012-19 Modifíquese el Acuerdo Interministerial No. 007-19 de 16 de agosto de 2019, publicado en el Registro Oficial No. 29 de 30 de agosto de 2019

Fecha de publicación08 Octubre 2019
Número de Gaceta56
16 – Martes 8 de octubre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 56
No. 012-19
Abg. Juan Carlos Rivadeneira Maldonado
COORDINADOR GENERAL JURÍDICO Y
DELEGADO DE LA MÁXIMA AUTORIDAD DEL
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y
VIVIENDA
Dra. Aida Leonor Cobo Vargas
COORDINADORA GENERAL ADMINISTRATIVA
FINANCIERA Y DELEGADA DE LA MÁXIMA
AUTORIDAD DEL MINISTERIO DE INCLUSIÓN
ECONÓMICA Y SOCIAL
Considerando:
del Ecuador, establece al Ecuador como un Estado
constitucional de derechos y justicia, social, democrático,
soberano, independiente, unitario, intercultural,
plurinacional y laico;
Que, el artículo 226 de la norma ibídem, señala que: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en
la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar
acciones para el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo
el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución.”;
Que, el artículo 227 de la norma ibídem, establece que:
La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de ef‌i cacia,
ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo, 321 de la norma ibídem, preceptúa que:
El Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad
en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal,
asociativa, cooperativa, mixta, y que deberá cumplir su
función social y ambiental.”;
Que, el artículo 340 de la norma ibídem, establece:
El sistema nacional de inclusión y equidad social
es el conjunto articulado y coordinado de sistemas,
instituciones, políticas, normas, programas y servicios
que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los
derechos reconocidos en la Constitución y el cumplimiento
de los objetivos del régimen de desarrollo”;
Que, el artículo 375 de la norma ibídem, dispone: “El
Estado, en todos sus niveles de gobierno, garantizará el
derecho al hábitat y a la vivienda digna, (…) ejercerá
la rectoría para la planif‌i cación, regulación, control,
f‌i nanciamiento y elaboración de políticas de hábitat y
vivienda.”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 818 de 3 de julio de
2019, el señor Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, designó al arquitecto Guido Esteban
Macchiavello Almeida, Ministro de Desarrollo Urbano y
Vivienda;
Que, mediante Acción de Personal Nro. DATH-
NOM-2019-0034, de 25 de julio de 2019, se designó al
abogado Juan Carlos Rivadeneira Maldonado, Coordinador
General Jurídico del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 242 de 13 de
diciembre de 2017, el señor Presidente Constitucional de
la República del Ecuador, designó a la señora Lourdes
Berenice Cordero Molina, como Ministra de Inclusión
Económica y Social;
Que, mediante Acción de Personal No. GMTRH-00001696,
de 21 de diciembre de 2017, se designó a la doctora
Aida Leonor Cobo Vargas, como Coordinadora General
Administrativa Financiera del Ministerio de Inclusión
Económica y Social;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 001-19 de 3 de julio
de 2019, publicado en el Registro Of‌i cial No. 002 de 23 de
julio de 2019,el Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda,
Acuerda: “EMITIR LA DELEGACIÓN Y ASIGNACIÓN
DE FUNCIONES A LAS Y LOS SERVIDORES DEL
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA”,
y en el artículo 7 literal a) delega al Coordinador General
Jurídico del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, lo
siguiente: “Asumirá, aprobará, tramitará el inicio hasta la
conclusión de las transferencias de dominio, y declaratoria
de utilidad pública y dispondrá a las áreas involucradas el
inicio del proceso, presentación de informes y efectuará
el seguimiento hasta su culminación. Así mismo, tendrá
la facultad para resolver, suscribir y decidir sobre actos
administrativos desde la declaratoria de utilidad pública,
anuncio de proyecto, expropiación, y transferencia de
dominio, compraventa, donación, permuta, comodato o
cualquier modalidad legal de entrega o disposición de
bienes, y/o transferencia de bienes muebles o inmuebles,
sujetos al Reglamento General para la Administración,
Utilización, Manejo y Control de los bienes e inventarios
del Sector Público y otras normas”;
Que, mediante Acción de Personal No. DATH-
ENC.-2019-0015 de 10 de julio de 2019, se designa al
abogado Juan Carlos Rivadeneira Maldonado, Coordinador
General Jurídico del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda;
Que, la Ministra de Inclusión Económica y Social,
mediante Acuerdo Ministerial No. 120, de 17 de julio de
2019, en el artículo 3, literal i), delegó a la Coordinadora
Administrativa Financiera del Ministerio de Inclusión
Económica y Social: La suscripción de los actos,
convenios o contratos que se deriven de la aplicación
de la codif‌i cación del Código Civil por mandato expreso
de las normas que regulan la Administración Pública,
en los casos de donación y comodatos, así como los
actos necesarios para su terminación, sin perjuicio de la
suscripción de los mismos por parte del/la Ministro/a.”;
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