Acuerdos. 0354-2019 Apruébese la reforma, codifi cación del estatuto y el cambio de denominación de la “Sociedad Ecuatoriana de Anestesiología Núcleo Pichincha” por “Sociedad Ecuatoriana de Anestesiología Capítulo Pichincha ” con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín502
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
10 – Miércoles 5 de junio de 2019 Registro Of‌i cial Nº 502
las organizaciones sociales y ciudadanas” No. DNCL-
GR-2-2019 de 16 de abril de 2019, se desprende que la
Fundación Metrofraternidad, cumple con los requisitos
establecidos en el Reglamento para el otorgamiento de
personalidad jurídica a las organizaciones sociales;
En ejercicio de la atribución que le conf‌i ere el Acuerdo
Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de
2015.
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar la reforma y codif‌i cación del estatuto de la
Fundación Metrofraternidad, con domicilio en la ciudad de
Quito, provincia de Pichincha.
Art. 2.- La Fundación Metrofraternidad deberá cumplir
con todas las obligaciones previstas en el Reglamento
para el otorgamiento de personalidad jurídica a las
organizaciones sociales expedido con Decreto Ejecutivo No.
193 publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 de
27 de o ctubre de 2017.
Disposición Final Única.- El presente Acuerdo Ministerial,
entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano a, 17
de mayo de 2019.
f.) Dr. Carlos Durán Salinas, Viceministro de Gobernanza y
Vigilancia de la Salud.
Es f‌i el copia del documento que consta en el Archivo de la
Dirección Nacional de Secretaría General, al cual me remito
en caso necesario. Lo certif‌i co en Quito a, 22 de mayo de
2019.- f.) Ilegible, Director(a) Nacional de Secretaría
General, Ministerio de Salud Pública.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
No. 0354-2019
EL VICEMINISTRO DE GOBERNANZA Y
VIGILANCIA DE LA SALUD
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma
libre y voluntaria, así como las formas de organización de
la sociedad, como expresión de la soberanía popular para
desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las
decisiones y políticas públicas y en el control social de todos
los niveles de gobierno así como de las entidades públicas
y de las privadas que presten servicios públicos, conforme
lo prescrito en los artículos 66 y 96 de la Constitución de la
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones
deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la
República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la
Codif‌i cación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo
No. 339, publicado en el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de
noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la
facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia,
apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones
pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 193 publicado en el
Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 de 27 de octubre de
2017 se expidió el Reglamento para el otorgamiento de
personalidad jurídica a las organizaciones sociales, cuyo
artículo 14 establece los requisitos y procedimiento para la
reforma de estatuto de las organizaciones;
Que; a través del Acuerdo Ministerial No. 7193 de 31 de
octubre de 1966, se aprobó el estatuto de la “Sociedad
Ecuatoriana de Anestesiología Núcleo de Pichincha”;
Que, en Asamblea General de 2 de enero de 2019 los
miembros de la Sociedad Ecuatoriana de Anestesiología
Núcleo de Pichincha discutieron y aprobaron la reforma
integral del estatuto de la organización, cuyo ámbito de
acción es: “...fomentar el desarrollo de la especialidad
médica en anestesiología en base a investigaciones
científ‌i cas y relaciones con otras organizaciones que
persigan similares f‌i nalidades...”;
Que, mediante comunicación de 15 de abril de 2019, la
presidenta de la Sociedad Ecuatoriana de Anestesiología
Núcleo de Pichincha; solicitó la reforma del estatuto de la
referida organización; y,
Que, de la revisión y análisis de la documentación remitida
realizada por la Dirección Nacional de Consultoría Legal,
que consta del “Informe de cumplimiento de requisitos de
las organizaciones sociales y ciudadanas” No. DNCL-
GR-4-2019 de 14 de mayo de 2019, se desprende que
la Sociedad Ecuatoriana de Anestesiología Núcleo de
Pichincha, cumple con los requisitos establecidos en el
Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica
a las Organizaciones Sociales;
En ejercicio de la atribución que le conf‌i ere el Acuerdo
Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de
2015
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar la reforma, codif‌i cación del estatuto y
el cambio de denominación de la “Sociedad Ecuatoriana
de Anestesiología Núcleo Pichincha” por “Sociedad
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