Resoluciones. 0140 Apruébese el “Manual para la Fumigación de Madera de Exportación con Fosfina en Contenedor”

Número de Boletín327
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO
Viernes 14 de septiembre de 2018 – 15Registro Of‌i cial Nº 327
5. Inspección f‌i tosanitaria en el punto de ingreso.
DISPOSICIÓN GENERAL
Única.- La Coordinación General de Sanidad Vegetal
conjuntamente con la Dirección de Planif‌i cación y
Gestión Estratégica a través de la Gestión de Relaciones
Internacionales de la Agencia de Regulación y Control
Fito y Zoosanitario, se encargará de notif‌i car la presente
resolución a la Secretaria General de la Comunidad Andina
(CAN) y a la Organización Mundial de Comercio (OMC).
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- De la ejecución de la presente resolución,
encárguese a la Coordinación General de Sanidad Vegetal
de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario.
Segunda.- La presente resolución entrará en vigencia a
partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Quito, D.M. 08 de agosto del 2018.
f.) Dr. Patricio Ramiro García Villamarín, Director
Ejecutivo (E), Agencia de Regulación y Control Fito y
Zoosanitario.
No. 0140
Dr. Patricio Ramiro García Villamarín
DIRECTOR EJECUTIVO (E)
AGENCIA DE REGULACIÓN
Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO
Considerando:
Que, el inciso 2 del artículo 400 de la Constitución de la
República del Ecuador establece: “Se declara de interés
público la conservación de la biodiversidad y todos sus
componentes, en particular la biodiversidad agrícola y
silvestre y el patrimonio genético del país”;
Que, en el marco de la Organización Mundial del Comercio
(OMC), el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias (AMSF), establece que los
países miembros tienen derecho a adoptar las medidas
sanitarias y f‌i tosanitarias por la autoridad competente,
necesarias para proteger la salud y la vida de las personas
y de los animales o para preservar los vegetales;
Que, el artículo 12 de la Ley Orgánica de Sanidad
Agropecuaria, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
27 de 3 de julio de 2017 establece: “Créase la Agencia
de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, entidad
técnica de derecho público, con personería jurídica,
autonomía administrativa y f‌i nanciera, desconcentrada,
con sede en la ciudad de Quito y competencia nacional,
adscrita a la Autoridad Agraria Nacional. A esta Agencia
le corresponde la regulación y control de la sanidad y
bienestar animal, sanidad vegetal y la inocuidad de los
alimentos en la producción primaria, con la f‌i nalidad de
mantener y mejorar el estatus f‌i to y zoosanitario de la
producción agropecuaria (…)”;
Que, el artículo 13 letra j de la Ley Orgánica de
Sanidad Agropecuaria, publicada en el Registro Of‌i cial
Suplemento 27 de 3 de julio de 2017 establece entre las
funciones de la Agencia de Regulación y Control Fito y
Zoosanitario: “Certif‌i car y autorizar las características
f‌i to y zoosanitarias para la importación de plantas,
productos vegetales, animales, mercancías pecuarias y
artículos reglamentados de manera previa a la expedición
de la autorización correspondiente”;
Que, el artículo 13 letra o, ibídem, establece entre las
funciones de la Agencia: “Regular y controlar la condición
f‌i to y zoosanitaria de la importación y exportación de
plantas, productos vegetales, animales, mercancías
pecuarias y artículos reglamentados, en los puntos de
ingreso autorizado que establezca”;
Que, la Disposición General Sexta de la Ley Orgánica de
Sanidad Agropecuaria, publicada en el Registro Of‌i cial
Suplemento No. 27 de 3 de julio de 2017, establece: “En
virtud de la presente Ley el personal, patrimonio, activos
y pasivos de la actual Agencia de Aseguramiento de la
Calidad del Agro- AGROCALIDAD- se integrarán a la
Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, la
misma que asumirá las representaciones, delegaciones,
derechos, obligaciones, activos y pasivos de la primera”;
Que, mediante acción de personal No. 0353 CGAF/DATH
de 16 de mayo de 2018, el Mgs. Rubén Ernesto Flores
Agreda, Ministro de Agricultura y Ganadería, nombra
como Director Ejecutivo Encargado de la Agencia de
Regulación y Control Fito y Zoosanitario, al Dr. Patricio
Ramiro García Villamarín;
Que, mediante memorando No. AGR-AGROCALIDAD/
CSV-2018-000569-M de 25 de julio de 2018, la
Coordinadora General de Sanidad Vegetal (E) manif‌i esta:
A través de la presente, comedidamente solicito a usted
la legalización de la Resolución que tiene como anexo el
MANUAL PARA LA FUMIGACIÓN DE MADERA DE
EXPORTACIÓN CON FOSFINA EN CONTENEDOR
mismo que fue aprobado por la Gestión de Planif‌i cación”,
y;
En ejercicio de las atribuciones legales que le concede
la Ley Orgánica de Sanidad Agropecuaria y el Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la
Agencia.
Resuelve:
Artículo 1.- Aprobar el “MANUAL PARA LA
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