Acuerdos. 014 Refórmese El Estatuto De La “fundación Bioeducar”

Número de Boletín1
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Ambiente
6 – Jueves 25 de mayo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 1
MIEMBROS FUNDADORES
Doris Paulina Rojas Gavilánez C.C: 1712960465
Eduardo Enrique Tandazo
Reyes
C.C: 0917258972
Cristhian Samuel Pluas
Quinde
C.C: 0923313399
Washington Daniel Garzón
Hinojosa
C.C: 0928391994
Ramón Antonio Flores Catuto C.C: 0925726986
Raúl Esteban Andrade
Solórzano
C.C: 0928419373
Giovanny Francisco Suárez
Espín
C.C: 0915562839
Beatriz Almonacil Fernández C.C: 0961115144
• Eliana de las Mercedes
Naranjo Saltos
C.C: 0920075637
Freddy Fernando Flores
Alcivar
C.C: 0920415940
Danixa Giovanna del Pezo
Dominguez
C.C: 2400201212
Patricia Johanna Gonzabay
Rodriguez
C.C: 0919292201
James Isidro Malave Suarez C.C: 0924686355
Juan Manuel Roca Guaranda C.C: 0924274236
• Ángela Rosario Sandoval
Nata
C.C: 0922759097
Leonardo Nahim Borgoño
Lavayen
C.C: 2450334830
Maria Dolores Gregori
Casamayor
C.C: 0960324309
Maria Belén Bermúdez
Santos
C.C: 0921326005
José Marcelo González
Caiche
C.C: 0910144369
Lourdes Josef‌i na Murgueytio
Borbor
C.C: 0927081612
Alonso Hidalgo Catuto
Caiche
C.C: 0921264750
Leonardo David Reyes Balon C.C 2400227589
Gilma Stefania Obando Mero C.C: 0927268896
Lubiam Andrea Rivera Ajila C.C: 0917251035
• Denisse Pamela Sandoval
Bermeo
C.C: 0923040679
Katherine Geomayra
Panchana Villao
C.C: 0928617182
Leonardo Iván Lavayen Neira C.C: 0502252653
Robert David de la Cruz
Reyes
C.C: 0928708932
Cely Ivonne Rodriguez
Borbor
C.C: 0927944504
Gabriela Mariuxi Rocafuerte
Balon
C.C: 09 28381649
Art. 3.- Disponer que la “Fundación Conservación
Ambiental Santa Elena (COASE)”, ponga en conocimiento
del Ministerio del Ambiente, la nómina de la directiva,
según lo establecido en el Art. 18 del Decreto Ejecutivo
N° 739, publicado en el Registro Of‌i cial N°570 del 21 de
agosto de 2015.
Art. 4.- Disponer su inscripción en el Registro General de
Fundaciones y Corporaciones, que para el efecto lleva la
Coordinación General Jurídica de este Ministerio.
Art. 5.- Notif‌i car con una copia de este acuerdo a los
interesados, conforme a lo dispuesto en los Arts. 126 y
127 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva y que la misma se someterá a la
evaluación y control del Ministerio del Ambiente.
Art. 6.- El presente Acuerdo tendrá vigencia a partir de la
suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito, 10 de abril de 2017
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
f.) Dr. Jaime Piedra Maridueña, Coordinador General
Jurídico, delegado del Ministro del Ambiente.
No. 014
EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
artículo 66, numeral 13, reconoce y garantiza a las personas
el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma
libre y voluntaria;
Que, el numeral 6 del artículo 83 de la Constitución de
la República del Ecuador, establece que son deberes y
Jueves 25 de mayo de 2017 – 7Registro Of‌i cial Nº 1
responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos
respetar los derechos de la naturaleza, preservar un
ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo
racional, sustentable y sostenible;
Ciudadana, señala “las organizaciones sociales que
desearen tener personalidad jurídica deberán remitirla
en las diferentes instancias públicas que correspondan a
su ámbito de acción y actualizarán sus datos conforme a
sus estatutos. El registro de las organizaciones sociales se
hará bajo el respeto a los principios de libre asociación y
autodeterminación”;
Que, a través del Decreto Ejecutivo Nº 339, publicado en
el Registro Of‌i cial Nº 77 del 30 de noviembre de 1998,
el Presidente de la República, delegó a cada Ministro
de Estado, la facultad para que de acuerdo al ámbito de
su competencia, apruebe y reforme los Estatutos de las
Organizaciones Sociales pertinentes;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, faculta a los
Ministros de Estado para el despacho de todos los asuntos
inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización
alguna del Presidente de la República, salvo los casos
expresamente señalados en leyes especiales;
Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización, establece lo
siguiente: “Cuando la importancia económica o geográf‌i ca
de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los
máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán
acuerdos, resoluciones u of‌i cios que sean necesarios
para delegar sus atribuciones. En estos documentos se
establecerá el ámbito geográf‌i co o institucional en el cual
los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones.
Podrán, asimismo, delegar sus atribuciones a servidores
públicos de otras instituciones estatales, cumpliendo
el deber constitucional de coordinar actividades por la
consecución del bien común”.
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, en su artículo 55, establece que
son delegables las atribuciones propias de las autoridades
de la administración pública central e institucional, a las
autoridades u órganos de menor jerarquía;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 250 de fecha 30
de diciembre de 2010, publicado en el Registro Of‌i cial N°
394 del 28 de febrero del 2011, la Ministra del Ambiente,
facultó al Coordinador General de Asesoría Jurídica varias
de sus funciones, entre las que consta en el artículo 1, literal
d) “Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones
y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia
de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual que
disolver, de forma motivada, las corporaciones, fundaciones
y asociaciones conforme a la causales previstas en el
Estatuto Social de cada organización”;
Que, a través de Acuerdo Ministerial No. 007, de fecha
03 de enero de 2002, esta Coordinación General Jurídica,
aprobó oportunamente la personalidad jurídica de la
“Fundación Bioeducar”.
Que, con memorando No. MAE-CGJ-2016-0963 de fecha
11 de mayo de 2016, esta Coordinación General Jurídica,
solicitó a la Dirección Nacional de Biodiversidad, emitir el
criterio técnico correspondiente de los objetivos y f‌i nes de
la Reforma al Estatuto de la “Fundación Bioeducar”
Que, con memorando No. MAE-DNB-2016-1182 de fecha
02 de junio de 2016, la dirección Nacional de Biodiversidad,
emite el criterio técnico con observaciones;
Que, con memorando No. MAE-CGJ-2016-2240 de fecha
18 de octubre de 2016, la Coordinación General Jurídica,
solicitó a la Dirección Nacional de Biodiversidad, que
aclaré el Informe Técnico emitido anteriormente, Dirección
que, realiza la aclaración pertinente con memorando No.
MAE-DNB-2016-2345 de fecha 07 de noviembre de 2016.
Que, con of‌i cio No. MAE-CGJ-2017-0050-O de fecha 03 de
febrero de 2017, la Coordinación General Jurídica, hace la
devolución correspondiente del expediente a la “Fundación
Bioeducar”, con el f‌i n de que subsanen las observaciones
realizadas por el Dirección Nacional de Biodiversidad;
Que, con documento de control No. MAE-SG-2017-
3381-E de fecha 21 de marzo de 2017, la señora Sonia
Carabajo Quiñonez, Secretaria de la Junta General de la
“Fundación Bioeducar”, presenta a esta Cartera de Estado,
la documentación correspondiente debidamente corregida
de acuerdo a las observaciones realizadas por el Ministerio
del Ambiente;
Que, de la revisión del expediente se desprende que cumple
con los requisitos y formalidades establecidos en la ley
y en el Reglamento para el Funcionamiento del Sistema
Unif‌i cado de Información de las Organizaciones Sociales
y Ciudadanas;
Que, mediante memorando No. MAE-CGJ-2017-
0521-M, de fecha 06 de abril de 2017, se informa sobre el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el Art. 16 del
Decreto Ejecutivo Nº 739, publicado en el Registro Of‌i cial
Nº 570, del 21 de agosto de 2015, para reformar el estatuto
social, las mismas que fueron discutidas y aprobadas en
Junta Extraordinaria Universal de Socios de la “Fundación
Bioeducar”, celebrada el 01 de marzo de 2017;
En uso de las atribuciones establecidas en el numeral
del Ecuador; del Decreto Ejecutivo N° 739, publicado en el
Registro Of‌i cial N° 570 del 21 de agosto de 2016, y en base
a la delegación otorgada mediante Acuerdo Ministerial N°
250 de fecha 30 de diciembre del 2010, publicado en el
Registro Of‌i cial N° 394 del 28 de febrero del 2011.
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar la reforma del Estatuto de la “Fundación
Bioeducar”, las mismas que irán en negrilla y son las
siguientes:

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