Resolución 013-2019 Acéptese la disponibilidad del cargo del doctor Esteban Alejando Echeverría Carrera, y nómbrese al doctor Henry Oswaldo Arcos Delgado, Director Nacional de Gestión Procesal

Fecha de publicación21 Marzo 2019
Número de Gaceta451
Jueves 21 de marzo de 2019 – 31Registro Of‌i cial Nº 451
No. 013-2019
EL PLENO
DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Ecuador, establece: “El Consejo de la Judicatura es el
órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina
de la Función Judicial...”;
Que el numeral 2 del artículo 168 de la Constitución de la
República del Ecuador, determina: “La administración de
justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio
de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: 2.
La Función Judicial gozará de autonomía administrativa,
económica y f‌i nanciera.”;
del Ecuador, prevé: “La Función Judicial se compone de
órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos
auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su
estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo
lo necesario para la adecuada administración de justicia”;
Que los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución
de la República del Ecuador, disponen: “Serán funciones del
Consejo de la Judicatura, además de las que determine la
ley: 1. Def‌i nir y ejecutar las políticas para el mejoramiento
y modernización del sistema judicial; (…) y, 5. Velar por
la transparencia y ef‌i ciencia de la Función Judicial. /Las
decisiones del Consejo de la Judicatura se tomarán por
mayoría simple.”;
Que los numerales 1 y 2 del artículo 100 del Código
Orgánico de la Función Judicial, manif‌i estan: “1. Cumplir,
hacer cumplir y aplicar, dentro del ámbito de sus funciones,
la Constitución, los instrumentos internacionales de
derechos humanos, las leyes y reglamentos generales; el
Estatuto Orgánico Administrativo de la Función Judicial,
los reglamentos, manuales, instructivos y resoluciones del
Pleno del Consejo de la Judicatura y de sus superiores
jerárquicos; 2. Ejecutar personalmente las funciones de
su puesto con honestidad, diligencia, celeridad, ef‌i ciencia,
lealtad e imparcialidad”;
Que los numerales 1 y 10 del artículo 264 del Código
Orgánico de la Función Judicial, disponen que al Pleno
del Consejo de la Judicatura le corresponde: “1. Nombrar
(…) miembros de las direcciones regionales, y directores
nacionales de las unidades administrativas; y demás
servidoras y servidores de la Función Judicial; 10. Expedir
(…) reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de
régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley,
para la organización, funcionamiento, responsabilidades,
control y régimen disciplinario; particularmente para velar
por la transparencia y ef‌i ciencia de la Función Judicial…”;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 28
de abril de 2014, mediante Resolución 070-2014, publicada
en la Edición Especial del Registro Of‌i cial No. 158, de 30
de julio de 2014, resolvió: “APROBAR EL ESTATUTO
INTEGRAL DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR
PROCESOS QUE INCLUYE LA CADENA DE VALOR,
SU DESCRIPCIÓN, EL MAPA DE PROCESOS, LA
ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LA ESTRUCTURA
DESCRIPTIVA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
DE NIVEL CENTRAL Y DESCONCENTRADO”, y sus
reformas mediante Resoluciones 186-2015, de 25 de junio
de 2015; 184-2016, de 30 de noviembre de 2016; y, 012-
2018, de 25 de enero de 2018;
Que el Pleno del Consejo de la Judicatura Transitorio en
sesión de 4 de julio 2018, mediante Resolución 010A-
2018, publicada en el Registro Of‌i cial No. 287, de 19
de julio de 2018, resolvió: “MOMBRAR DIRECTORES
NACIONALES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA”,
y, nombró al doctor Esteban Alejando Echeverría Carrera,
como Director Nacional de Gestión Procesal del Consejo
de la Judicatura;
Que mediante Of‌i cio s/n de 12 de febrero de 2019, el doctor
Esteban Alejando Echeverría Carrera, pone a disposición
su cargo como Director Nacional de Gestión Procesal del
Consejo de la Judicatura;
Que mediante Resolución PLE-CPCCS-T-O-240-23-01-
2019, de 23 de enero de 2019, el Consejo de Participación
Ciudadana y Control Social Transitorio, designa a los
doctores: María del Carmen Maldonado Sánchez; Patricia
Esquetini Cáceres; Fausto Roberto Murillo Fierro; Juan
José Morillo Velasco; y, Ruth Maribel Barreno Velin,
como miembros principales del Consejo de la Judicatura,
mismo que será presidido por la doctora María del Carmen
Maldonado Sánchez; y,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,
por unanimidad de los presentes,
RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la disponibilidad del cargo del
doctor Esteban Alejando Echeverría Carrera, al cargo de
Director Nacional de Gestión Procesal del Consejo de la
Judicatura, y disponer su desvinculación.
Artículo 2.- Nombrar al doctor Henry Oswaldo Arcos
Delgado, Director Nacional de Gestión Procesal del
Consejo de la Judicatura.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo
en el ámbito de sus competencias de la Dirección General,
Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones TIC’s; y, la Dirección Nacional de Talento
Humano del Consejo de la Judicatura.
SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir
de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dada en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala de
sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura, el veintidós
de febrero de dos mil diecinueve.
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