Ordenanzas Municipales. 019-2020 Cantón Rumiñahui: Que contiene el presupuesto del ejercicio fi scal del año 2021
Número de Boletín | 366 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Viernes 8 de enero de 2021 Registro Ocial Nº 366
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ORDENANZA No. 019-2020
EL CONCEJO MUNICIPAL
DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DE RUMIÑAHUI
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República manda lo transcrito a continuación:
Art. 238.-Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa
y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana.[…]
Art. 240.- Los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos,
provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y
jurisdicciones territoriales. […]
Art. 286.-Las finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno, se conducirán de forma sostenible,
responsable y transparente y procurarán la estabilidad económica. Los egresos permanentes se
financiarán con ingresos permanentes.
Los egresos permanentes para salud, educación y justicia serán prioritar ios y, de manera excepcional,
podrán ser financiados con ingresos no permanentes.
Art. 293.-La formulación y la ejecución del Presupuesto General del Estado se sujetarán al Plan
Nacional de Desarrollo. Los presupuestos de los gobiernos autónomos descen tralizados y los de otras
entidades públicas se ajustarán a los planes regionales, provinciales, cantonales y parroquiales,
respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, sin menoscabo de sus competencias y
su autonomía.
Los gobiernos autónomos descentralizados se someterán a reglas fiscales y de endeudamiento interno,
análogas a las del Presupuesto General del Estado, de acuerdo con la ley.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización dispone
lo siguiente:
Art. 7.-Facultad normativa.-Para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de
manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos regionales y provinciales concejos
metropolitanos y municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general a través de
ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial. […]
Art.57.- Al concejo municipal le corresponde: a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias
de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de
ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones[…] g) Aprobar u observar el presupuesto del
gobierno autónomo descentralizado municipal, que deberá guardar concordancia con el plan cantonal
de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así como garantizar una participación ciudadana en
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