Resoluciones. 021-2019 Refórmese el Arancel del Ecuador, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nº de 23 de agosto de 2017

Número de Boletín54
SecciónResoluciones
EmisorComité de Comercio Exterior
Viernes 4 de octubre de 2019 – 9Registro Of‌i cial Nº 54
Que, mediante Resolución No. 009 suscrita el 24 de febrero
del 2016, publicada en el Registro Of‌i cial No. 230 de 16
de marzo de 2006, el Servicio Ecuatoriano de Sanidad
Agropecuaria (SESA), hoy AGROCALIDAD, estableció
la restricción de importación de los productos amparados
en las subpartidas 2309.10.10.00 y 2309.10.90.00.;
Que, mediante Resolución No. 162 suscrita el 21 de
agosto de 2019, la Agencia de Regulación y Control Fito
y Zoosanitario AGROALIDAD, modif‌i có la restricción
establecida en la Resolución No. 009 suscrita el 24 de
febrero del 2016;
Que, con Acuerdo Ministerial No. MPCEIP-
DMPCEIP-2019-0051 de 02 de julio de 2019, el señor
Iván Fernando Ontaneda Berrú, Ministro de Producción,
Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, designó al
Viceministro de Comercio Exterior para que actúe como
Presidente del Pleno del Comité de Comercio Exterior
(COMEX) en su ausencia;
Que, mediante Acción de Personal No. 881 de 06
septiembre de 2019, el magíster Francisco Xavier Suasti
Salazar, Subsecretario de Defensa y Normatividad
Comercial del Ministerio de Producción, Comercio
Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP) fue designado
como Viceministro de Comercio Exterior, Subrogante de
dicho Portafolio, para el día 06 de septiembre de 2019;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MPCEIP-
DMPCEIP-2019-050- de 02 de Julio de 2019, el señor
Iván Fernando Ontaneda Berrú, Ministro de Producción,
Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, designó al
Coordinador Técnico de Comercio Exterior del Ministerio
de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca,
como Secretario Técnico de Comité Comercio Exterior
(COMEX);
Que, mediante Acción de Personal No. 880 de 04 de
septiembre de 2019, de conformidad a la delegación
atribuida en el Acuerdo Ministerial 022-2017, el
Coordinador General Administrativo Financiero; en uso
de sus facultades y atribuciones, dispuso encargar la
Coordinación Técnica de Comercio Exterior a la servidora
María Gabriela Bastidas Espinosa a partir del 06 de
septiembre de 2019 hasta que sea nombrado su titular;
Que, en sesión de 06 de septiembre de 2019, el Pleno
del COMEX conoció y aprobó el Informe Técnico
titulado “Propuesta de levantamiento de la restricción de
importación de los productos contemplados dentro de las
subpartidas 2309.10.90.00 y 23.09.10.10. como parte de
lo estipulado en la Resolución 009 de AGROCALIDAD
emitida el 24 de febrero del 2006 y publicada en el
Registro Of‌i cial n° 230 el jueves 16 de marzo del 2006.”;
En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo
70 del Reglamento de Funcionamiento del COMEX,
expedido mediante Resolución No. 001-2014 de 14 de
enero de 2014, en concordancia con las demás normas
aplicables:
Resuelve:
Artículo 1.- Disponer al Servicio Nacional de Aduana del
Ecuador (SENAE) el levantamiento de las restricciones
de la importación de productos, subproductos y derivados
de origen avícola, de las especies gallus domésticus y
gallopavo, procedentes de los países Alemania, Francia,
Inglaterra, España, Italia, África y Egipto establecidas
por el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria
– SESA (Hoy Agencia de Regulación y Control Fito y
Zoosanitario) a las subpartidas arancelarias 2309.10.10.00
y 2309.10.90.00, por la presencia de Inf‌l uenza Aviar de
alta o baja patogenicidad en los países anteriormente
citados. Esto con base a la Resolución emitida por la
Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario –
AGROCALIDAD No. 162 de fecha 21 de agosto de 2019.
Artículo 2.- Encomendar al Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador (SENAE), la ejecución e implementación de
la presente resolución.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- La presente Resolución se implementará
de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del
Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones
DISPOSICIÓN FINAL
La Secretaría Técnica del COMEX remitirá esta resolución
al Registro Of‌i cial para su publicación.
Esta resolución fue adoptada en sesión de 06 de septiembre
de 2019 y, entrará en vigencia a partir de su adopción sin
perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial.
f.) Francisco Suasti Salazar (E), Presidente.
f.) María Gabriela Bastidas (E), Secretaria.
Certif‌i co que el presente documento es f‌i el copia del
original que reposa en el archivo del COMEX.- f.) Ilegible,
Secretario Técnico.
No. 021-2019
EL PLENO DEL COMITÉ
DE COMERCIO EXTERIOR
Considerando:
Que, el numeral 5 del artículo 261 de la Constitución
de la República del Ecuador dispone que las políticas
económica, tributaria, aduanera, arancelaria, de comercio
exterior, entre otras, son competencia exclusiva del Estado
central;
Que, el numeral 2 del artículo 276 ibídem determina que
uno de los objetivos del régimen de desarrollo del Ecuador
es construir un sistema económico, justo, democrático,
productivo, solidario y sostenible;
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