Resoluciones. 024 Acéptese la transferencia gratuita de un terreno rural, ubicado en el cantón Quijos, provincia de Napo

Número de Boletín519
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio del Ambiente
12 – Viernes 28 de junio de 2019 Registro Of‌i cial Nº 519
Que dentro del análisis técnico referido en el informe
No. MEF-DPI-2019-007, consta como uno de los
objetivos del “Programa de mejora de la capacidad f‌i scal
para la inversión pública (EC-L1230)”: “Aumentar la
participación del sector privado en la inversión pública
de Ecuador a través de Asociaciones Público – Privadas
(APPI), para proveer bienes y servicios públicos, el
mecanismo de APP va incrementar la inversión pública a
través del sector privado en un 2,4% al 2023”;
Que a través del memorando No. MEF-DJCPAL-2019-
0069-M de 24 de abril de 2019, la Directora Jurídica
de Contratación Pública, Administrativa y Laboral
subrogante, manif‌i esta: “(…) a la luz de los argumentos
fácticos señalados en el Informe Técnico No. MEF-
DPI-2019-007, elaborado y aprobado por la Directora
de Planif‌i cación e Inversión y Coordinadora General de
Planif‌i cación y Gestión Estratégica, respectivamente, la
declaratoria de “emblemático” del Proyecto de Inversión
denominado “Programa de Mejora de la Capacidad
Fiscal para la Inversión Pública (EC-L1230)”, es viable,
por contar con los requisitos de carácter presupuestario,
de planif‌i cación y por ser inherentes al interés nacional”;
y,
Que mediante sumilla inserta en el Sistema de Gestión
Documental Quipux, el Ministro de Economía y
Finanzas, aprueba la recomendación realizada mediante
memorando No. MEF-CGPGE-2019-0111-M, suscrito
por la Coordinadora General de Planif‌i cación y Gestión
Estratégica, de declarar como emblemático al proyecto
de inversión denominado “Programa de Mejora de la
Capacidad Fiscal para la Inversión Pública (EC-L1230)”.
En ejercicio de la facultad que le conf‌i ere el número 1 del
Acuerda:
Artículo 1.- Calif‌i car como emblemático el Proyecto
de Inversión denominado “Programa de Mejora de la
Capacidad Fiscal para la Inversión Pública (EC-L1230)”
del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 2.- Disponer al Coordinador General
Administrativo y Financiero de esta Cartera de Estado,
realice todos los trámites correspondientes para la
contratación del Gerente del proyecto “Programa
de Mejora de la Capacidad Fiscal para la Inversión
Pública (EC-L1230)”, a través del acto administrativo
correspondiente.
Artículo 3.- De la ejecución del presente Acuerdo
Ministerial, en lo que corresponda, encárguese a las
Unidades Administrativas involucradas, dentro de sus
respectivas competencias.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 31 de mayo
de 2019.
f.) Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía y
Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.-
Certif‌i co f‌i el copia del documento original que reposa en
la Dirección de Certif‌i cación y Documentación.- Fecha:
13 de junio de 2019.- f.) Director de Certif‌i cación y
Documentación, Ministerio de Economía y Finanzas.- 2
hojas.
Nro. 024
Marcelo Eduardo Mata Guerrero
MINISTRO DEL AMBIENTE
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que les corresponde
a las ministras y ministros del Estado, además de las
atribuciones establecidas en la ley, ejercer la rectoría de
las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;
Que, es deber de la administración pública y sus
autoridades coordinar acciones para el cumplimiento
de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los
derechos reconocidos en la Constitución, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 226 de la Carta Fundamental del
Que, la actuación administrativa se somete a la
Constitución, a los instrumentos internacionales, a la ley,
a los principios, a la jurisprudencia aplicable y al Código
Orgánico Administrativo, conforme lo dispone el artículo
14 de esta última norma;
Que, los modos de adquirir el dominio, a más de los
previstos en la Ley, son la ocupación, la accesión, la
tradición, la sucesión por causa de muerte y la prescripción
de acuerdo con el artículo 603 del Código Civil;
Nacional de Contratación Pública establece que: “para
la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre
entidades del sector público, siempre y cuando llegaren a
un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria
de utilidad pública o interés social ni, en el caso de
donación de insinuación judicial”;
Que, el artículo 61 del Reglamento General a la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
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