Acuerdos. 021-2021 Declárese e inclúyese el paso lateral de Pifo, como parte de la Red Vial Estatal, ubicada en la provincia de Pichincha

Número de Boletín437
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Jueves 22 de abril de 2021 Cuarto Suplemento Nº 437 - Registro Of‌i cial
2
ACUERDO MINISTERIAL Nro. 021 -2021
Marcelo Loor Sojos
MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO:
prescribe que:
“Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se
orientarán a ser efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del
principio de solidaridad”;
Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "
A las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir
los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión ()”;
Que, el artículo 226 ibídem, dispone que: “
Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud
de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la constitución.
;
Que, el artículo 314 ibídem, dispone que el Estado será responsable de la provisión de
servicios públicos entre los que se incluye a la vialidad, bajo los principios de
obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad,
accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad;
“La máxima
autoridad administrativa de la correspondiente entidad pública ejerce su representación
para intervenir en todos los actos, contratos y relaciones jurídicas sujetas a su
competencia. Esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna de un órgano
o entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley.”;
Que, el artículo 94 ibídem, establece que:
La actividad de la administración será
emitida mediante certificados digitales de firma electrónica. Las personas podrán utilizar
certificados de firma electrónica en sus relaciones con las administraciones públicas
”;
Que, el artículo 5de la Ley Sistema Nacional de Infraestructura Vial Transporte
Terrestre,señala:
Se considera como red vial estatal, cuya competencia está a cargo
del gobierno central, al conjunto de vías conformadas por las troncales nacionales que
a su vez están integradas por todas las vías declaradas por el ministerio rector como
corredores arteriales o como vías colectoras. Son corredores arteriales aquellas vías de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR