481 - Registro Ocial
44
Viernes 25 de junio de 2021
O
EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA
ORDENANZA NRO. 011-2021
ORDENANZA DE URBANIZACIÓN “LOS LIRIOS”
La ciudad de Macas, se halla en constante expansión, debido a su crecimiento
poblacional, lo que ha generado la necesidad de proponer un proyecto de
Urbanización, para la construcción de viviendas dotadas de los servicios básicos y
que se contemple dentro del Plan de Ordenamiento Territorial del Gobierno
Municipal del cantón Morona, cumpliendo con las disposiciones de los Organismos
pertinentes, cuyas competencias están establecidas en la Constitución de la
Dicho proyecto busca contribuir e incrementar la oferta de vivienda y habilitación del
suelo, propiciando condiciones adecuadas para el acceso a una vivienda segura y
digna; reduciendo de manera consistente el déficit habitacional; en tal virtud
presento el mencionado proyecto, a fin de que, mediante Ordenanza se regule la
creación y funcionamiento de la urbanización Los Lirios, con fundamento en lo
siguiente:
CONSIDERANDOS
Que, el Art. 264 la Constitución de República del Ecuador, atribuye a los gobiernos
municipales el ejercicio de las competencias exclusivas para planificar el desarrollo
cantonal y ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el Cantón.
Que, el numeral 1 del artículo 264 ibídem, dentro de las competencias exclusivas
de los gobiernos municipales, establece la de planificar el desarrollo cantonal y
formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera
articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin
de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural.
prevé como función del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal y
Metropolitano la de establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico,
parcelación, lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de
conformidad con la planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas
verdes y áreas comunales.
Que, los literales a) y x) del artículo 57, en concordancia con el artículo 87 del
mismo Código respecto de las atribuciones del Concejo Municipal y Metropolitano
señalan: "a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia
del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de
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