Resoluciones. 012-CNIMH-ST-2020 Expídese el Reglamento interno para conformar el Comité de Transparencia del Consejo Nacional para la Igualdad de Movilidad Humana
Número de Boletín | 1035 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA IGUALDAD DE MOVILIDAD HUMANA |
2 – Viernes 18 de septiembre de 2020 Edición Especial Nº 1035 – Registro Ocial
RESOLUCIÓN Nro. 012- CNIMH-ST-2020
Mgs. Silvia Alejandra Rodas Baculima
SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA IGUALDAD PARA LA
MOVILIDAD HUMANA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18 de la Constitución de la República del Ecuador señala:
“Todas las
personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1.
Buscar, recibir,
intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna,
contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos
y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior.2. Acceder
libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas
que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva
de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso
de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la
información”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador determina: “La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige
por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinac
ión, participación, planificación, transparencia y
evaluación”;
Que,
el Estado tiene la obligación de respetar y garantizar el derecho de acceso a la
información en cuanto éste se encuentra reconocido en el artículo 19.2 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el mismo contexto de lo
Que, a través del Registro Oficial Suplemento
Nro. 337 de 18 de mayo de 2004, se
(LOTAIP), la misma que en su artículo 1, señala:
“El acceso a la información
pública es un derecho de las personas que garantiza el Estado. Toda la
información que emane o que esté en poder de l
as instituciones, organismos
y entidades, personas jurídicas de derecho público o privado que, para el tema
materia de la información tengan participación del Estado o sean concesionarios
de éste, en cualquiera de sus modalidades, conforme lo dispone l
de la Contraloría General del Estado; las organizaciones de trabajadores y
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