Acuerdos. 030/2019 Transfi érese a LATAM AIRLINES ECUADOR S.A. los permisos de operación otorgados a la Compañía AEROLANE, LÍNEAS AÉREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A., mediante Acuerdos Nro. 039/2018; y, Nro. 035/2014

Número de Boletín145
SecciónAcuerdos
EmisorConsejo Nacional de Aviación Civil
Martes 18 de febrero de 2020 – 11Registro Of‌i cial Nº 145
matrícula naval P-00-00647, de propiedad de la
compañía ELMACORP S.A., empleándolo única y
exclusivamente para la actividad autorizada en el
presente Acuerdo Ministerial.
2. Deberá renovar puntualmente el permiso de pesca del
B/P ISABELLA II de matrícula naval P-00-00647.
3. Deberá cumplir con las disposiciones legales,
reglamentarias y administrativas, así como acuerdos
relacionados con la actividad pesquera autorizada.
4. Deberá reportar trimestralmente a la Subsecretaría de
Recursos Pesqueros, el detalle de las capturas y ventas
para f‌i nes estadísticos
Artículo 5.- Notifíquese con el presente Acuerdo
Ministerial al administrado, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 101 y 164 del Código Orgánico
Administrativo
COMUNÍQUESE.–
Dado en Guayaquil, a los 08 día(s) del mes de Enero de
dos mil veinte.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sr. Abg. Alejandro Jose Moya Delgado, Subsecretario de
Recursos Pesqueros.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO
EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA.- CERTIFICA.-
Es f‌i el copia del original que reposa en Secretaría General.-
Fecha: 13 de enero de 2020.- Firma: Ilegible.
Nro. 030/2019
EL CONSEJO NACIONAL DE AVIACION CIVIL
Considerando:
Que, mediante Acuerdo Nro. 039/2018 de 13 de
diciembre de 2018, el Consejo Nacional de Aviación Civil
renovó a la compañía AEROLANE LÍNEAS AÉREAS
NACIONALES DEL ECUADOR S.A. (LATAM
AIRLINES ECUADOR S.A.) su permiso de operación
para prestar el servicio de transporte aéreo público,
doméstico, regular, de pasajeros, carga y correo, en los
términos y condiciones constantes en dicho Acuerdo;
Que, mediante Acuerdo Nro. 035/2014 de 22 de
octubre de 2014, el Consejo Nacional de Aviación Civil
renovó a la compañía AEROLANE LÍNEAS AÉREAS
NACIONALES DEL ECUADOR S.A. (LATAM
AIRLINES ECUADOR S.A.) su permiso de operación
para prestar el servicio de transporte aéreo público,
internacional, regular, de pasajeros, carga y correo,
modif‌i cado con Acuerdo Nro. 21/2015 de 27 de noviembre
de 2015;
Que, la abogada Mariela Anchundia Mieles, mediante
of‌i cio s/n de 12 de junio de 2019, ingresado a la Dirección
General de Aviación Civil (DGAC) mediante el Sistema de
Gestión Documental Quipux bajo el registro Nro. DGAC-
AB-2019-5624-E, comunica a la DGAC que AEROLANE
LÍNEAS AÉREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A.
cambió su razón social a LATAM AIRLINES ECUADOR
S.A., por lo que solicita tomar nota de dicho cambio así
como correr traslado del mismo a todas las áreas técnicas,
operativas, administrativas e informáticas de la DGAC
y CNAC a f‌i n de que, de of‌i cio se actualicen: Quipux,
resoluciones, acuerdos y demás autorizaciones, entre ellos
acuerdo de códigos compartidos y códigos común, donde
consta la razón social AEROLANE LÍNEAS AÉREAS
NACIONALES DEL ECUADOR S.A.;
Que, la Dirección General de Aviación Civil mediante
of‌i cio Nro. DGAC-YA-2019-1350-O de 14 de junio
de 2019, en respuesta a la comunicación descrita en el
considerando que antecede, manifestó a la compañía
en mención que: “A f‌i n de dar atención a lo solicitado,
la compañía AEROLANE, Líneas Aéreas Nacionales
del Ecuador S.A., deberá presentar, en forma clara y
precisa, ante la Autoridad competente, por separado,
las solicitudes de modif‌i cación tanto en lo referente a
Concesiones y Permisos de Operación, así como Códigos
Compartidos y más autorizaciones que le hayan sido
otorgadas a la compañía, cumpliendo con los requisitos
establecidos en el Reglamento de Permisos de Operación
para Servicios de Trabajos Aéreos, Actividades Conexas,
y Servicios Aéreos Privados (DGAC) y el Reglamento de
Permisos de Operación para la Prestación de los Servicios
de Transporte Aéreo Comercial (CNAC)., previo el pago
de los derechos correspondientes”;
Que, la compañía LATAM AIRLINES ECUADOR S.A.
(antes AEROLANE LÍNEAS AÉREAS NACIONALES
DEL ECUADOR S.A.) con of‌i cio s/n de 17 de junio de
2019, ingresado a la Dirección General de Aviación Civil
(DGAC) mediante el Sistema de Gestión Documental
Quipux bajo el registro Nro. DGAC-AB-2019-5777-E,
dirigido al Piloto Anyelo Acosta Arroyo en calidad de
Director General de Aviación Civil y Secretario de CNAC,
refutó lo señalado por la DGAC, indicando que su pedido
se basó en los principios de celeridad, consolidación,
pro administrado e informalismo contenidos en la Ley
Orgánica para la Optimización y Ef‌i ciencia de Trámites
Administrativos, así como también en el Acuerdo Nro.
036/2012, que se ref‌i ere a un cambio similar, por el
cual LAN AIRLINES S.A. cambió su razón social a
LATAM AIRLINES GROUP S.A., en el cual la autoridad
aeronáutica de of‌i cio procedió a transferir todos los
derechos otorgados a LAN AIRLINES S.A. hacia LATAM
AIRLINES GROUP S.A.;

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