Resoluciones. 04/2017 Autorícese A La Empresa Pública Tame Línea Aérea Del Ecuador “tame Ep”, La Suspensión Temporal De La Ruta Quito Y/o Guayaquil – La Habana Y Viceversa

Número de Boletín27
SecciónResoluciones
EmisorDIRECCIÓN DE AVIACIÓN CIVIL
42 – Lunes 3 de julio de 2017 Registro Of‌i cial Nº 27
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 04 de mayo de
2017.
f.) Ing. José Franco Magallanes, Director Ejecutivo,
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero ARCH
(S).
ARCH.- AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO.- Es f‌i el copia del original.- Lo
certif‌i co.- f.) Patricia Iglesias, Centro de Documentación.-
Quito, 29 de mayo de 2017.
No. 04/2017
DIRECCION GENERAL
DE AVIACION CIVIL
Considerando:
Que, mediante Acuerdo No. 023/2015, de 13 de julio del
2015 y modif‌i cado con Acuerdo No. 16/2015, de 08 de
septiembre del 2015, el Consejo Nacional de Aviación
Civil, renovó parcialmente y modif‌i có a la Empresa Pública
TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME EP”, su permiso
de operación para la prestación del servicio de transporte
aéreo, público, internacional, regular, de pasajeros, carga y
correo, en forma combinada;
Que, con of‌i cios Nos. TAME-TAME-2017-0112-O y
TAME-TAME-2017-0153-O, de 31 de marzo y 26 de abril
de 2017, respectivamente, el Gerente General de la Empresa
Pública TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME EP”,
solicita “…la suspensión parcial del Permiso de Operación
para explotar el servicio de transporte aéreo internacional,
regular, de pasajeros, carga y correo en forma combinada
con la f‌i nalidad de suspender por un (1) año los derechos
otorgados en la ruta “Quito y/o Guayaquil – La Habana
y viceversa, hasta cuatro (4) frecuencias semanales. Con
derechos de tercera y cuarta libertades del aire.”, a partir
del 05 de junio del 2017;
Que, la peticionaria tiene presentado “una declaración
juramentada realizada ante notario público por la que se
compromete a cumplir con las obligaciones derivadas de
los contratos de transporte afectados”, otorgado ante el
Dr. Felipe Iturralde Dávalos, Notario Vigésimo Quinto del
Cantón Quito, de fecha 31 de marzo de 2017, en la que se
determina que la empresa se compromete a cumplir con las
obligaciones derivadas de los contratos de transporte que
fueren afectados por la suspensión de la operación regular
internacional de la ruta “Quito y/o Guayaquil – La Habana
y viceversa, hasta cuatro (4) frecuencias semanales”;
Que, la Dirección de Inspección y Certif‌i cación
Aeronáutica presenta su informe Técnico Económico, en
el que recomienda que se autorice la suspensión temporal
solicitada por la Empresa Pública TAME Línea Aérea del
Ecuador “TAME EP”, por un período de DOCE (12) meses;
Que, la Dirección de Asesoría Jurídica, en su informe
recomienda que se continúe con el trámite de la solicitud
y se atienda la suspensión de la ruta solicitada por “TAME
EP”;
Que, con of‌i cio Nro. DGAC-YA-2017-0944-O de 28 de
abril de 2017, el señor Director General de Aviación Civil,
remite a la Empresa Pública “TAME EP”, el Extracto para
que proceda con las publicaciones, durante tres (3) días
consecutivos, en uno de los periódicos de mayor circulación
nacional en el país;
Que, mediante of‌i cio Nro. TAME-TAME-2017-0165-O
de 05 de mayo de 2017, la Empresa Pública TAME Línea
Aérea del Ecuador “TAME EP”, entrega en físico el 09 de
mayo del 2017, los tres (3) ejemplares de las publicaciones
realizadas los días 2, 3 y 4 de mayo del 2017, en el diario
“El Telégrafo”, lo cual fue verif‌i cado por la Secretaría
General, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 36 del
Reglamento de Permisos de Operación para la Prestación
de los Servicios de Transporte Aéreo;
Que, la Dirección de Secretaría General, ha presentado el
Informe unif‌i cado en el cual concluye y recomienda, que
con base a los informes Jurídico y Técnico Económico
favorables, se ha procedido a elaborar la respectiva
Resolución, mediante la cual se autoriza la suspensión
temporal de la ruta Quito y/o Guayaquil – La Habana y
viceversa, hasta cuatro (4) frecuencias semanales. Con
derechos de tercera y cuarta libertades del aire, por un año
contado a partir del 05 de junio del 2017, a favor de la
Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME
EP”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 156, de 20 de
noviembre de 2013, se reorganiza al Consejo Nacional de
Aviación Civil y a la Dirección General de Aviación Civil;
Que, mediante Resolución No. 001/2013, de 24 de
diciembre de 2013, el Consejo Nacional de Aviación Civil,
delegó al Director General de Aviación Civil, la facultad
de resolver las solicitudes para modif‌i car o suspender
temporal y parcialmente, las concesiones y permisos de
operación otorgados por el Consejo Nacional de Aviación
Civil, cumpliendo con los requisitos establecidos en la
reglamentación de la materia;
Que, en virtud del Decreto No. 1277 de 16 de diciembre de
2016, se nombra al señor ingeniero Luis Ignacio Carrera
Muriel, como Director General de Aviación Civil; y,
Con base a la delegación realizada en la Resolución
No. 001/2013, de 24 de diciembre de 2013, del Consejo
Nacional de Aviación Civil,
Resuelve:
ARTICULO 1.- AUTORIZAR a la Empresa Pública
TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME EP”, la suspensión
ma c
n of‌i ci
AME-20
pectivam
E Línea A
spensión parcial del Perm
rvicio de trans
, carga y cor
cuador
prestación de
rnacional, regular
combinada;
os Nos. TAME-
017-0153-O, de 31 de marz
mente, el Gerente Gene
ínea Aérea del Ecuador “TAME
ión parcial del Permiso de Opera
e transporte aéreo internacio
f
de
ME-TAME-20
7-0153-O, de 31 de mar
ente, el Gerente G
ns
e y mod
el Ecua
la pre
tern
co
io
2017-0153-O, de 31 de marzo y
vamente, el Gerente General de la
ea Aérea del Ecuador “TAM
ildlP
e tr
ajeros
nsport
carga
miso
te
Re
112-O
de abr
y
v
der
con
mpo
viceve
ch
oral
sa,
ción,
de l
se h
medi
nform
ha pr
n e
mes
ecreta
l cual
J
aría Ge
co
eo;
en
ión
sa
EP”
n
Q
Empre
”;
o a
sa Pú
s
de terc
partir
cua
ra y c
d
a Quito
tro (
dido
cual
o y/o
dic
do a el
se

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR