Acuerdos. 0255-2018 Concédese personería jurídica y apruébese el Estatuto de la Fundación Sanarte, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín322
SecciónAcuerdos
EmisorVICEMINISTERIO DE GOBERNANZA Y VIGILANCIA DE LA SALUD
16 – Viernes 7 de septiembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 322
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
No. 0254-2018
EL VICEMINISTRO DE GOBERNANZA Y
VIGILANCIA DE LA SALUD
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma
libre y voluntaria, así como las formas de organización de
la sociedad, como expresión de la soberanía popular para
desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las
decisiones y políticas públicas y en el control social de todos
los niveles de gobierno así como de las entidades públicas
y de las privadas que presten servicios públicos, conforme
lo prescrito en los artículos 66 y 96 de la Constitución de la
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones
deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la
República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la
Codif‌i cación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo
No. 339, publicado en el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de
noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la
facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia,
apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones
pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 193 publicado en el
Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 de 27 de octubre de
2017 se expidió el Reglamento para el otorgamiento de
personalidad jurídica a las organizaciones sociales, cuyo
artículo 4 establece los tipos de organizaciones que se puede
constituir: a saber fundaciones, corporaciones, u otras
formas de organización social nacionales o extranjeras;
Que, el artículo 9 del Reglamento referido señala que
son Corporaciones las entidades de naturaleza asociativa,
conformadas por un número mínimo de cinco miembros,
expresada mediante acto constitutivo, colectivo y
voluntario, que tiene como f‌i nalidad la promoción y
búsqueda de bien común de sus miembros, el bien público
en general o de una colectividad en particular; pudiendo ser
de primer, segundo o tercer grado; además, en el artículo
12 del mismo Reglamento se establecen los requisitos y
procedimiento para la concesión de la personalidad jurídica
y aprobación del estatuto de la organización;
Que; conforme consta en el Acta Constitutiva de 1 de
marzo de 2014, los miembros del Club de Leones “QUITO
METROPOLITANO” en constitución, se reunieron con la
f‌i nalidad de constituir la referida organización, y aprobar
su estatuto, cuyo objetivo es “..proponer y ejecutar
programas de salud con énfasis en los grupos de atención
prioritaria (NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES, JÓVENES,
ADULTOS, ADULTOS MAYORES, PERSONAS CON
DISCAPACIDAD) y la población que se encuentra en
situación de pobreza y vulnerabilidad...”;
Que, el presidente provisional del Club de Leones
“QUITO METROPOLITANO” en constitución, mediante
comunicación de 26 de julio de 2018, solicitó la aprobación
del estatuto y la concesión de personalidad jurídica de
la referida organización, para lo cual remitió el Acta
Constitutiva conjuntamente con el proyecto de estatuto y el
documento que acredita el patrimonio de la organización;
Que, de la revisión y análisis del estatuto realizado
por la Dirección Nacional de Consultoría Legal, que
consta del “Informe de cumplimiento de requisitos
de las organizaciones sociales y ciudadanas” No.
DNCL-G-31-2018 de 5 de julio de 2018, se desprende
que el Club de Leones “QUITO METROPOLITANO”
cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento
para el otorgamiento de personalidad jurídica de las
organizaciones sociales; y,
En ejercicio de la atribución que le conf‌i ere el Acuerdo
Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de
2015
Acuerda:
Art. 1.- Conceder personalidad jurídica y aprobar el
estatuto del Club de Leones “QUITO METROPOLITANO”,
con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de
Pichincha.
Art. 2.- El Club de Leones “QUITO METROPOLITANO”
deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en
el Reglamento para el otorgamiento de personalidad
jurídica a las organizaciones sociales expedido mediante
Decreto Ejecutivo No. 193 publicado en Registro Of‌i cial
Suplemento No. 109 de 27 de octubre de 2017.
Disposición Final Única.- El presente Acuerdo Ministerial,
entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito, a 07 de agosto de 2018.
f.) Dr. Carlos Durán Salinas, Viceministro de Gobernanza y
Vigilancia de la Salud.
Es f‌i el copia del documento que consta en el Archivo de la
Dirección Nacional de Secretaría General al que me remito
en caso necesario.- Lo certif‌i co en Quito, a 08 de agosto de
2018.- f.) Ilegible, Secretaría General, Ministerio de Salud
Pública.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
No. 0255-2018
EL VICEMINISTRO DE GOBERNANZA Y
VIGILANCIA DE LA SALUD
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
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