Acuerdos. 038-2017 Subróguense Las Funciones De Ministro, Al Mgs. Juan Carlos Sánchez Troya, Viceministro De Negociaciones Integración Y Defensa Comercial, Subrogante

Número de Boletín128
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Lunes 27 de noviembre de 2017 – 3Registro Of‌i cial Nº 128
Que, en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva se dispone: “Los
Ministros de Estado son competentes para el despacho
de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin
necesidad de autorización alguna del Presidente de la
República, salvo los casos expresamente señalados en leyes
especiales.”;
Que, en el artículo 55 ibídem se determina: “Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por
Ley o por Decreto. La delegación será publicada en el
Registro Of‌i cial”;
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 25 publicado en el
Registro Of‌i cial Suplemento Nro. 19 de 20 de junio de
2013, el Presidente Constitucional de la República crea el
Ministerio de Comercio Exterior como el ente rector de la
política de comercio exterior e inversiones;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Sr. Lenín Moreno Garcés, Presidente de la
República del Ecuador, nombró en calidad de Ministro de
Comercio Exterior al Mgs. Pab lo Campana Sáenz;
Que, con fecha 13 de febrero de 2017, los gobiernos
de la República de El Salvador y de la República del
Ecuador, suscribieron el Acuerdo de Alcance Parcial de
Complementación Económica;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 115, publicado
en el Suplemento del Registro Of‌i cial Nro. 68 del 30 de
agosto de 2017 se ratif‌i có el Acuerdo de Alcance Parcial
de Complementación Económica entre el Gobierno de la
República de El Salvador y el Gobierno de la República
del Ecuador;
Que, de conformidad con el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Ministerio de Comercio
Exterior, expedido mediante Acuerdo Ministerial Nro. 12
de 15 de noviembre de 2013 y publicado en el Registro
Of‌i cial Edición Especial Nro. 291 de 23 de marzo de
2015, es responsabilidad del Ministro/a de Comercio
Exterior, “dirigir la política comercial no petrolera e
inversiones, que incluye la política comercial, la atracción
de inversiones, las negociaciones comerciales bilaterales
y multilaterales (…)”; así como “dirigir la coordinación
institucional del Ministerio de Comercio Exterior con los
Ministerios y demás instituciones públicas competentes en
materia comercial, de inversión extranjera y de integración
económica, incluyendo la negociación, administración, la
defensa de los intereses y el ejercicio pleno de los derechos
derivados de acuerdos bilaterales, regionales, plurilaterales
y multilaterales (…)”;
Que, el numeral 1 del artículo X.5 del Acuerdo de Alcance
Parcial de Complementación Económica entre el Gobierno
de la República de El Salvador y el Gobierno de la
República del Ecuador, establece que cada parte designará
a un Coordinador del Acuerdo y lo notif‌i cará a la otra parte;
y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
Ecuador y los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, y Decreto
Ejecutivo Nro. 8 de 24 de mayo de 2017.
Acuerda:
Art. 1.- Designar al Lcdo. Javier Andrés Latorre Vaca,
Coordinador de Integración Económica Latinoamericana
del Ministerio de Comercio Exterior, para que actúe
como Coordinador del Acuerdo de Alcance Parcial de
Complementación Económica suscrito entre el Gobierno de
la República de El Salvador y el Gobierno de la República
del Ecuador.
Art. 2.- El Lcdo. Javier Andrés Latorre Vaca, Coordinador
de Integración Económica Latinoamericana del Ministerio
de Comercio Exterior, deberá dar cuenta de su gestión al
Ministro de Comercio Exterior respecto de la designación
conferida mediante este Acuerdo.
Art. 3.- Notifíquese con el presente Acuerdo al Lcdo. Javier
Andrés Latorre Vaca, para el cumplimiento y ejercicio del
mismo.
Art. 4.- Encárguese a la Coordinación General de Asesoría
Jurídica la publicación del presente documento en el
Registro Of‌i cial.
El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los treinta
días de octubre de 2017.
f.) Mgs. Pablo Campana Sáenz, Ministro de Comercio
Exterior.
No. 038-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Considerando:
numeral 1, prescribe que “… las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión”;
Que, en el artículo 226 de ibídem se dispone que: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
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