Acuerdo 044 Deléguese al Viceministro de Economía, como Delegado Permanente ante el Directorio de la COSEDE

Número de Boletín487
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Registro Ocial - Suplemento Nº 487
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Lunes 5 de julio de 2021
ACUERDO NO. 044
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
CONSIDERANDO:
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además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde “Ejercer la rectoría de
las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiere su gestión̶Ǣ
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rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la
ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que será el ente rector del
SINFIP”;
 norma ibidem, en su artículo 75 dispone: “La Ministra (o) a cargo de las finanzas públicas
podrá delegar por escrito las facultades que estime onveniente hacerlo (...)";
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69 determina:
Delegación de
competencias. Los órganos administrativos pueden delegar el ejercicio de sus competencias,
incluida la de gestión (…)”;
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Oficial No. 31 de 07 de julio de 2017, vigente desde el 07 de julio de 2018, dispone: “Las
competencias de un órgano administrativo pueden ser ejercidas por el jerárquico inferior en
caso de ausencia del jerárquico superior (…)”;
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Función Ejecutiva dispone: “Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia,
podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus
respectivos Ministerios”;
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Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados tendrá un directorio integrado por tres
miembros plenos: un delegado del Presidente de la República, que lo presidirá, el titular de
la secretaría de Estado a cargo de la política económica o su delegado y el titular de
la secretaría de Estado a cargo de las finanzas públicas o su delegado(…)”.

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