Acuerdos. 0129-2017 Créese La Entidad Operativa Desconcentrada “hospital General Marco Vinicio Iza”, Ubicado En El Cantón Lago Agrio, Provincia De Sucumbíos

Número de Boletín92
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
Martes 3 de octubre de 2017 – 7Registro Of‌i cial Nº 92
Pública, para que suscriba los contratos de comodato de
bienes muebles de la Planta Central de esta Cartera de
Estado.
Art. 2.- El/la delegado/a responderá directamente por los
actos realizados en ejercicio de la presente delegación,
debiendo someter sus actuaciones a las disposiciones
constitucionales, legales y reglamentarias vigentes.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 08 de
septiembre del 2017.
f.) Dra. Verónica Espinosa Serrano, Ministra de Salud
Pública.
Es f‌i el copia del documento que consta en el archivo de
la Dirección Nacional de Secretaría General al que me
remito en caso necesario.- Lo Certif‌i co, en Quito a, 08
de septiembre del 2017.- f.) Ilegible.- Secretaría General,
Ministerio de Salud Pública.
No. 0129-2017
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en
el artículo 32, establece que la salud es un derecho que
garantiza el Estado, mediante políticas económicas,
sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso
permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones
y servicios de promoción y atención integral de salud;
Que, el artículo 361 de la Norma Suprema dispone al Estado
ejercer la rectoría del Sistema Nacional de Salud a través
de la Autoridad Sanitaria Nacional, siendo responsable de
formular la política nacional de salud, y de normar, regular
y controlar todas las actividades relacionadas con la salud,
así como el funcionamiento de las entidades del sector;
Que, el artículo 363 de la Carta Fundamental establece
como responsabilidad del Estado, entre otras: “(…)
2. Universalizar la atención en salud, mejorar
permanentemente la calidad y ampliar la cobertura. 3.
Fortalecer los servicios estatales de salud, incorporar el
talento humano y proporcionar la infraestructura física y el
equipamiento a las instituciones públicas de salud. (…).”;
Que, la Ley Orgánica de Salud prevé: “Art. 4. La autoridad
sanitaria nacional es el Ministerio de Salud Pública,
entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones
de rectoría en salud; así como la responsabilidad de la
aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de esta
Ley; y, las normas que dicte para su plena vigencia serán
obligatorias.”;
Que, la citada Ley Orgánica de Salud, en el artículo 6,
determina entre las responsabilidades del Ministerio de
Salud Pública: “(…) 24. Regular, vigilar, controlar y
autorizar el funcionamiento de los establecimientos y
servicios de salud, públicos y privados, con y sin f‌i nes de
lucro, y de los demás sujetos a control sanitario. (…).”;
Que, el artículo 180 de la Ley Ibídem preceptúa que
la Autoridad Sanitaria Nacional regulará, licenciará y
controlará el funcionamiento de los servicios de salud
públicos y privados, entre otros, y que otorgará su permiso
de funcionamiento. Establece, además, que regulará los
procesos de licenciamiento y acreditación y controlará
el cumplimiento de la normativa para la construcción,
ampliación y funcionamiento de estos establecimientos de
acuerdo a la tipología, basada en la capacidad resolutiva,
niveles de atención y complejidad;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo de 2017,
publicado en el Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 16 de 16 de junio de 2017, el Presidente de la República
del Ecuador nombró como Ministra de Salud Pública a la
doctora María Verónica Espinosa Serrano;
Que, a través de Acuerdo Ministerial No. 0455, publicado
en el Registro of‌i cial No. 305 de 4 de julio de 2006, se
aprobó la dotación normal de camas del Hospital Marco
Vinicio Iza de la provincia de Sucumbíos, de 40 a 73 camas;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 00005212,
publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 428
de 30 de enero de 2015, el Ministerio de Salud Pública
expidió la “Tipología Sustitutiva para Homologar los
Establecimientos de Salud por Niveles de Atención y
Servicios de Apoyo del Sistema Nacional de Salud”;
Que, con Acuerdo Ministerial No. 0074 de 19 de mayo de
2017, el Ministerio de Salud Pública expidió la Planif‌i cación
de Servicios de Salud de la Red Pública Integral de Salud,
encontrándose el Hospital General Marco Vinicio Iza en
la provincia de Sucumbíos, Distrito 21D02, cantón Lago
Agrio, parroquia Nueva Loja, Circuito 21D02C02; y,
Que, a través de memorando No. MSP-DNH-2017-0952-M
de 6 de junio de 2017, la Directora Nacional de Hospitales
solicita la elaboración del presente Acuerdo Ministerial,
adjuntando el informe técnico No. DNH# INF 189 de 31
de mayo de 2017.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo
154, numeral 1, de la Constitución de la República y
por el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
Art. 1.- Crear la Entidad Operativa Desconcentrada
“Hospital General Marco Vinicio Iza”, ubicado en la
parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de
A MIN
titución de
establece que
la salud es
ado, mediant
educativas y
y sin exc
No. 0129-2017
Considera
lR
ción de la República del Ecuad
ece que
la salud es un derecho
mediante políticas económic
mbientales; y e
UD PÚB
erando:
N
ón de la República del Ecu
lld
ICA
Q
en
V
Qu
rob
Vinici
bó l
Iza
Regist
dot
e A
és
ro of‌i
óni
Acuer
ica
mo M
Espin
em
17, el P
Ministr
ento
eside
24 de
del R
en
ue
xp
Es
ublic
30 d
di
med
ado en
iante
prov
norma
ncia
Min
o. 305
al de
inisterial
de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR