Acuerdos. 03/refórmese Acuerdo No. 33/2017 De 07 De Diciembre 2017

Número de Boletín185
SecciónAcuerdos
EmisorDirección General de Aviación Civil
Miércoles 21 de febrero de 2018 – 5Registro Of‌i cial Nº 185
IV DISTRITO”, así como el presupuesto destinadas
a aquellas con los respectivos saldos contables, serán
transferidas a la EOD SERVICIO AEROPOLICIAL del
Distrito Metropolitano de Quito.
Artículo 4.- Disponer al señor Comandante General de la
Policía Nacional, para que a través del señor Comandante
del Servicio Aeropolicial realice el trámite de Unif‌i cación
de las tres EODs quedando únicamente la EOD SERVICIO
AEROPOLICIAL.
Artículo 5.- Disponer al señor Comandante del Servicio
Aeropolicial, realice las coordinaciones y organización de
talento humano, aeronaves, logística y activos f‌i jos, para el
funcionamiento del Comando del Servicio Aeropolicial en
las instalaciones asignadas para el Servicio Aeropolicial en
el Distrito Metropolitano de Quito.
Artículo 6.- Suprímase la disposición contenida en el
artículo 10 del Acuerdo Ministerial No. 3131 de 10 de enero
de 2013, reformado con Acuerdo Ministerial No. 3202 de
fecha 13 de abril de 2013.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
La Coordinación General Administrativa Financiera
del Ministerio del Interior deberá realizar las gestiones
pertinentes ante el Ministerio de Finanzas, respecto a
la creación, cierre y/o traslado de saldos contables a las
diferentes Entidades Operativas Desconcentradas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Deróguese el Acuerdo Ministerial No. 7650 de fecha
8 de septiembre del 2016 publicado en Registro Of‌i cial No
901 del 13 de diciembre 2016.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de la publicación
en el Registro Of‌i cial; y; de su ejecución encárguese al
Coordinador/a Administrativo Financiero del Ministerio
del Interior, al Comandante General de la Policía Nacional
y al Director General de Operaciones de la Policía
Nacional.
Dado y f‌i rmado en la ciudad de Quito, Distrito
Metropolitano, a 12 de enero de 2018.
f.) Mgs. César Antonio Navas Vera, Ministro del Interior.
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i co que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa
en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 18
de enero de 2018.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 03/2018
EL DIRECTOR GENERAL
DE AVIACIÓN CIVIL
Considerando:
Que, mediante Acuerdo No. 015/2016 de 17 de junio del
2016, modif‌i cado con Acuerdos No. 08/2016 de 31 de agosto
del 2016 y No. 33/2017 de 07 de diciembre del 2017, el
Consejo Nacional de Aviación Civil, renovó y modif‌i có a la
compañía AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. AEROGAL
ahora AVIANCA-ECUADOR S.A., su permiso de
operación para la prestación del servicio de transporte aéreo
público, internacional, regular, de pasajeros, carga y correo,
en forma combinada, entre Ecuador y los Países Miembros
de la Comunidad Andina;
Que, con of‌i cio Nro. AV-PE/509-2017 de 14 de noviembre
de 2017, el Director General y como tal Representante
Legal de la compañía AVIANCA-ECUADOR S.A.,
solicita la modif‌i cación de su Permiso de Operación, a f‌i n
de incorporar dentro de las rutas autorizadas la siguiente:
“Quito y/o Guayaquil – Bogotá y/o Santa Cruz y viceversa,
hasta 7 frecuencias semanales y con derechos de hasta 5ta
libertad”;
Que, con memorando Nro. DGAC-AB-2017-1307-M de 13
de diciembre de 2017, se elevó a conocimiento del señor
Director General de Aviación Civil, la solicitud presentada
por la compañía AVIANCA-ECUADOR S.A., adjuntando
el Extracto para su legalización y su posterior publicación
en la Página Web del Consejo Nacional de Aviación Civil;
Que, mediante of‌i cio Nro. DGAC-AB-2017-0156-O de 18
de diciembre de 2017, se notif‌i có por escrito a las aerolíneas
que operan en el indicado servicio, respecto de la solicitud
de modif‌i cación del Permiso de Operación presentada por
la compañía AVIANCA-ECUADOR S.A.;
Que, la Dirección de Asesoría Jurídica, con memorando
Nro. DGAC-AE-2017-1865-M de 26 de diciembre de
2017, presenta su informe en el que concluye y recomienda
que la Decisión 582 de la Comunidad Andina establece un
régimen de libertad absoluta para los vuelos regulares de
pasajeros, carga y correo, separadamente o en combinación
de aerolíneas de Países Miembros, que se realicen dentro
de la Subregión siendo la modif‌i cación solicitada por
AVIANCA-ECUADOR S.A. procedente; que la solicitud
cumple con los requisitos de orden legal, previstos en el
Reglamento de Permisos de Operación para la Prestación
de Servicios de Transporte Aéreo, por lo que no existe
inconveniente para que se autorice la modif‌i cación del
Permiso de Operación internacional, regular, de pasajeros,
carga y correo, en forma combinada, dentro de la
Comunidad Andina;
Que, con memorando Nro. DGAC-AX-2017-0477-M de
27 de diciembre de 2017, el Director de Comunicación
Social Institucional, informa que el Extracto de la solicitud
de modif‌i cación del Permiso de Operación, internacional
(Comunidad Andina), presentado por la compañía
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