Acuerdos. 024/2019 Renuévese a la Compañía Taca International Airlines S.A., el permiso de operación

Número de Boletín32
SecciónAcuerdos
EmisorConsejo Nacional de Aviación Civil
14 – Miércoles 4 de septiembre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 32
No. 024/2019
EL CONSEJO NACIONAL
DE AVIACION CIVIL
Considerando:
Que, la compañía TACA INTERNATIONAL AIRLINES
S. A. es titular de un permiso de operación para la prestación
del servicio de transporte aéreo público internacional
regular de pasajeros, carga y correo en forma combinada,
renovado anteriormente por el Consejo Nacional de
Aviación Civilmediante Acuerdo No. 017/2016 de 12 de
julio de 2016, posteriormente modif‌i cado por el Director
General de Aviación Civil con Acuerdo 23/2017 de 17 de
julio de 2017, en uso de las facultades delegadas por el
CNAC;
Que, mediante of‌i cio Nro. AV-PE195-2019 de 15 de mayo
de 2019, ingresado en la Dirección General de Aviación
Civil, con registro de Documento Nro. DGAC-AB-2019-
4776-E el 17 de mayo de 2019, la compañía TACA
INTERNATIONAL AIRLINES S. A. solicitó la renovación
de su permiso de operación en los mismos términos del
original otorgado con Acuerdo No. 017/2016 de 12 de julio
de 2016 y modif‌i cado mediante Acuerdo Nro. 23/2017;
Que, en forma previa a admitir a trámite la solicitud
presentada, mediante of‌i cio Nro. DGAC-SGC-2019-
0075-O de 27 de mayo de 2019, el Secretario del CNAC
requirió a la compañía, que remita copia de la factura o
comprobante de pago o depósito por derechos de trámite,
requisito establecido en el Reglamento de Permisos de
Operación para la Prestación de los Servicios de Transporte
Aéreo Comercial;
Que, la compañía mediante escritos de 29 de mayo del
2019, ingresados en el Sistema de Gestión Documental
Quipux de la DGAC, con registros de Documentos Nros.
DGAC-AB-2019-5122-E, DGAC-AB-2019-5147-E, en
la misma fecha, adjuntó la factura y el comprobante de
transferencia realizada, a f‌i n de que se continúe con el
trámite de renovación del permiso de operación en los
mismos términos;
Que, mediante Extracto de 31 de mayo de 2019, el
Secretario del CNAC admitió a trámite la solicitud de la
compañía TACA INTERNATIONAL AIRLINES S.A.; y,
mediante memorando Nro. DGAC-SGC-2019-0125-M de
05 de junio de 2019, la Prosecretaria del CNAC solicitó
a la Directora de Comunicación Social Institucional de la
DGAC, la publicación del mismo en la página web de esa
entidad;
Que, con memorando Nro. DGAC-SGC-2019-0124-M de
05 de junio del 2019, el Secretario del CNAC, Subrogante,
solicitó a las Direcciones de Asesoría Jurídica y de
Inspección y Certif‌i cación Aeronáutica de la DGAC, que
emitan sus informes respecto de la solicitud de la compañía
TACA INTERNATIONAL AIRLINES S.A.;
Que, mediante of‌i cio Nro. DGAC-SGC-2019-0083-M de
05 de junio de 2019, el Secretario del CNAC, Subrogante,
remitió a la compañía TACA INTERNATIONAL
AIRLINES S.A., el Extracto de la solicitud para su
publicación en uno de los periódicos de amplia circulación
nacional, en cumplimiento de lo establecido en el literal c)
del Artículo 45 del Reglamento de Permisos de Operación
para la Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo
Comercial;
Que, mediante memorando Nro. DGAC-AE-2019-0884-M
de 12 de junio del 2019, la Directora de Asesoría Jurídica
previo a emitir el informe jurídico, solicitó que por medio
de la Secretaría del CNAC se notif‌i que a la compañía
TACA INTERNATIONAL AIRLINES S.A., que: “...ésta
solicitud de renovación requiere de una modif‌i cación en lo
concerniente a la ruta y frecuencias: SAN SALVADOR –
GUAYAQUIL – SAN SALVADOR, hasta tres frecuencias
semanales, de conformidad a lo establecido por la propia
autoridad aeronáutica salvadoreña.”;
Que, con of‌i cio sin número de 14 de junio del 2019, ingresado
en la DGAC el mismo día con registro Nro. DGAC-AB-
2019-5713-E, la compañía TACA INTERNATIONAL
AIRLINES S.A. remitió el ejemplar del Extracto publicado
en el Diario “LA HORA” del día miércoles 12 de junio de
2019;
Que, mediante of‌i cio Nro. DGAC-SGC-2019-0086-O de 17
de junio del 2019, el Secretario del Consejo Nacional de
Aviación Civil corrió traslado a la Apoderada General de
la compañía TACA INTERNATIONAL AIRLINES S.A.,
con la aclaración de orden legal solicitada por la Dirección
de Asesoría Jurídica;
Que, con memorando No. DGAC-OX-2019-1363-M de 19
de junio de 2019, el Director de Inspección y Certif‌i cación
Aeronáutica envió el informe unif‌i cado técnico económico
de la DICA; y, adjuntó como anexos los memorandos Nros.
DGAC-OC-2019-0239-M; DGAC-OC-2019-0240-M; y,
DGAC-TX-2019-0325-M, de 13, 14 y 17 de junio de 2019,
respectivamente;
Que,la Directora de Comunicación Social Institucional
comunicó de la publicación del Extracto de la solicitud
de renovación del permiso de operación de TACA
INTERNATIONAL AIRLINES S.A. en el portal
electrónico de la DGAC a través de memorando Nro.
DGAC-AX-2019-0204-M de 19 de junio de 2019;
Que, en respuesta al of‌i cio Nro. DGAC-SGC-2019-0086-O,
la peticionaria ingresó los of‌i cios Nros. AV-PE-255-2019
y AV-PE264-2019, de 28 de junio y 03 de julio de 2019,
respectivamente, adjunto a los cuales remitió copia simple
de las comunicaciones Nros. AAC-GL-22-2019-DEI de 25
de junio de 2019 y de 01 de julio de 2019 con las cuales
el Director Ejecutivo Interino de la Autoridad de Aviación
Civil de la República de El Salvador designa a la aerolínea
TACA INTERNATIONAL AIRLINES S.A., para la
operación de las rutas San Salvador – Guayaquil – San
Salvador, con siete frecuencias semanales y San Salvador
– Quito – San Salvador, con siete frecuencias semanales;
Que, mediante memorando Nro. DGAC-SGC-2019-
0144-M de 10 de julio del 2019, el Secretario del Consejo
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