Resoluciones. 018-2018 Emítese dictamen favorable para el inicio de las negociaciones encaminadas a la adhesión del Ecuador a la Alianza del Pacífico como Estado Asociado

Número de Boletín369
SecciónResoluciones
EmisorComité de Comercio Exterior
Viernes 16 de noviembre de 2018 – 23Registro Of‌i cial Nº 369
Art. 5.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir
de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Hágase conocer por escrito a los interesados, y se proceda a
su publicación en el Registro Of‌i cial a través del funcionario
encargado de las organizaciones de conservación vial
de la Subsecretaria Zonal 7.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.
Dado en la ciudad de Loja, a los 15 días del mes de octubre
de 2018.
f.) Ing. Jaime Calderón Ojeda, Subsecretaria Zonal 7.
No. 018-2018
EL PLENO DEL COMITÉ
DE COMERCIO EXTERIOR
Considerando:
Que, el numeral 5 del artículo 261 de la Constitución de la
República del Ecuador dispone que las políticas económica,
tributaria, aduanera, arancelaria, de comercio exterior, entre
otras, son competencia exclusiva del Estado central;
Que, el numeral 2 del artículo 284 de la Norma Suprema
dispone que la política económica del Ecuador tiene como
objetivo incentivar la inserción estratégica del país en la
economía mundial y la acumulación de conocimiento
científ‌i co y tecnológico;
Que, el numeral 2 del artículo 304 de la Carta Magna
establece que la política comercial del Ecuador tendrá entre
sus objetivos el regular, promover y ejecutar las acciones
correspondientes para impulsar la inserción estratégica del
país en la economía mundial;
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 351 de 29 de
diciembre de 2010, fue creado el Comité de Comercio
Exterior (COMEX), como el organismo encargado de
aprobar las políticas públicas nacionales en materia de
política comercial;
Que, el literal b) del artículo 72 del COPCI determina que
el COMEX debe emitir dictamen previo para el inicio de
las negociaciones de acuerdos y tratados internacionales en
materia de comercio e integración económica; así como los
lineamientos y estrategias para la negociación;
Que, el artículo 4 del Reglamento de Aplicación del Libro
IV del COPCI, expedido a través del Decreto Ejecutivo
No. 733, publicado en el Registro Of‌i cial No. 435 de 27 de
abril de 2011, establece que el COMEX emitirá dictámenes
sobre los procesos de negociaciones comerciales, incluido
los dictámenes previo y f‌i nal de las negociaciones;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 25, publicado en
el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 19 de 20 de junio
de 2013, fue creado el Ministerio de Comercio Exterior
(MCE) y, a través de su Disposición Reformatoria Tercera
se designó a dicha Cartera de Estado para que presida el
Comité de Comercio Exterior;
Que, la Disposición General Cuarta del Decreto Ejecutivo
No. 252 de 22 de diciembre de 2017, establece: “En todas las
normas legales en las que se haga referencia al “Ministerio
de Comercio Exterior”, cámbiese su denominación a
“Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones”;
Que, el Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 “Toda
una Vida”, establece entre sus políticas, posicionar
estratégicamente al país en la región y el mundo; y,
profundizar el proceso de integración con América
Latina, el Caribe y los países vecinos, como espacio de
convergencia política y complementariedad económica,
logística, estratégica, social, ambiental, turística, cultural y
de cooperación; af‌i anzando la capacidad negociadora de la
región y fortaleciendo el desarrollo de las zonas fronterizas
y la libre movilidad de las personas;
Que, de conformidad con los objetivos 4, 5, 6 y 9 del Plan
Nacional de Desarrollo 2017-2021 “Toda una Vida”, se
establece, entre otros, consolidar la sostenibilidad del sistema
económico social, solidario af‌i anzando la dolarización,
mediante el incentivo de la inversión productiva privada
en sus diversos esquemas. Impulsar la productividad y
competitividad para el crecimiento económico sustentable
de manera redistributiva y solidaria, así como el garantizar
la soberanía, la paz, y posicionar estratégicamente al país en
la región y el mundo;
Que, los países Miembros de la Alianza del Pacíf‌i co
expresaron su beneplácito para que el Ecuador se constituya
en país Asociado, aceptación que consta en el numeral 7
de la Declaración de la XIII Cumbre de los Presidentes de
los Países Miembros de la Alianza, suscrita el 24 de julio
de 2018;
Que, la Alianza del Pacíf‌i co es un mecanismo de articulación
política, económica, de cooperación e integración que busca
encontrar un espacio para impulsar un mayor crecimiento
y mayor competitividad de las cuatro economías que la
integran;
Que, la Alianza del Pacíf‌i co tiene como objetivo af‌i anzar la
red de acuerdos comerciales que mantienen los miembros
entre sí y con las economías más desarrolladas y dinámicas
del mundo, así como promover el intercambio comercial,
de inversiones, de innovación y tecnología con las regiones
más competitivas del mundo;
Que, la relación comercial que el Ecuador mantiene con los
países de la Alianza del Pacíf‌i co se ha tornado importante
principalmente por la presencia de Colombia en el bloque
comercial. Colombia tiene una participación del 54%, en
segundo lugar esta Chile con el 18,99%, seguido de Perú
con el 18,82%, y en último lugar México con el 8% de
participación en el total exportado durante el periodo 2011-
2017;
Que, el mercado de la Alianza del Pacíf‌i co representa un
interesante potencial considerando su tamaño: 35% de la
población y 37% de la producción de América Latina, con
un PIB total de casi 2 billones de dólares y una población
cercana a los 230 millones de habitantes, atribuyéndole al
bloque la octava economía del mundo;
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