020-2017 Deléguense Atribuciones Y Facultades Al Viceministro De Tecnologías De Información Y Comunicación Y Otro

Fecha de disposición28 Noviembre 2017
Fecha de publicación28 Noviembre 2017
Número de Gaceta129
Martes 28 de noviembre de 2017 – 9Registro Of‌i cial Nº 129
En ejercicio de la atribución que le conf‌i ere el Acuerdo
Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de
2015
Acuerda:
Art. 1.- Conceder personalidad jurídica y aprobar el
estatuto de la Sociedad de Radiología e Imagen de Manabí,
con domicilio en la ciudad de Portoviejo, provincia de
Manabí.
Art. 2.- La Sociedad de Radiología e Imagen de Manabí
deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en
el Reglamento para el otorgamiento de personalidad
jurídica a las organizaciones sociales expedido mediante
Decreto Ejecutivo No. 193 publicado en Registro Of‌i cial
Suplemento No. 109 de 27 de octubre de 2017.
Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial, entrará en
vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito, 08 de noviembre de 2017.
f.) Dr. Carlos Durán Salinas, Viceministro de Gobernanza
y Vigilancia de la Salud.
Es f‌i el copia del documento que consta en el Archivo de
la Dirección Nacional de Secretaría General al que me
remito en caso necesario.- Lo certif‌i co en Quito a, 09
de noviembre de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General,
Ministerio de Salud Pública.
No. 020-2017
Ing. Guillermo León Santacruz
MINISTRO DE TELECOMUNICACIONES
Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República del Ecuador, dispone: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
del Ecuador establece que “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, de conformidad con lo establecido artículo 227
del cuerpo legal referido, la administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Que, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del
Ecuador, ninguna servidora ni servidor público estará
exento de responsabilidades por los actos realizados en
el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán
responsables administrativa, civil y penalmente por el
manejo y administración de fondos, bienes o recursos
públicos;
el ámbito de la contratación pública, en su artículo 288
establece: “Las compras públicas cumplirán con criterios
de ef‌i ciencia, transparencia, calidad, responsabilidad
ambiental y social. Se priorizarán los productos y
servicios nacionales, en particular los provenientes de la
economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y
medianas unidades productivas”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8, de 13 de agosto
de 2009, publicado en el Registro Of‌i cial No. 10, de 24
de agosto de 2009, el Presidente Constitucional de la
República, creó el Ministerio de Telecomunicaciones y de
la Sociedad de la Información y reestructuró el esquema
institucional del sector de las telecomunicaciones en el
Ecuador;
Que, con Acuerdo Ministerial No. 028-2016 de 07 de
octubre de 2016, publicado en el Registro Of‌i cial No.
885, de 18 de noviembre de 2016, se expide el Instructivo
para Procesos de Contratación Pública del Ministerio de
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información;
y, Delegación de Facultades y Atribuciones;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 08, de 24 de mayo de
2017, el señor Presidente Constitucional de la República,
nombró al Ing. Guillermo León Santacruz, como Ministro
de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 5 de 24 de mayo de 2017,
el Presidente Constitucional de la República, en su artículo
1 establece que: “Suprímase la Secretaría Nacional de la
Administración Pública.”.
Que, asimismo en su artículo 2 del referido decreto,
estipula que: “(…) transf‌i érase las atribuciones
que le correspondían a la Secretaría Nacional de la
Administración Pública previstas en los artículos 13 y
15 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, a las siguientes entidades: (…)
3. Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad
de la Información: a. Gestionar la política y directrices
emitidas para la gestión de la implementación del
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