Acuerdos. 0357-2019 Concédese personería jurídica y apruébese el Estatuto de la Fundación Matices, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín503
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
Jueves 6 de junio de 2019 – 3Registro Of‌i cial Nº 503
constituida mediante Acuerdo Ministerial No. 0136-2017
de 15 de septiembre de 2017.
Art. 2.- La ASOCIACIÓN ECUATORIANA DE
PROFESIONALES EN ATENCIÓN PREHOS-
PITALARIA Y EN EMERGENCIAS deberá cumplir con
todas las obligaciones previstas en el Reglamento para el
otorgamiento de personalidad jurídica a las organizaciones
sociales expedido con Decreto Ejecutivo No. 193 publicado
en el Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 de 27 de octubre
de 2017.
Disposición Final Única.- El presente Acuerdo Ministerial,
entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano a, 17
de mayo de 2019.
f.) Dr. Carlos Durán Salinas, Viceministro de Gobernanza y
Vigilancia de la Salud.
Es f‌i el copia del documento que consta en el Archivo de
la Dirección Nacional de Secretaría General, al que me
remito en caso necesario. Lo certif‌i co en Quito, 22 de mayo
de 2019.- f.) Director(a) Nacional de Secretaría General,
Ministerio de Salud Pública.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
No. 0357-2019
EL VICEMINISTRO DE GOBERNANZA
Y VIGILANCIA DE LA SALUD
Considerando:
Que, el Estado reconoce y garantiza a las personas, el
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma
libre y voluntaria, así como las formas de organización de
la sociedad, como expresión de la soberanía popular para
desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las
decisiones y políticas públicas y en el control social de
todos los niveles de gobierno así como de las entidades
públicas y de las privadas que presten servicios públicos,
conforme lo prescrito en los artículos 66 y 96 de la
Que, los estatutos de las corporaciones y fundaciones
deben ser sometidos a la aprobación del Presidente de la
República, conforme lo prescrito en el artículo 565 de la
Codif‌i cación del Código Civil;
Que, el Presidente de la República, con Decreto Ejecutivo
No. 339, publicado en el Registro Of‌i cial No. 77 de 30 de
noviembre de 1998, delegó a cada Ministro de Estado la
facultad para que de acuerdo al ámbito de su competencia,
apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones
pertinentes y les otorgue personalidad jurídica;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 193 publicado en el
Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 de 27 de octubre de
2017 se expidió el Reglamento para el Otorgamiento de
Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales, cuyo
artículo 4 establece los tipos de organizaciones que se puede
constituir: a saber fundaciones, corporaciones, u otras
formas de organización social nacionales o extranjeras;
Que, el artículo 10 del Reglamento referido señala que las
Fundaciones podrán constituirse por la voluntad de uno o
más fundadores, que buscan o promueven el bien común
de la sociedad e incluyen las actividades de promoción,
desarrollo e incentivo de dicho bien en sus aspectos
sociales, culturales, educacionales, así como en actividades
relacionadas con la f‌i lantropía y benef‌i cencia pública, entre
otras;
Que; conforme consta en el Acta Constitutiva de 10 de
septiembre de 2018, los miembros de la Fundación Matices
en constitución, se reunieron con la f‌i nalidad de constituir
la referida organización y aprobar su estatuto, cuyo ámbito
de acción es: “ ...con enfoque de promoción, prevención,
atención y apoyo a los sectores más vulnerables, con
énfasis en salud sexual y reproductiva, respuesta al VIH,
salud mental, medio ambiente saludable, violencia de
género y el consumo problemático de sustancias, en todos
los ciclos de vida.”;
Que, el presidente ejecutivo provisional de la Fundación
en constitución, mediante comunicación de 8 de abril de
2019, solicitó la aprobación del estatuto y la concesión de
personalidad jurídica a la referida organización, para lo cual
remitió el Acta Constitutiva conjuntamente con el proyecto
de estatuto y el documento que acredita el patrimonio de la
organización;
Que, de la revisión y análisis del estatuto realizado
por la Dirección Nacional de Consultoría Legal, que
consta del “Informe de cumplimiento de requisitos de
las organizaciones sociales y ciudadanas” No. DNCL-
GC-12-2019 de 7 de mayo de 2019, se desprende que la
Fundación Matices, cumple con los requisitos establecidos
en el Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad
Jurídica de las Organizaciones Sociales; y,
En ejercicio de la atribución que le conf‌i ere el Acuerdo
Ministerial No. 00005257 de 25 mayo de 2015, reformado
con Acuerdo Ministerial No. 00005274 de 15 de julio de
2015
Acuerda:
Art. 1.- Conceder personalidad jurídica y aprobar el
estatuto de la Fundación Matices, con domicilio en la
ciudad de Quito, provincia de Pichincha.
Art. 2.- La Fundación Matices, deberá cumplir con
todas las obligaciones previstas en el Reglamento para el
otorgamiento de personalidad jurídica a las organizaciones
sociales expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 193
publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento No. 109 de 27
de octubre de 2017.
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