Acuerdos. 0322 Otórguese con fecha 02 de marzo de 2020, el grado de Mayores de Policía, a varios Capitanes de Policía pertenecientes a la Sexagésima Sexta Promoción de Oficiales de Línea

Número de Boletín1026
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE GOBIERNO
Jueves 17 de septiembre de 2020 – 25Registro Ocial – Edición Especial Nº 1026
1
Acuerdo Ministerial No. 0322
María Paula Romo Rodríguez
MINISTRA DE GOBIERNO
Considerando:
: “A las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones estableci
das en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir
los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión (…)”;
“(…) La
protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado
y responsabilidad de la Policía Nacional”;
que: “(…)
Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional estarán sujetos a
las leyes específicas que regulen sus derechos y obligaciones, y su sistema de ascensos y
promociones con base en méritos y con criterios de equidad de género. Se garantiz
ará su
estabilidad y profesionalización (…)”;
Que el inciso primero del artículo 163 de la norma suprema consagra que:
La Policía
Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada,
disciplinada, profesional y altamente
especializada, cuya misión es atender la seguridad
ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de
las personas dentro del territorio nacional (…)”;
“Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos
y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que le sean atribuidas en l
a Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que el artículo 59 del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad
Ciudadana y Orden
Público, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 19 de 21 de junio de 2017,
expresa
que:
La Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica,
jerarquizada, disciplinada, profesional, altamente especi
alizada, uniformada, obediente y no
deliberante; regida sobre la base de méritos y criterios de igualdad y no discriminación.
Estará integrada por servidoras y servidores policiales (…)”;

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