Acuerdos interinstitucionales. 0110 - 2017 Apruébese El Documento Técnico “perfil Profesional Del Médico General”

Número de Boletín62
SecciónAcuerdos interinstitucionales
EmisorMinisterio de Salud Pública y Consejo de Educación Superior
2 – Martes 22 de agosto de 2017 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 62
No. 0110 - 2017
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA Y EL
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN
SUPERIOR
Considerando:
artículo 226, ordena a las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal, que ejerzan solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la
ley, y coordinar acciones para el cumplimiento de sus f‌i nes;
Que, el sistema de educación superior tiene como f‌i nalidad
la formación académica y profesional con visión científ‌i ca
y humanista; la investigación científ‌i ca y tecnológica;
la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los
saberes y las culturas; la construcción de soluciones para
los problemas del país, en relación con los objetivos del
régimen de desarrollo, conforme lo previsto en el artículo
350 de la Carta Fundamental;
Que, el artículo 353 de la Norma Suprema establece
que: "El sistema de educación superior se regirá por:
1. Un organismo público de planif‌i cación, regulación y
coordinación interna del sistema y de la relación entre sus
distintos actores con la Función Ejecutiva. (…)”;
Que, el artículo 361 de la referida Constitución dispone
que el Estado ejercerá la rectoría del Sistema Nacional de
Salud a través de la Autoridad Sanitaria Nacional, quien
será responsable de formular la política nacional de salud
y de normar, regular y controlar todas las actividades
relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de
las entidades del sector;
Que, la Ley Orgánica de Salud, en el artículo 4, prevé que
la Autoridad Sanitaria Nacional es el Ministerio de Salud
Pública, entidad a la que le corresponde el ejercicio de las
funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad
de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de
dicha Ley; y que las normas que dicte para su plena vigencia
serán obligatorias;
Que, el artículo 6 de la Ley Ibídem establece entre las
responsabilidades del Ministerio de Salud Pública: “(…)
34. Cumplir y hacer cumplir esta Ley, los reglamentos y
otras disposiciones legales y técnicas relacionadas con la
salud, (…).”;
Que, corresponde a la Autoridad Sanitaria Nacional
analizar los distintos aspectos relacionados con la
formación de recursos humanos en salud, teniendo en
cuenta las necesidades nacionales y locales, con la f‌i nalidad
de promover entre las instituciones formadoras de recursos
humanos en salud, reformas en los planes y programas de
formación y capacitación, según lo prescrito en el artículo
Que, la Ley Orgánica de Educación Superior, en el artículo
15, determina que: “Los organismos públicos que rigen
el Sistema de Educación Superior son: a) El Consejo de
Educación Superior (CES); (…).”;
Que, el Consejo de Educación Superior es el organismo
de derecho público con personería jurídica, con patrimonio
propio, independencia administrativa, f‌i nanciera y
operativa, que tiene por objetivo la planif‌i cación, regulación
y coordinación interna del Sistema de Educación Superior,
y la relación entre sus distintos actores con la Función
Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana, conforme lo señala el
artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior;
Que, mediante Resolución No. RPC-SO-05-No. 097-2017
de 8 de febrero de 2017, el Pleno del Consejo de Educación
Superior autorizó al Presidente del Consejo de Educación
Superior, la suscripción del Acuerdo Interinstitucional
con el Ministerio de Salud Pública, para la aprobación del
documento técnico denominado “Perf‌i l Profesional del
Médico General”, según consta en la Disposición General
Primera de la referida Resolución;
Que, en el marco del proceso de reestructuración del Estado
se registran cambios profundos en los sectores de salud y de
educación, por lo que es necesario expedir un documento
que contenga el perf‌i l profesional del médico general, el
mismo que será aplicado en las Instituciones de Educación
Superior, con el objeto de garantizar una formación de
calidad con excelencia académica; y,
Que, mediante memorando No. MSP-DNNTHS-2017-
1365-M de 21 de junio de 2017, el Director Nacional de
Normatización del Talento Humano en Salud solicita la
expedición del presente Acuerdo Interinstitucional.
EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES
CONFERIDAS POR LOS ARTÍCULOS 154,
NUMERAL 1 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA; Y, 169 DE LA LEY ORGÁNICA DE
EDUCACIÓN SUPERIOR
Acuerdan:
Art. 1.- Aprobar el documento técnico denominado “Perf‌i l
Profesional del Médico General”.
Art. 2.- El documento técnico “Perf‌i l Profesional del
Médico General” será aplicado a nivel nacional con el
carácter de obligatorio en las Instituciones de Educación
Superior (IES), con el objeto de garantizar una formación
de calidad, con excelencia académica y de articulación con
la investigación científ‌i ca, tecnología y social.
Art. 3.- Publicar el citado documento técnico en las páginas
web del Ministerio de Salud Pública y del Consejo de
Educación Superior.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
PRIMERA.- El documento técnico denominado “Perf‌i l
Profesional del Médico General” será aplicado en todas las
Instituciones de Educación Superior a partir del año 2018,
previo el cumplimiento de los procedimientos que para el
efecto determine el CES.
le
mar, r
adas con
des del
Orgánica de
nitaria Nacional es el Min
la que le corre
a en salud; así
a refe
la rectoría d
la Autoridad Sani
de formular la políti
regular y controlar
n la salud, así com
sector;
Sld
nica de Salud, en el artículo 4, pre
a Nacional es el Ministerio de
le corresponde el ejercicio de
como la respons
ar
tica n
ar todas
omo el funci
de la r
erá la
e la
de
re
n
l s
ca de Salud, en el artículo 4, p
il lM
Na
aciona
ional de
activ
onal d
, quie
one
de
Qu
13
ivida
miento d
e
de
exp
Norm
edic
-M
tiz
edia
M de
ció
iante m
1de
enci
et
a ac
o de g
cadém
on
n las Ins
ara
l del m
titu
r
se
expe
que
ud
RE
CONFE
MER
EJER
ERID
el
RCI
de
esente
unio d
Talent
eA
ndo
de 201
No. M
7
Martes 22 de agosto de 2017 – 3Registro Of‌i cial Nº 62 – Suplemento
DISPOSICIÓN FINAL
De la ejecución del presente Acuerdo Interinstitucional que entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Of‌i cial,
encárguese a la Subsecretaría Nacional de Gobernanza de la Salud a través de la Dirección Nacional de Normatización del
Talento Humano en Salud y al Consejo de Educación Superior (CES).
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 04 de agosto de 2017.
f.) Dra. Verónica Espinosa Serrano, Ministra de Salud Pública.
f.) Dr. Enrique Santos Jara, Presidente del Consejo de Educación Superior.
Es f‌i el copia del documento que consta en el archivo de la Dirección Nacional de Secretaría General, al que me remito en caso
necesario.- Lo certif‌i co, en Quito a, 4 de agosto de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General, Ministerio de Salud Pública.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR