Ordenanzas Municipales. 035-GADMCG-2022 Cantón Guamote: Para la regularización de bienes mostrencos en el cantón y en los perímetros urbanos de las parroquias rurales

Número de Boletín401
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 16 de agosto de 2022 Edición Especial Nº 401 - Registro Ocial
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www.gadguamote.gob.ec/.
municipio@gadguamote.gob.ec
(593) (03) 3-731-460 Ext. 8042
10 de Agosto y Abelardo Montalvo,
Guamote Chimborazo - Ecuador
ORDENANZA Nº. 035-GADMCG-2022
LA ORDENANZA PARA LA REGULARIZACIÓN DE BIENES MOSTRENCOS EN EL
CANTÓN GUAMOTE Y EN LOS PERIMETROS URBANOS DE LAS PARROQUIAS
RURALES
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTON GUAMOTE
CONSIDERANDO:
QUE, el Artículo 66.26 de la Constitución de la República, reconoce y garantiza a las
personas. “El derecho a la propiedad en todas sus formas con función y responsabilidad
social y ambiental. El derecho al acceso a la propiedad se hará efectivo con la adopción
de políticas públicas, entre otras medidas”.
QUE, el Artículo 238 de la Constitución de la República, señala que “Los gobiernos
autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera,
y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad, interterritorial,
integración y participación ciudadana…”
QUE, el Artículo 321 de la Constitución de la República, establece que, “El Estado reconoce y
garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal,
asociativa, cooperativa, mixta y que deberá cumplir su función social y ambiental”
QUE, el Artículo 54 del Código orgánico de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización, prescribe que son funciones del gobierno autónomo descentralizado
municipal los siguientes: a) “Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción
territorial cantonal, para garantizar la realización de buen vivir a través de la
implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias
constitucionales y legales…”.
QUE, el Artículo 55 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización ordena: Los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales
tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la
ley: b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación de suelo en el cantón…”
QUE, el Artículo 417, literal g) del Código de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización, entre otros, determina como bienes el uso público las casas
comunales, canchas, mercados, escenarios deportivos, conchas acústicas y otros de
análoga función de servicio comunitario.
QUE, el Artículo 419 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización, entre otros, determina como bienes de dominio privado: c) Los
bienes mostrencos situados dentro de las respectivas circunscripciones territoriales”.
Martes 16 de agosto de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 401
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www.gadguamote.gob.ec/.
municipio@gadguamote.gob.ec
(593) (03) 3-731-460 Ext. 8042
10 de Agosto y Abelardo Montalvo,
Guamote Chimborazo - Ecuador
QUE, el artículo 481 del COOTAD, expresa que: Para efecto del presente artículo se
entienden mostrencos aquellos bienes inmuebles que carecen de dueño conocido; en
este caso los gobiernos autónomos descentralizados municipales o metropolitanos
mediante ordenanza establecerán los mecanismos y procedimientos para regularizar
bienes mostrencos.
QUE, el Artículo 605 del código Civil, determina que son bienes del Estado todas las tierras
que, estando situadas dentro de los límites territoriales, carecen de otro dueño.
QUE, el Artículo 1 de la Ley de Registro de la Propiedad, prescribe: La inscripción de los
instrumentos públicos, títulos y demás documentos que la Ley exige o permite que se
inscriban en los registros correspondientes, tiene principalmente los siguientes objetos:
a) Servir de medio de tradición del dominio de bienes raíces y de los otros derechos
reales constituidos en ellos.
QUE, mediante memorando Nro. 01618-A-GADMCG-2022, de fecha 09 de junio del 2022
suscrito por el señor Delfín Quishpe solicita al Ing. Andrés Rivera Director de
Planificación un informe técnico referente al proyecto de ordenanza regularización de
bienes mostrencos en el cantón Guamote y en los perímetros urbanos de las parroquias
rurales.
QUE, mediante memorando No. 0389-DPOT-GADMCG-2022, de fecha 14 de junio del 2022
suscrito por el Ing. Andrés Rivera, solicita al Arq. Franklin Manya. Subdirector de
Planificación un informe técnico referente al proyecto de ordenanza regularización de
bienes mostrencos en el cantón Guamote y en los perímetros urbanos de las parroquias
rurales.
QUE, mediante memorando No. 119-GADMCG-SPT-2022, de fecha 20 de junio del 2022
suscrito por el Arq. Franklin Manya remite al Ing. Andrés Rivera Director de
Planificación un informe técnico referente al proyecto de ordenanza regularización de
bienes mostrencos en el cantón Guamote.
QUE, mediante memorando No. 0436-DPOT-GADMCG-2022, de fecha 06 de julio del 2022
suscrito por el Ing. Andrés Rivera, remite a la máxima autoridad el informe técnico No.
018-SPT-2022 suscrito por el Arq. Franklin Manya. Subdirector de Planificación
referente a las observaciones al proyecto de ordenanza regularización de bienes
mostrencos en el cantón Guamote y en los perímetros urbanos de las parroquias rurales,
para aprobación en segundo debate.
QUE, mediante memorando No. 0011-GADMCG-C de fecha 07 de julio del 2022 el señor
concejal Alberto Mishque remite a la Dirección Jurídica el informe técnico No. 018-
SPT-2022 suscrito por el Arq. Franklin Manya, Subdirector de Planificación referente a
las observaciones al proyecto de ordenanza regularización de bienes mostrencos en el
cantón Guamote y en los perímetros urbanos de las parroquias rurales, para aprobación
en segundo debate a fin de que se cojan las recomendaciones

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