Acuerdos. 0320-2019 Deléguense facultades a la Coordinadora General de Asesoría Jurídica

Número de Boletín427
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
16 – Miércoles 13 de febrero de 2019 Registro Of‌i cial Nº 427
y Promoción de la Libertad de Religión, Creencia y
Conciencia, recomienda al delegado de la máxima autoridad
del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, la
aprobación de la reforma al estatuto de la organización
religiosa denominada Congregación de Carmelitas
Misioneras en el Ecuador, al determinar que ha cumplido
con todos los requisitos exigidos en la Ley y Reglamento
de Cultos Religiosos; y,
En ejercicio de las facultades previstas en los artículos
66 numerales 8) y 13), 154 numeral 1) de la Constitución
de la República del Ecuador; el artículo 4 de la Ley de
Cultos; el artículo 12 del Reglamento de Cultos Religiosos;
los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE); y, al
artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. MJDHC-MJDHC-
2018-0031-A de 26 de diciembre de 2018,
Acuerda:
Art. 1. APROBAR la primera reforma al estatuto de la
CONGREGACIÓN DE CARMELITAS MISIONERAS
EN EL ECUADOR, con domicilio en el cantón Quito,
provincia de Pichincha, discutida y aprobada en Asamblea
General Extraordinaria 6 de febrero de 2017.
Art. 2. INSCRIPCIÓN de la Reforma al Estatuto de la
CONGREGACIÓN DE CARMELITAS MISIONERAS
EN EL ECUADOR, en el Registro de Organizaciones
Religiosas del Registro de la Propiedad del Cantón Quito,
provincia de Pichincha domicilio de la entidad, como
persona de derecho privado, sin f‌i nes de lucro, que para
el ejercicio de los derechos y obligaciones se sujetará
estrictamente a lo que determina la Constitución de la
República del Ecuador, la Ley de Cultos; y, el Reglamento
de Cultos Religiosos.
Art. 3.- PUBLICACIÓN.- Ordenar la publicación del
Acuerdo Ministerial de Reforma de la Organización religiosa
denominada CONGREGACIÓN DE CARMELITAS
MISIONERAS EN EL ECUADOR en el Registro Of‌i cial.
Art. 4.- INCORPORACIÓN EN EL ARCHIVO.-
Disponer se incorpore al archivo de la Dirección de
Regulación y Promoción de la Libertad de Religión,
Creencia y Conciencia del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, y al expediente correspondiente el
Acuerdo Ministerial de Reforma de la CONGREGACIÓN
DE CARMELITAS MISIONERAS EN EL
ECUADOR.
Art. 5.- DISPOSICIÓN.- Disponer a la organización
religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de J
usticia, Derechos Humanos y Cultos, cualquier modif‌i cación
en el Estatuto; integrantes de su gobierno interno; ingreso
y salida de miembros; y, representante legal de la entidad,
a efectos de ordenar su inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente.
Art. 6.- DISOLUCIÓN DE OFICIO.- El Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, podrá ordenar la
cancelación del registro de la CONGREGACIÓN DE
CARMELITAS MISIONERAS EN EL ECUADOR
y de of‌i cio proceder con la disolución y liquidación de la
Organización, de comprobarse hechos que constituyan
violaciones graves al ordenamiento jurídico.
Art. 7.- NOTIFICAR al Presidente, con un ejemplar
del presente Acuerdo Ministerial, conforme lo dispuesto
en el artículo 126 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE.
El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Por delegación del Ministro de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, suscribo.
Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, D.M., a los 10
día(s) del mes de Enero de dos mil diecinueve.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sr. Mgs. Santiago Esteban Machuca Lozano, Coordinador
General De Asesoría Jurídica - Delegado del Ministro de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
RAZÓN: De conformidad a las atribuciones y
responsabilidades conferidas en el Estatuto Orgánico por
Procesos del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, siento como tal, que el documento que antecede
en cuatro fojas útiles y que corresponde al Acuerdo No.
MJDHC-CGAJ-2019-0074-A de 10 de enero de 2019, es
igual al que reposa en el Sistema de Gestión Documental
Quipux de esta Cartera de Estado.
Quito, 10 de enero de 2019.
f.) Ing. María Isabel Alcívar Cedeño, Directora Nacional
de Secretaría General, Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.
No. 0320-2019
LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA
Considerando:
artículo 154, numeral 1, ordena que les corresponde a las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el Código Orgánico Administrativo, en el artículo 47,
establece que la “La máxima autoridad administrativa de la
correspondiente entidad pública ejerce su representación
para intervenir en todos los actos, contratos y relaciones
jurídicas sujetas a su competencia. Esta autoridad no
requiere delegación o autorización alguna de un órgano
o entidad superior, salvo en los casos expresamente
previstos en la ley”;
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