Acuerdos. 0147 Rectifíquese parcialmente el Acuerdo Ministerial No. 6565-A de 05 de enero de 2016 única y exclusivamente lo que corresponde al grado del señor Subofi cial Segundo de Policía Ángel Serafín Novillo Alvarado debiendo ser lo correcto Suboficial Primero de Policía Ángel Serafín Novillo Alvarado

Número de Boletín77
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE GOBIERNO
Lunes 11 de noviembre de 2019 – 7Registro Of‌i cial Nº 77
Artículo 2.- A partir de la suscripción del presente Acuerdo
y hasta la movilización para actuar como Representante
de la Policía Nacional del Ecuador ante AMERIPOL–
Colombia; la señora of‌i cial estará a disposición de este
Ministerio, a f‌i n de que se lleven a cabo todas las gestiones
y actividades logísticas y lingüísticas que garanticen la
efectiva participación del servidor en dicha función. De
igual manera el Comandante General de la Policía de
la Policía Nacional del Ecuador deberá disponer a las
dependencias que correspondan, se tomen las medidas
necesarias con la f‌i nalidad de que al retorno de la función
como Representante Policial, prenombrada Of‌i cial Superior
pueda continuar con las actividades profesionales y
académicas de acuerdo a su grado.
Artículo 3.-La servidora policial designada informará
a la Ministra de Gobierno de las acciones adoptadas en
ejercicio de la presente designación, siendo penal, civil y
administrativamente responsable por los actos que realizaré
o las omisiones en que incurriere en virtud de la misma.
Artículo 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Of‌i cial. De su ejecución
encárguese el Comandante General de la Policía Nacional.
Artículo 5.- Comuníquese al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, para los f‌i nes previstos en
el artículo 106 del Código de las Entidades de Seguridad
Ciudadana y Orden Público.
Artículo 6.- Póngase en conocimiento del Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Secretaría
General de la Presidencia de la República, Comandante
General de la Policía Nacional y a la Tcnl. Suárez
Montaluisa Sonia Paola.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.-
Dado en Quito DM., a 13 de septiembre de 2019.
f.) María Paula Romo Rodríguez, Ministra de Gobierno.
MINISTERIO DEL INTERIOR. Certif‌i co que el presente
documento es f‌i el copia del original que reposa en el archivo
de Unidad de Gestión Documental y A. de este Ministerio al
cual me remito en caso necesario. Quito a, 14 de octubre de
2019. f.) Ilegible, Secretaría General.
Nro. 0147
María Paula Romo Rodríguez
MINISTRA DE GOBIERNO
Considerando:
del Ecuador determina que: “A las ministras y ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley. les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión (...)”;
Que el artículo 160 de la norma suprema, determina en su
segundo inciso que “Los miembros de las fuerzas armadas y
de la policía nacional estarán sujetos a las leyes específ‌i cas
que regulen sus derechos y obligaciones, y su sistema de
ascensos y promociones con base en méritos y con criterios
de equidad de género “;
Ecuador señala que: “La Policía Nacional es una institución
estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada,
disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya
misión es atender la seguridad ciudadana y el orden
público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la
seguridad de las personas dentro del territorio nacional
(...) “;
Ecuador manif‌i esta que: “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución “;
Que el artículo 63 del Código Orgánico de las Entidades de
Seguridad Ciudadana y Orden Público, le entrega la rectoría
para dirigir las políticas, planif‌i cación, regulación, gestión
y control de la Policía Nacional, al titular del Ministerio
del Interior, y el artículo 64, determina las funciones del o
la funcionarla titular, entre ellas la contenida en el numeral
4, que le entrega la de “Ejercer la representación legal,
judicial y extrajudicial de la Policía Nacional;”
señala que: “’Los órganos administrativos no pueden
variar las decisiones adoptadas en un acto administrativo
después de expedido pero sí aclarar algún concepto
dudoso u oscuro y rectif‌i car o subsanar los errores de
copia, de referencia, de cálculos numéricos y. en general,
los puramente materiales o de hecho que aparezcan de
manif‌i esto en el acto administrativo (...)”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 495 de 31 de agosto
de 2018 publicada en el Registro Of‌i cial 327 de 14 de
septiembre de 2018, artículo segundo, el licenciado Lenín
Moreno Garcés. Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, nombra a la señora María Paula Romo
Rodríguez, como Ministra del Interior;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 6565-A de 05 de
enero de 2016, el señor Ministro del Interior acordó: “(...)
Artículo 2.- Separar de manera def‌i nitiva y con efecto
inmediato de la Policía Nacional del Ecuador, según
el anexo 1 del presente Acuerdo Ministerial, a catorce
servidores policiales calif‌i cados no idóneos para el servicio
policial, por haberse alejado de su misión constitucional, al
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