Resoluciones. 0193 Emítese el Instructivo para la implementación y manejo del pasaporte equino

Número de Boletín62
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Jueves 17 de octubre de 2019 – 19Registro Of‌i cial Nº 62
Propietario Ministerio de Defensa Nacional
Tipo de inmueble Terreno
Clave Catastral 1.5.40.0.0
Dirección
Ubicado en la Región Centro
Occidental de la parroquia Eloy
Alfaro, Sector Sitio Nuevo,
cantón Duran, provincia del
Guayas
Linderos
NORTE: 409,85 metros, con
propiedad de la donante; SUR:
502,06 metros, con propiedad
de la Compañía de Maquinas,
Equipos y Servicios “Los Cerros
C.A.”: ESTE: 413,00 metros,
con la misma donante; OESTE:
447,00 metros, con propiedad de
la individualizada donante.
Superf‌i cies 17,02 hectáreas
Parroquia Eloy Alfaro
Cantón Durán
Provincia Guayas
Artículo 2.- El Servicio de Gestión Inmobiliaria del
Sector Público, INMOBILIAR, a través del delegado del
señor Director General, debidamente autorizado, declara
que acepta la transferencia de dominio bajo la f‌i gura
de donación del inmueble descrito en el artículo 1 del
presente instrumento legal, con todos los derechos reales
y obligaciones, sus usos, costumbres y servidumbres que
le corresponden, hecha a su favor por el Ministerio de
Defensa Nacional.
Artículo 3.- El Servicio de Gestión Inmobiliaria del
Sector Público INMOBILIAR, se encargará de realizar los
trámites necesarios para la legalización y formalización
de las escrituras públicas de transferencia de dominio del
inmueble anteriormente singularizado.
Artículo 4.- Autorizar a los funcionarios del Ministerio
de Defensa Nacional e INMOBILIAR, responsables del
proceso de control de bienes inmueble, para suscribir el
acta entrega recepción del lote de terreno antes descrito,
considerándose para el efecto el valor constante en el
registro contable.
Artículo 5.- Tómese nota de esta transferencia en los
registros contables y de Activos Fijos del Ministerio
de Defensa Nacional – Fuerza Aérea y de su similar en
INMOBILIAR.
Artículo 6.- El procedimiento de la presente transferencia
se efectuará de conformidad con el Capítulo VI
“Transferencias Gratuitas”, establecida en el Reglamento
General Sustitutivo para la Administración, Utilización,
Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector
Público, para lo cual se completará con la entrega recepción
del bien inmueble y se dejará constancia en el Acta
respectiva que lo suscribirán los servidores directamente
encargados de la custodia o administración de estos bienes
inmuebles y los respectivos Jefes Financieros o quien
hagan sus veces.
Artículo 7.- El presente Acuerdo Interinstitucional entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial y en la Orden General
del Ministerio de Defensa Nacional.
Comuníquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 19 de
septiembre de 2019.
f.) GRAD. (sp) Oswaldo Jarrín Román, Ministro de
Defensa Nacional.
f.) Abg. Ronald Benjamín Baidal Barzola, Delegado del
Director General del Servicio de Gestión Inmobiliaria del
Sector Público INMOBILIAR.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.-
DIRECCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL.- Certif‌i co
que este documento es f‌i el copia del original.- Quito, 20 de
septiembre de 2019.- f.) Ilegible, Dirección de Secretaría
General.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CERTIFICO.- Que el documento que en 06 (seis) fojas
antecede, contiene copias certif‌i cadas del “ACUERDO
MINISTERIAL Nro. 005 de 19 de septiembre de 2019,
PUBLICADO EN LA ORDEN GENERAL MINISTERIAL
No. 149 de la misma fecha”, cuyo original reposa en la
Dirección de Secretaría General, de esta Cartera de Estado.
Quito, D.M. 20 de septiembre de 2019.
f.) Ing. María Belén Yánez Miranda, Directora de Secretaría
General.
Base Legal: Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos del Ministerio de Defensa Nacional, con
respecto a las atribuciones del Director/a de Secretaría
General en el Art. 9 numeral 3.2.6 de Gestión de Secretaría
General literal d).
Observación: La Dirección de Secretaría General del
Ministerio de Defensa Nacional, no se responsabiliza por
la autenticidad, validez o licitud de la documentación
presentada para la certif‌i cación por parte de la Unidad
Administrativa que la custodia, así como tampoco por el
uso fraudulento que se pueda hacer de los documentos
certif‌i cados.
MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
No. 0193
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA
DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO Y
ZOOSANITARIO
Considerando:
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