Acuerdo 0234-2018 Fundación Oida Terapia, Con Domicilio En La Ciudad De Quito, Provincia De Pichincha

Número de Boletín283
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE SALUD PÚBLICA: Ç
Viernes 13 de julio de 2018 – 21Registro Of‌i cial Nº 283
Dado en la ciudad de Quito, a 13 de junio de 2018.
f.) Dr. Carlos Durán Salinas, Viceministro de Gobernanza y
Vigilancia de la Salud.
Es f‌i el copia del documento que consta en el Archivo de la
Dirección Nacional de Secretaría General al que me remito
en caso necesario.- Lo certif‌i co en Quito, a 18 de junio de
2018.- f.) Ilegible, Secretaría General, Ministerio de Salud
Pública.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
No. 0234-2018
EL VICEMINISTRO DE GOBERNANZA Y
VIGILANCIA DE LA SALUD
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma
libre y voluntaria, así como las formas de organización de
la sociedad, como expresión de la soberanía popular para
desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las
decisiones y políticas públicas y en el control social de todos
los niveles de gobierno así como de las entidades públicas
y de las privadas que presten servicios públicos, conforme
lo prescrito en los artículos 66 y 96 de la Constitución de la
República del Ecuador;
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones
deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la
República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la
Codif‌i cación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo
No. 339, publicado en el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de
noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la
facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia,
apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones
pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 193 publicado en el
Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 de 27 de octubre de
2017 se expidió el Reglamento para el otorgamiento de
personalidad jurídica a las organizaciones sociales, cuyo
artículo 4 establece los tipos de organizaciones que se puede
constituir: a saber fundaciones, corporaciones, u otras
formas de organización social nacionales o extranjeras;
Que, el artículo 10 del Reglamento referido señala que las
Fundaciones podrán constituirse por la voluntad de uno o
más fundadores, que buscan o promueven el bien común
de la sociedad e incluyen las actividades de promoción,
desarrollo e incentivo de dicho bien en sus aspectos
sociales, culturales, educacionales, así como en actividades
relacionadas con la f‌i lantropía y benef‌i cencia pública, entre
otras;
Que; conforme consta en el Acta Constitutiva de 5 de febrero
de 2018, los miembros de la Fundación OIDA Terapia en
constitución, se reunieron con la f‌i nalidad de constituir la
referida organización y aprobar su estatuto, cuyo ámbito
de acción es: “Proponer y ejecutar programas y servicios
direccionados para facilitar indiscriminadamente la
restitución de la salud tanto en lo biológico, como en lo
psicológico con base en lo espiritual, esta terapia quedará
orientada a personas que sobrellevan problemas...”;
Que, la presidenta provisional de la Fundación en
constitución, mediante of‌i cio No. CEIJ 01-2602-2 018
de 28 de mayo 2018, solicitó la aprobación del estatuto
y la concesión de personalidad jurídica de la referida
organización para lo cual remitió el Acta Constitutiva
conjuntamente con el proyecto de estatuto y el documento
que acredita el patrimonio de la organización;
Que, de la revisión y análisis del estatuto realizado
por la Dirección Nacional de Consultoría Legal, que
consta del “Informe de cumplimiento de requisitos
de las organizaciones sociales y ciudadanas” No.
DNCL-G-29-2018 de 7 de junio de 2018, se desprende
que la Fundación OIDA Terapia, cumple con los requisitos
establecidos en el Reglamento para el otorgamiento de
personalidad jurídica de las organizaciones sociales; y,
En ejercicio de la atribución que le conf‌i ere el Acuerdo
Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de
2015
Acuerda:
Art. 1.- Conceder personalidad jurídica y aprobar el
estatuto de la Fundación OIDA Terapia, con domicilio en la
ciudad de Quito, provincia de Pichincha.
Art. 2.- La Fundación OIDA Terapia, deberá cumplir con
todas las obligaciones previstas en el Reglamento para el
otorgamiento de personalidad jurídica a las organizaciones
sociales expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 193
publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 de 27
de octubre de 2017.
Disposición Final Única.- El presente Acuerdo
Ministerial, entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito, a 13 de junio de 2018.
f.) Dr. Carlos Durán Salinas, Viceministro de Gobernanza y
Vigilancia de la Salud.
Es f‌i el copia del documento que consta en el Archivo de la
Dirección Nacional de Secretaría General al que me remito
en caso necesario.- Lo certif‌i co en Quito, a 18 de junio de
2018.- f.) Ilegible, Secretaría General, Ministerio de Salud
Pública.
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