Ordenanzas Municipales. 033-GADMCE Cantón Esmeraldas: Sustitutiva De Mercados Municipales Y De Las Zonas De Espacios Públicos Destinados Para El Funcionamiento De Mercados Municipales Y Mercados Informales Y Ferias Libres
Número de Boletín | 1032 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
8 – Lunes 22 de mayo de 2017 Edición Especial Nº 1032 – Registro Ofi cial
del Cantón Archidona, en un plazo de treinta días, al igual
que a los demás Gobiernos Autónomos Descentralizados de
la jurisdicción correspondiente.
SEGUNDA: DE LA DECLARACIÓN AL SUBSISTEMA
DE ÁREAS PROTEGIDAS DE GOBIERNOS
AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS.- De
conformidad con lo previsto en el artículo 405 de la
Constitución de la República y en aplicación del Plan
Estratégico del SNAP, el Alcalde, previa resolución
favorable del Concejo Municipal, solicitará al Ministerio
del Ambiente la declaración del Área Ecológica de
Conservación Municipal, Cuenca Alta del Río Misahuallí
del Cantón Archidona, para ser parte del Subsistema de
Gobiernos Autónomos Descentralizados del SNAP. Para
ello seguirá el procedimiento establecido por el Ministerio
del Ambiente.
TERCERA: ELABORACIÓN DEL PLAN DE
MANEJO.- A partir de la fecha de expedición de esta
Ordenanza, y en un plazo no mayor de 180 días, se elaborará
el Plan de Manejo del Área Ecológica de Conservación
Municipal, Cuenca Alta del Río Misahuallí del Cantón
Archidona.
CUARTA: NOTIFICACIÓN AL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD Y NOTARIOS. Para los fi nes legales
consiguientes, la presente Ordenanza será notifi cada al
Registro de la Propiedad del Cantón Archidona y al Notario
del Cantón, a efecto que tengan conocimiento del contenido
de la misma, para que se sujete a las condiciones de posibles
cambios constantes en la escritura.
QUINTA: ORGÁNICO POR PROCESOS.- La Estructura
Orgánica por Procesos del Área Ecológica de Conservación
Municipal, Cuenca Alta del Río Misahuallí del Cantón
Archidona, se establecerá una vez defi nido el Plan de
Manejo y basado en los Programas previamente elaborados
e identifi cados, donde se designarán las responsabilidades
para el administrador, técnicos y guardaparques.
Se dispone a la Dirección de Desarrollo Organizacional
incorporar dentro del Estatuto Orgánico Municipal,
las funciones del Administrador del Área Ecológica de
Conservación Municipal, Cuenca Alta del Río Misahuallí
del Cantón Archidona; y, al Alcalde, la designación
de personal para Administrar el Área Ecológica de
Conservación Municipal, Cuenca Alta del Río Misahuallí
del Cantón Archidona.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- DEROGATORIA.- La presente Ordenanza
deroga cualquier norma, ordenanza o resolución expedida
por la Municipalidad con anterioridad y que se oponga a
la misma.
SEGUNDA.- VIGENCIA.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir de su publicación en el Registro Ofi cial.
DADO Y FIRMADO EN LA SALA DE SESIONES DEL
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE ARCHIDONA, A LOS CUATRO
DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE.
f.) Ing. Jaime Shiguango Pisango, Alcalde.
f.) Ab. Edisson Romo Maroto, Secretario General.
SECRETARÍA GENERAL DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE ARCHIDONA.- En legal forma CERTIFICO: Que,
la Ordenanza que antecede fue analizada y aprobada en
sesiones ordinarias de Concejo del 19 de julio de 2016 y 4
de abril de 2017, mediante Resoluciones de Concejo 0289 y
0369, respectivamente.- LO CERTIFICO:
f.) Ab. Edisson Romo Maroto, Secretario General.
ALCALDÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE
ARCHIDONA.- Archidona, 11 de abril de 2017. Las
14H00. Por reunir los requisitos legales exigidos, de
conformidad con lo determinado en el artículo 322 del
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía
y Descentralización, PROMÚLGUESE Y EJECÚTESE.
f.) Ing. Jaime Shiguango Pisango, Alcalde.
SECRETARÍA GENERAL DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE ARCHIDONA.- Proveyó y fi rmó el decreto que
antecede, el ingeniero Jaime Shiguango Pisango, Alcalde de
Archidona, en la fecha y hora señaladas.- LO CERTIFICO:
f.) Ab. Edisson Romo Maroto, Secretario General.
N 033-GADMCE
EL CONCEJO GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN ESMERALDAS
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador publicada
en el Registro Ofi cial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008,
establece una nueva organización territorial del Estado,
incorpora nuevas competencias a los gobiernos autónomos
descentralizados y dispone que por ley se establezca
el sistema nacional de competencias, los mecanismos
de fi nanciamiento y la institucionalidad responsable de
administrar estos procesos a nivel nacional.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba