Ordenanza Municipal 02-2022 Cantón Pedro Vicente Maldonado: Que reforma a la Ordenanza que contiene la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Terrritorial y el Plan de Uso y Gestión de Suelo
Fecha de publicación | 03 Marzo 2022 |
Número de Gaceta | 19 |
Jueves 3 de marzo de 2022 Edición Especial Nº 19 - Registro Ocial
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EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DE PEDRO VICENTE MALDONADO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Resolución Nro. 002-2021-CNP, de 20 de septiembre de 2021, emitida por el
Consejo Nacional de Planificación, establece el requerimiento de alineación de los
PDOT con el nuevo Plan Nacional de Desarrollo denominado “Plan de Creación de
Oportunidades 2021-2025” que está estructurado en 5 ejes, 16 objetivos, 55 políticas y
130 metas.
El Acuerdo Nro. SNP-SNP-2021-0010-A, emitido por la Secretaría Nacional de
Planificación, expide las “directrices para la alineación de los planes de desarrollo y
ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados al nuevo Plan
Nacional de Desarrollo 2021-2025”.
La Secretaría Nacional de Planificación, mediante el ACUERDO Nro. SNP-SNP-2021-
0010-A, Acuerda: EXPEDIR LAS “DIRECTRICES PARA LA ALINEACIÓN DE LOS
PLANES DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS
GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS AL NUEVO PLAN NACIONAL
DE DESARROLLO 2021-2025”.
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, por obligatorio cumplimiento
deben realizar la reforma del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, para
alinearse al Nuevo Plan de Desarrollo 2021-2025, tomando en cuenta las metas de
resultado y los objetivos estratégicos planteados en el PDYOT, de conformidad con la
Disposición Transitoria Única del Acuerdo SNP-SNP-2021-0010-A.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 241 establece que la
planificación garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los
gobiernos autónomos descentralizados;
Que, el numeral 1 del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece como competencia exclusiva de los gobiernos municipales, la de planificar el
desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial,
de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial,
con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
en su Art. 54 letra e), establece como función de los gobiernos municipales la de
elaborar y ejecutar el plan cantonal de desarrollo, el de ordenamiento territorial y las
políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial,
de manera coordinada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquia, y
REFORMA A LA ORDENANZA QUE CONTIENE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN
DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRRITORIAL Y EL PLAN DE USO Y
GESTIÓN DEL SUELO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO.
Nro. 02-2022
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