Resoluciones. 029 Otórguese el Registro Ambiental para la Fase de Exploración Inicial con Sondeos de Prueba o Reconocimiento de varias Concesiones Mineras, a favor de Central Ecuador EC-CT S.A.

Número de Boletín520
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio del Ambiente
Lunes 1º de julio de 2019 – 33Registro Of‌i cial Nº 520
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
MOVILIDAD HUMANA
Dirección: Jerónimo Carrión E1-76 y Av. 10 de Agosto
(Quito)
Teléfono: (02) 299-3200
Correo electrónico: ong@cancilleria.gob.ec
Página Web: www.cancilleria.gob.ec
E.N.GI.M. - ENTE NAZIONALE DEI GIUSEPPINI DEL
MURIALDO
Dirección: Calle Quisquis S9-307 y Cañaris, Sector La
Magdalena, Quito
Teléfono: 02 2645231
Correo electrónico: engimecuador@gmail.com
Página Web: www.engiminternazionale.org
13.2 Las comunicaciones que of‌i cialmente dirija la
Organización se identif‌i carán exclusivamente con la
denominación: “E.N.GI.M. - ENTE NAZIONALE
DEI GIUSEPPINI DEL MURIALDO”, y deberán
ser suscritas por su representante legal o apoderado
en el Ecuador.
ARTÍCULO 14
VIGENCIA
14.1 El presente Convenio tendrá una vigencia de cuatro
(4) años y será válido a partir de la fecha de su
suscripción sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
14.2 No existirá renovación automática del Convenio.
El presente convenio, por una sola ocasión, podrá
prorrogarse máximo por un año a través de la f‌i rma
de un adendum, con aprobación expresa de las partes
y bajo el procedimiento establecido para el efecto.
ARTÍCULO 15
TERMINACIÓN DEL CONVENIO
El presente Convenio terminará en los siguientes casos:
15.1 Por vencimiento de plazo estipulado en este
CONVENIO.
15.2 Por solicitud expresa de la ONG.
15.3 Conforme lo establecido en el artículo 30 del Decreto
Ejecutivo Nro. 193, de 23 de octubre de 2017: “Si la
ONG Extranjera no cumpliere con las disposiciones
de esta sección, así como con lo establecido en el
Convenio básico de Funcionamiento, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
previo estudio del caso y resolución motivada,
dará por terminadas las actividades de la ONG
Extranjera en el Ecuador”.
15.4 Por denuncia motivada por parte de un tercero que,
luego de la correspondiente sustanciación de un
proceso administrativo, arrojen responsabilidades
por parte de la ONG. Sin perjuicio de las acciones
penales, civiles y administrativas a cargo de la
autoridad competente.
Para constancia, las partes suscriben el presente convenio
en la ciudad de Quito D.M., el 31 de mayo de 2019, en
cuatro (4) originales de igual tenor y valor.
Por el Gobierno de la República del Ecuador
f.) Emb. Fanny de Lourdes Puma Puma, Viceministra
(S) de Relaciones Exteriores, Integración Política y
Cooperación Internacional.
Por la ONG
f.) P. Marco Oswaldo Villalba Guevara, Representante
Legal En Ecuador, E.N.GI.M. - ENTE NAZIONALE DEI
GIUSEPPINI DEL MURIALDO.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA
RAZÓN.- Siento por tal que las cuatro (4) fojas que
anteceden, son copias del "CONVENIO BÁSICO DE
FUNCIONAMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR Y LA ORGANIZACIÓN
NO GUBERNAMENTAL EXTRANJERA E.N.GI.M.-
ENTE NAZIONALE DEI GIUSEPPINI DEL
MURIALDO". Convenio Nº CBF-MREMH-2019-009,
del 31 de mayo de 2019, conforme el siguiente detalle
fojas: 1-4, son copias originales, documentos que reposan
en la SUBSECRETARIA DE COOPERACIÓN I.- LO
CERTIFICO.
Quito, D.M. 10 de junio de 2019.
f.) Ab. Pablo Gudberto Viteri Jácome, Especialista 2,
Dirección de Gestión Documental y Archivo, Delegado
para la Certif‌i cación de Documentos Mediante Memorando
Nro. MREMH-DGDA-2018-0801-M.
OBSERVACIÓN: Esta Dirección de Gestión Documental
y Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana no se responsabiliza por el estado
y la veracidad de los documentos presentados para la
certif‌i cación por parte de la Dirección que los custodia,
y que puedan inducir a equivocación o error, así como
tampoco por el uso doloso o fraudulento que se pueda hacer
de los documentos certif‌i cados.
No. 029
SUBSECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL
MINISTERIO DEL AMBIENTE
Considerando:
del Ecuador reconoce el derecho de la población a vivir
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