Acuerdos. 0352-2019 Apruébese la reforma y codifi cación del Estatuto de la Fundación Ecuatoriana de la Psoriasis (FEPSO), con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín502
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
8 – Miércoles 5 de junio de 2019 Registro Of‌i cial Nº 502
1.4 Asignar técnicos del Viceministerio de Promoción
de Exportaciones e Inversiones para realizar
el seguimiento y acompañamiento en las
actividades realizadas en marco del programa
de cooperación.
1.5 Las demás acciones que sean necesarias para la
implementación del presente.
2. Liderar el proceso de seguimiento y acompañamiento
público durante la ejecución del Contrato de
Subvención Acciones Exteriores de la Unión Europea
DC/IALA/2016/383-056 suscrito con la Corporación
de Promoción de Exportaciones e Inversiones -
CORPEI por un monto de 4.3 millones de euros;
y, el Contrato de Subvención Acciones Exteriores de
la Unión Europea DCI/ALA/2016/383-055, suscrito
con la Federación Ecuatoriana de Exportadores-
FEDEXPOR, por un monto de 4.2 millones de euros,
los cuales se centran en apoyar el desarrollo económico
del país a través de la internacionalización de las
micro, pequeñas y medianas empresas, con el enfoque
en el mercado europeo; lo cual incluye la gestión de
seguimiento de las siguientes actividades:
2.1 Seleccionar empresas participantes en el Programa,
a través de un comité que será conformado por el
Viceministerio de Promoción de Exportaciones e
Inversiones del MPCEIP, FEDEXPOR y CORPEI.
2.2 Trabajar con los operadores privados en la
modif‌i cación y optimización de la plataforma
del Programa, mismo que contiene el registro de
empresas participantes. Esta plataforma es la
misma que se utilizó para el proyecto “Exporta
País”.
2.3 Elaborar e implementar estrategias y acciones
junto a los operadores privados FEDEXPOR y
CORPEI para culminar el cierre exitoso de sus
contratos de subvención correspondientes, al igual
que los mecanismos de seguimiento y evaluación
ex post.
2.4 Solicitar y remitir a Despacho Ministerial, un
informe ejecutivo trimestral, a los operadores
privados FEDEXPOR y CORPEI sobre el detalle
de la ejecución de los contratos de subvención.
2.5 Las demás acciones que sean necesarias para la
implementación del presente.
Artículo 2.- La delegación contenida en el presente
documento, será ejercida conforme los principios
constitucionales y legales que rigen el servicio público,
siendo el funcionario que ejerza como Viceministro de
Promoción de Exportaciones e Inversiones es personalmente
responsable por los actos realizados en el ejercicio de las
funciones delegadas.
Artículo 3.- Deróguese el Acuerdo Ministerial No.
MPCEIP-DMPCEIP-2019-0037 de 8 de mayo de 2019
y todo instrumento que se oponga a lo dispuesto en el
presente.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial Dado en Quito, a los 17 día(s) del mes de Mayo de
dos mil diecinueve.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sr. Mgs. Pablo José Campana Sáenz, Ministro de
Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.
CERTIFICO: Es f‌i el copia del original que reposa en el
Quipux.- Firma: Ilegible.- Fecha: 22 de mayo de 2019.-
Firma: Ilegible.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
No. 0352-2019
EL VICEMINISTRO DE GOBERNANZA Y
VIGILANCIA DE LA SALUD
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma
libre y voluntaria, así como las formas de organización de
la sociedad, como expresión de la soberanía popular para
desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las
decisiones y políticas públicas y en el control social de todos
los niveles de gobierno así como de las entidades públicas
y de las privadas que presten servicios públicos, conforme
lo prescrito en los artículos 66 y 96 de la Constitución de la
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones
deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la
República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la
Codif‌i cación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo
No. 339, publicado en el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de
noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la
facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia,
apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones
pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 193 publicado en el
Registro O f‌i cial Suplemento No. 109 de 27 de octubre de
2017 se expidió el Reglamento para el otorgamiento de
personalidad jurídica a las organizaciones sociales, cuyo
artículo 14 establece los requisitos y procedimiento para la
reforma de estatuto de las organizaciones;
Que, a través del Acuerdo Ministerial No. 00550 de 22
de agosto de 2001, se concedió personalidad jurídica y
se aprobó el estatuto de la Fundación Ecuatoriana de la
Psoriasis.
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