Acuerdos. 0182-2018 Concédese Personalidad Jurídica Y Apruébese El Estatuto De La Sociedad Ecuatoriana De Gastroenterología Núcleo Del Azuay, Domiciliadaen La Ciudad De Cuenca, Provincia Del Azuay

Número de Boletín222
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
6 – Lunes 16 de abril de 2018 Registro Of‌i cial Nº 222
a. Escuela de Formación de Policías “Santo Domingo de
los Tsáchilas”: 285 bienes muebles.
b. Escuela de Formación de Policías de Líneas Eugenio
Espejo: 143 bienes muebles.
c. Consejo Nacional para la Igualdad de Movilidad
Humana: 59 bienes muebles.
d. Ministerio de Educación: 661 bienes muebles.
e. Fundación Remar: 58 bienes muebles.
Art. 3.- Ordenar que en caso de que las instituciones no
acepten la totalidad de los bienes que han sido declarados
obsoletos y fuera de uso, se proceda a la donación directa
a entidades del sector público interesadas en los bienes o a
instituciones del sector privado que realicen labor social u
obras de benef‌i cencia sin f‌i nes de lucro.
Art. 4.- Disponer a la unidad del Contabilidad del
Ministerio de Economía y Finanzas que realice los ajustes
necesarios en los registros de la Institución, en atención
al contenido de los documentos que sirvieron como base
para la elaboración del presente Acuerdo.
Art. 5.- El presente Acuerdo entrará en vigencia desde su
suscripción.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 22 de diciembre de 2017.
f.) Ing. Leonardo Santos Santos, Coordinador General
Administrativo Financiero.
MINISTERIO DE FINANZAS.- Es f‌i el copia del
original.- f.) Ilegible.- 15 de marzo de 2018.- 5 fojas.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
No. 0182-2018
EL VICEMINISTRO DE GOBERNANZA Y
VIGILANCIA DE LA SALUD
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma
libre y voluntaria, así como las formas de organización
de la sociedad, como expresión de la soberanía popular
para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir
en las decisiones y políticas públicas y en el control
social de todos los niveles de gobierno así como de las
entidades públicas y de las privadas que presten servicios
públicos, conforme lo prescrito en los artículos 66 y 96 de
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones
deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la
República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la
Codif‌i cación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo
No. 339, publicado en el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de
noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la
facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia,
apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones
pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 193 publicado en el
Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 de 27 de octubre
de 2017 se expidió el Reglamento para el otorgamiento
de personalidad jurídica a las organizaciones sociales,
cuyo artículo 4 establece los tipos de organizaciones que
se puede constituir: a saber fundaciones, corporaciones,
u otras formas de organización social nacionales o
extranjeras;
Que, el artículo 9 del Reglamento referido señala que
son Corporaciones las entidades de naturaleza asociativa,
conformadas por un número mínimo de cinco miembros,
expresada mediante acto constitutivo, colectivo y
voluntario, que tiene como f‌i nalidad la promoción y
búsqueda de bien común de sus miembros, el bien público
en general o de una colectividad en particular; pudiendo ser
de primer, segundo o tercer grado; además, en el artículo
12 del mismo Reglamento se establecen los requisitos
y procedimiento para la concesión de la personalidad
jurídica y aprobación del estatuto de la organización;
Que, conforme consta en el Acta Constitutiva de 5 de
julio de 2017, los miembros de la Sociedad Ecuatoriana
de Gastroenterología Núcleo del Azuay en constitución,
se reunieron con la f‌i nalidad de constituir la referida
organización, así como para la aprobación del estatuto,
cuyo objetivo es “Realizar actividades específ‌i cas
para desarrollar académicamente la especialidad de la
Gastroenterología en la provincia del Azuay, su principal
f‌i n es propender al desarrollo de la especialidad.”;
Que, el abogado patrocinador de la Sociedad Ecuatoriana
de Gastroenterología Núcleo del Azuay en constitución,
mediante comunicación s/n de 6 de enero de 2018, solicitó
la aprobación del estatuto y la concesión de personalidad
jurídica de la referida organización, para lo cual remitió
el Acta Constitutiva conjuntamente con el proyecto de
estatuto y el documento que acredita el patrimonio de la
organización;
Que, mediante of‌i cio No. 444-FME-JE-JG-18 de 6 de
febrero de 2018, el Presidente de la Federación Médica
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