Acuerdos. 015 Refórmese El Acuerdo Ministerial 079 De 27 De Julio De 2016

Número de Boletín1
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Ambiente
Jueves 25 de mayo de 2017 – 27Registro Of‌i cial Nº 1
No. 015
Mgs. Walter García Cedeño Arq.
MINISTRO DEL AMBIENTE
Considerando:
República del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas
el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma
libre y voluntaria;
República del Ecuador, establece entre las atribuciones de
las Ministras y Ministros de Estado, ejercer la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y, expedir los acuerdos
y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 3409 de 16 de
enero de 1996, publicado en el Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 865 de 18 de enero de 1996, el Presidente de la
República del Ecuador, creó el Fondo Ambiental Nacional;
Que, mediante Resolución No. 1827, publicada en el
Registro Of‌i cial No. 890 de 13 de febrero de 2013, emitida
por el Ministerio del Ambiente, se registra el Fondo
Ambiental Nacional dentro de ésta Cartera de Estado;
Que, el artículo 577 del Código Civil, establece: “las
corporaciones no pueden disolverse por sí mismas, sin la
aprobación de la autoridad que legitimó su establecimiento.
Pero pueden ser disueltas por ella, o por disposición de
la ley a pesar de la voluntad de sus miembros, si llega a
comprometer la seguridad o los intereses del Estado, o no
corresponden al objeto de su institución”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 998 de 10 de abril de
2016, publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial No.
742 de 27 de abril de 2016, el Presidente de la República del
Ecuador, Eco. Rafael Correa Delgado, decretó la disolución
del Fondo Ambiental Nacional y, encargó la liquidación a
una comisión conformada por tres delegados del Ministro
de Ambiente;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1100, de 13 de junio
del 2016, el Presidente Constitucional de la República,
economista Rafael Correa Delgado, designa como Ministro
del Ambiente al arquitecto Walter Francisco García Cedeño;
Que, el segundo inciso del artículo 17 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
establece que los Ministros de Estado, dentro de la esfera
de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y
deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos
Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios
al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y
cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena
marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de
las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo
con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva establece que las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley
o por Decreto;
Que, el artículo 57 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, señala que la
delegación podrá ser revocada en cualquier momento por
el órgano que la haya conferido y se extinguirá, en el caso
de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya
expedición o ejecución se delegó;
Que, el artículo 91 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, señala que los actos
administrativos podrán extinguirse o reformarse en sede
administrativa por razones de legitimidad o de oportunidad.
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 035 de 14 de abril
de 2016, el Ministro del Ambiente, doctor Daniel Vicente
Ortega Pacheco, delegó como miembros de la comisión
liquidadora del Fondo Ambiental Nacional a la señora y
señores: Ana Albán Mora, en calidad de primer miembro,
quién presidirá la comisión; Mario Naranjo Albuja, en
calidad de segundo miembro y, José Gabriel Apolo Santos,
en calidad de tercer miembro;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 079 de 27 de julio
de 2016, el Ministro del Ambiente, arquitecto Walter García
Cedeño, delegó como miembros de la comisión liquidadora
del Fondo Ambiental Nacional a los señores: Galo Granda
Cruz, en calidad de segundo miembro y, René Peña Villacís,
en calidad de tercer miembro;
Que, el señor René Peña Villacís, ha dejado de prestar sus
servicios dentro del Ministerio del Ambiente;
Que, se requiere designar a un nuevo miembro de la
comisión liquidadora del Fondo Ambiental Nacional,
delegado del Ministro del Ambiente;
En ejercicio de las atribuciones que conf‌i ere el numeral
Ecuador y, artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva:
Acuerda:
Artículo Único.- Reformar parcialmente el artículo 2 del
Acuerdo Ministerial 079 de 27 de julio de 2016, designando
como delegada para la conformación de la comisión
liquidadora del Fondo Ambiental Nacional a la señora
Diana Martucci Larrea, en calidad de tercer miembro, en
reemplazo del señor René Peña Villacís, a quien le ha sido
aceptada su renuncia.
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en D.M. Quito, a 11 de abril de 2016.
Comuníquese y Notifíquese.
f.) Mgs. Walter García Cedeño Arq., Ministro del Ambiente.

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