Acuerdos. 019/2018 Servicio Aéreo Regional Regair Cía. Ltda.

Número de Boletín445
SecciónAcuerdos
EmisorConsejo Nacional de Aviación Civil
Miércoles 13 de marzo de 2019 – 33Registro Of‌i cial Nº 445
Autónomo Descentralizado Provincial de Cotopaxi, lo
resuelto en el presente instrumento, para los f‌i nes legales
pertinentes.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, a 11 de febrero de 2019.
f.) Ing. Jorge Aurelio Hidalgo Zavala, Ministro de
Transporte y Obras Públicas.
No. 019/2018
EL CONSEJO NACIONAL
DE AVIACION CIVIL
Considerando:
Que, la compañía SERVICIO AÉREO REGIONAL
REGAIR CIA. LTDA., mediante of‌i cio SAR-GG-040-2018
de 18 de mayo de 2018, ingresado a la Dirección General
de Aviación Civil con documento Nro. DGAC-AB-2018-
4620-E de 01 de junio de 2018, presentó una solicitud
encaminada obtener el perm iso de operación para la
prestación del servicio de transporte aéreo, público,
internacional, no regular, en la modalidad chárter, de
pasajeros, carga y correo, en forma combinada, e indicó
las regiones a las cuales pretende operar: NORTE
AMÉRICA: Estados Unidos Mexicanos; CENTRO
AMÉRICA: Belice, República de Costa Rica, República
de Salvador, República de Guatemala, República de
Honduras, República de Nicaragua, República de
Panamá; CARIBE: Antigua y Barbuda, Mancomunidad
de las Bahamas, Antillas Holandesas, Antillas Inglesas,
Barbados, República de Cuba, Granada, República de
Haití, Jamaica, República Dominicana, Federación de San
Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa
Lucia, República de Trinidad y Tobago; SUDAMÉRICA:
República de Argentina, Estado Plurinacional de Bolivia,
República Federativa de Brasil, República de Chile,
República de Colombia, República Cooperativa de Guyana,
República de Paraguay, República de Perú, República
de Surinam; República Oriental de Uruguay, República
Bolivariana de Venezuela, con equipo de vuelo consistente
en aeronaves tipo: BOEING 737 – 300/400/500 SERIES;
AIRBUS A319/320 SERIES; McDONNELL DOUGLAS
MD-81, MD-82, MD-83, MD-87, MD-88, y, MD-93;
BOMBARDIER CRJ -100/200 SERIES; y, EMBRAER
EMB – 120, mediante contrato de arrendamiento modalidad
DRY LEASE, cuya base principal de operaciones y
mantenimiento de la aerolínea se encontrará ubicada en
el Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo de la
ciudad de Guayaquil, solicitud enmarcada en lo establecido
en los Art. 120 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva (tramitación de
urgencia razones de interés público);
Que, en cumplimiento del procedimiento establecido
en el Reglamento de Permisos de Operación para la
Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo Comercial,
mediante Extracto de 07 de junio de 2018, el Secretario del
Consejo Nacional de Aviación Civil, aceptó a trámite la
solicitud presentada por la compañía SERVICIO AÉREO
REGIONAL REGAIR CIA. LTDA.; además, mediante
of‌i cio Nro. DGAC-SGC-2018-0077-O de 07 de junio de
2018, se remitió dicho extracto a la compañía para que
realice la publicación en un diario de amplia circulación
nacional concediéndole el plazo de 5 días hábiles, contados
a partir de la notif‌i cación de dicha comunicación, a f‌i n
de que los interesados presenten cualquier alegación
que estimen pertinente. Cumplido el plazo, la Secretaría
del Consejo Nacional de Aviación Civil al no recibir
oposición alguna al pedido de la interesada continuó con
el trámite respectivo para el otorgamiento del permiso
de operación;
Que, con memorando Nro. DGAC-SGC-2018-0117-M
de 07 de junio de 2018, el Secretario del Consejo
Nacional de Aviación Civil requirió a las Direcciones
de Asesoría Jurídica y de Inspección y Certif‌i cación
Aeronáutica de la Dirección General de Aviación Civil,
que emitan los respectivos informes con las conclusiones
y recomendaciones pertinentes acerca de la solicitud de la
SERVICIO AÉREO REGIONAL REGAIR CIA. LTDA.,
y, el Prosecretario del Consejo Nacional de Aviación Civil
solicitó a la Dirección de Comunicación Social Institucional
mediante memorando Nro. DGAC-SGC-2018-0116-M de
07 de junio de 2018, se realice la publicación del extracto,
en la página web de la Dirección General de Aviación Civil
de conformidad con el Reglamento de la materia.
Que, mediante of‌i cio SAR-GG-049-2018 de 12 de junio de
2018, el Gerente General de AEROREGIONAL remitió el
ejemplar del extracto publicado en el Diario la Hora del día
8 de junio de 2018;
Que, con memorando Nro. DGAC-OX-2018-1277-M de 13
de junio de 2018, el Director de Inspección y Certif‌i cación
Aeronáutica presento el Informe Técnico Económico, y a
través del memorando Nro. DGAC-AE-2018-0842-M de 18
de junio de 2018, el Director de Asesoría Jurídica presentó
su informe legal, respecto de la solicitud de la compañía
SERVICIO AÉREO REGIONAL REGAIR CIA. LTDA.;
Que, los mencionados informes sirvieron de base para la
elaboración del informe unif‌i cado No. CNAC-SC-2018-
016-I de 25 de junio de 2018; y, con of‌i cio Nro. DGAC-
SGC-2018-0092-O de 05 de julio de 2018, el Secretario del
Consejo Nacional de Aviación Civil informó lo resuelto por
el Pleno del CNAC en la sesión ordinaria realizada el 04 de
julio de 2018, y convocó a la compañía SERVICIO AÉREO
REGIONAL REGAIR CIA. LTDA., a una audiencia previa
de interesados para el 09 de julio de 2018 a las 09H35, a f‌i n
de que exponga cual es la proyección del negocio que van
a realizar, cuál es la proyección de la operatividad dentro
del país tanto del servicio doméstico como internacional en
la modalidad no regular y regular, de forma previa a adoptar
una resolución del tema en cuestión;
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