Ordenanzas Municipales. 045-GADMCE Cantón Esmeraldas: Que Reforma A La Ordenanza Que Regula Y Controla La Ocupación De Las Vías Públicas Por Los Vehículos Motorizados, Y El Funcionamiento Del Sistema Se Estacionamiento Rotativo Tarifado Y Parqueo Indebido

Número de Boletín1006
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 17 de mayo de 2017 – 45Registro Of‌i cial Nº 1006
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA: De la ejecución de la presente Ordenanza,
encárguese a la Unidad Municipal de Transporte Terrestre,
tránsito y Seguridad Vial del GADM Nabón (UMTTTSV).
SEGUNDA: La UMTTTSV de Nabon se encargará, en
conjunto con los operadores, del diseño e implementación
de programas de Capacitación continua obligatorios que
deberán incluir aspectos relativos a la calidad del servicio
prestado, legislación nacional y local; administración y
gerencia de compañías y cooperativas de transporte, entre
otros.
TERCERA: Los términos establecidos en esta ordenanza
se contarán a partir de la recepción completa de la
documentación solicitada para cada trámite.
CUARTA.- Lo no contemplado en la presente ordenanza,
se sujetará a lo dispuesto en la Constitución de la República
del Ecuador, Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito
y Seguridad Vial, su Reglamento General, el Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización y demás Leyes conexas y resoluciones
emitidas por la ANT.
DISPOSICIÓN FINAL
PRIMERA.- La presente ordenanza entrará en vigencia
a partir de la fecha de su aprobación, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial, en la Gaceta Of‌i cial
y dominio Web de la Institución, de conformidad con lo
establecido en el artículo 324 del COOTAD.
Dado y f‌i rmado, en la Sala de Sesiones del Ilustre Concejo
Cantonal de Nabón, a los 31 días del mes de marzo del año
2017.
f.) Lcda. Magali Quezada Minga, Alcaldesa del Cantón
Nabón.
f.) Abg. Iván Velásquez Ortega, Secretario General.
CERTIFICO: Que, la ORDENANZA QUE REGULA
EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO
DE TÍTULOS HABILITANTES DE TRANSPORTE
TERRESTRE EN EL CANTÓN NABON, fue discutida
y aprobada por el Concejo Municipal del cantón Nabón en
dos debates, el primero en fecha viernes 24 de marzo de
2017, y el segundo en fecha viernes 31 de marzo de 2017.
Nabón, 31 de marzo de 2017.
f.) Abg. Iván Velásquez Ortega, Secretario GeneralGAD
Municipal Nabón.
RAZÓN: De conformidad con lo establecido en el Art.
Autonomía y Descentralización, y al haberse observado
el trámite legal; y, al estar conforme a la Constitución y
las leyes de la República, SANCIONO la ORDENANZA
QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL
OTORGAMIENTO DE TÍTULOS HABILITANTES
DE TRANSPORTE TERRESTRE EN EL CANTÓN
NABON.
Nabón, 03 de abril de 2017.
f.) Lcda. Magali Quezada Minga, Alcaldesa del Cantón
Nabón.
RAZON: Sancionó y f‌i rmó la ORDENANZA QUE
REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL
OTORGAMIENTO DE TÍTULOS HABILITANTES
DE TRANSPORTE TERRESTRE EN EL CANTÓN
NABON, la Lcda. Magali Quezada Minga, Alcaldesa del
cantón Nabón, en fecha 03 de abril de 2017.
Nabón, 03 de abril de 2017.
f.) Abg. Iván Velásquez Ortega, Secretario GeneralGAD
Municipal Nabón.
N° 045-GADMCE
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
ESMERALDAS
Considerando:
numeral 6, otorga la competencia exclusiva para que
las municipalidades del país, dentro de su jurisdicción,
asuman la planif‌i cación, regulación y control del tránsito
y el transporte público;
establece que la jerarquía normativa considerará en lo que
corresponda, el principio de competencia, en especial la
titularidad de las competencias exclusivas de los gobiernos
autónomos descentralizados;
Que el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial,
Autonomía y Descentralización COOTAD, en su Art. 55,
literales b) y f), reconoce la competencia exclusiva de los
municipios para ejercer el control sobre el uso y ocupación
del suelo en el cantón; así como planif‌i car, regular y
controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro
de su circunscripción cantonal;
Que el Art. 130 del Código Orgánico de Ordenamiento
Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD
señala que, para el ejercicio de la competencia de tránsito
y transporte los gobiernos autónomos descentralizados
municipales def‌i nirán en su cantón el modelo de gestión
de la competencia de tránsito y transporte público, de

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