Resoluciones. 04-2018 Dispónese Que En Los Procesos Sumarios Cuya Pretensión Principal Sea La Fijación De Pensión Alimenticia De Niñas, Niños, Adolescentes O Personas Con Discapacidad, La Inasistencia A La Audiencia Única De El O La Accionante O De Ninguna De Las Partes, Obligará A La O El Juzgador Competente, A Emitir Inmediatamente Un Auto Interlocutorio Ratifi Cando La Pensión Provisional Fijada En El Auto De Calificación De La Demanda

Número de Boletín229
SecciónResoluciones
EmisorCorte Nacional de Justicia
12 – Miércoles 25 de abril de 2018 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 229
2 502022148 JACHO CHICAIZA
DAVID ISAÍAS 11,5 34,5 50 96
3 200419075 SECAIRA DURANGO
PATRICIO ADOLFO 15 31 50 96
4 1303801540 CANDO ARÉVALO
LUIS ANTONIO 15 35 44 94
5 1714429675 TERÁN CARRILLO
WILMAN GABRIEL 15 29 49 93
6 1708994288 CUSME MACÍAS
RÓGER FRANCISCO 11 35 44 90
7 601356215 LARCO ORTUÑO IVÁN
RODRIGO 9,5 30,5 50 90
Razón: Siento por tal que el anexo que antecede forma parte de la Resolución 037-2018, expedida por el Pleno del Consejo
de la Judicatura, el quince de marzo de dos mil dieciocho.
f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General del Consejo de la Judicatura.
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
No. 04-2018
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.- NORMATIVA APLICABLE
Entre las funciones que corresponden a la Corte Nacional
de Justicia, a través del Pleno de ese organismo, el artículo
Al Pleno de la Corte Nacional de Justicia le corresponde:
…6. Expedir resoluciones en caso de duda u obscuridad de
las leyes, las que serán generales y obligatorias, mientras
no se disponga lo contrario por la Ley, y regirán a partir
de su publicación en el Registro Of‌i cial.”
La facultad de esta Corte Nacional de Justicia de expedir
resoluciones generales y obligatorias en caso de duda
sobre el alcance y aplicación de la leyes, constituye una
de las labores fundamentales de este Órgano de justicia,
íntimamente vinculado con las garantías jurisdiccionales
de los ciudadanos al debido proceso, a la tutela efectiva
de sus derechos y a la seguridad jurídica (Arts. 75, 76
y 82 de la Constitución de la República). Se encuentra
relacionado con los principios constitucionales que rigen
el ejercicio de los derechos, contemplados en el artículo
11, numerales 5 y 8 de la Constitución de la República
que establece: “Art. 11. El ejercicio de los derechos se
regirá por los siguientes principios: …5. En materia de
derechos y garantías constitucionales, las servidoras y
servidores públicos, administrativos y judiciales, deberán
aplicar la norma y la interpretación que más favorezca
su efectiva vigencia. …8. El contenido de los derechos se
desarrollará de manera progresiva a través de normas,
jurisprudencia y políticas públicas. El Estado generará
y garantizará las condiciones necesarias para su pleno
reconocimiento y ejercicio.”
Además, a través de estas resoluciones generales y
obligatorias, la Corte Nacional de Justicia brinda a las
juezas y jueces de instancia, tribunales provinciales, así
como a los profesionales del derecho y ciudadanía en
general, criterios unif‌i cados, debidamente sustentados,
sobre la aplicación de la normatividad jurídica en la
solución en casos controvertidos.
2.- ANTECEDENTES JURIDICOS
De conformidad con lo previsto en el artículo 332 del
el procedimiento sumario “…3. La pretensión relacionada
CORTE
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