Acuerdos. 0133 Desígnese a la licenciada Barbarita Donoso Rosero, como Administradora Temporal, para la transformación del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos en la Secretaría de Derechos Humanos
Número de Boletín | 406 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS |
10 – Martes 15 de enero de 2019 Registro Ofi cial Nº 406
Que el segundo inciso del artículo 17 del Estatuto Régimen
Jurídico Administrativo de Función Ejecutiva dispone: “Los
Ministros de Estado, dentro de la esfera, de su competencia,
podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario
inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando
se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando
lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones
que concedan no afecten a la buena marcha del. Despacho
Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones,
atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y
reglamentos tenga el funcionario delgado”;
Que el artículo 71 del Código Orgánico de Planifi cación
y Finanzas Públicas determina “La rectoría del SINFIP
corresponde a la Presidenta o Presidente de lo República,
quien la ejercerá a través del Ministerio a cargo de las
fi nanzas públicas, que será el ente rector del SINFIP”;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 126 de 23 de
agosto de 2017, publicado en el Suplemento del Registro
Ofi cial Nro. 76 de 11 de septiembre de 2017; se reformó
Que el artículo 45 de la Ley Orgánica de Regulación y
Control del. Poder de Mercado determina “La Junta de
Regulación estará integrada por la Máxima autoridad del
organismo nacional de planifi cación y desarrollo, quien la
presidirá; por la máxima autoridad del ministerio encargado
de la economía y fi nanzas y por la máxima autoridad del
ministerio encargado de las industrias y productividad”;
En ejercicio de las atribuciones que le -confi eren los
Ecuador, 82 del Código Orgánico Administrativo del
Estatuto Regimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva;
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar al magister Francisco Mejía Ruiz,
Subsecretario de Gestión y Efi ciencia Institucional, como
delegado principal de la máxima autoridad del Ministerio
de Economía y Finanzas ante la Junta de Regulación y
Poder de Mercado.
Artículo 2.- Delegar al economista Pablo Albán Orbea,
Director de Políticas Sectoriales e Intersectoriales, como
delegado alterno de la máxima autoridad del Ministerio
de Economía y Finanzas, ante la Junta de Regulación del
Poder de Mercado.
Artículo 3.- Los delegados quedan facultados a suscribir
documentos, participar en sesiones, tomar las decisiones
que crean pertinentes, en benefi cio de los intereses estatales,
para el cabal cumplimiento de la presente delegación; así
mismo, están obligados a presentar los informes de sus
actuaciones a la máxima autoridad.
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Ofi cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 26 de octubre
de 2018.
f.) Econ. Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía
y Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.-
Certifi co fi el copia del documento original que reposa en
la Dirección de Certifi cación y Documentación, Fecha:
27 de diciembre de 2018.- f.) Director de Certifi cación y
Documentación, Ministerio de Economía y Finanzas.- 2
Fojas.
No. 0133
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Considerando:
publicada en el Registro Ofi cial Nro. 449 de 20 de octubre
de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras
y Ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la Ley, les corresponde ejercer las rectorías
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del
Ecuador dispone que “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
fi nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”.
Que, en el Libro III del Decreto Ejecutivo No. 3410
consta la Organización y Administración del Ministerio
de Economía y Finanzas, misma que ha sido modifi cada y
actualizada con varias reformas;
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 560 de 14 de noviembre
de 2018, el Presidente Constitucional de la República, en
ejercicio de las facultades contempladas en los numerales
3, 5 y 6 del artículo 147 de la Constitución de la República
del Ecuador, decreta la transformación del Ministerio de
Justicia, Recursos Humanos y Cultos en la Secretaría de
Derechos Humanos;
Que, la Disposición Transitoria Primera del citado
Decreto Ejecutivo, dispone que en el plazo de tres (03)
días contados a partir de su suscripción, el Ministerio de
Economía y Finanzas deberá designar a un administrador
temporal;
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