Resoluciones. 05/2017 Autorícese A La Empresa Pública Tame Línea Aérea Del Ecuador “tame Ep”, La Suspensión Temporal De Las Rutas Latacunga–guayaquil– Latacunga

Número de Boletín27
SecciónResoluciones
EmisorDIRECCIÓN DE AVIACIÓN CIVIL
Lunes 3 de julio de 2017 – 43Registro Of‌i cial Nº 27
temporal de la ruta Quito y/o Guayaquil – La Habana y
viceversa, hasta cuatro (4) frecuencias semanales, con
derechos de tercera y cuarta libertades del aire, por un
período de un año, contado a partir del 05 de junio del
2017, de su Permiso de Operación, para la prestación del
servicio de transporte aéreo público, internacional, regular,
de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, renovado
parcialmente y modif‌i cado por el Consejo Nacional de
Aviación Civil, con Acuerdo No. 023/2015 de 13 de julio
del 2015, modif‌i cado con Acuerdo No. 16/2015 de 08 de
septiembre del 2015.
Cumplida la fecha de suspensión otorgada, la Empresa
Pública “TAME EP”, deberá reactivar sus operaciones.
Si luego de cumplido el plazo indicado no reinicia su
operación, la Dirección de Inspección y Certif‌i cación
Aeronáutica, deberá informar al respecto al Consejo
Nacional de Aviación Civil.
ARTICULO 2.- Del cumplimiento de la presente
Resolución, encárguese a la Dirección General de Aviación
Civil, a través de los respectivos procesos institucionales.
Comuníquese, notifíquese y publíquese.- Dado en la ciudad
de Quito, Distrito Metropolitano, 18 de mayo de 2017.
f.) Ing. Luis Ignacio Carrera Muriel, Director General de
Aviación Civil.
CERTIFICO: Que expidió y f‌i rmó la Resolución que
antecede, el Ingeniero Luis Ignacio Carrera Muriel,
Director General de Aviación Civil, en Quito, Distrito
Metropolitano, 18 de mayo de 2017.
Lo certif‌i co.-
f.) Dra. Rita Huilca Cobos, Directora de Secretaria General
de la DGAC.
RAZÓN: En Quito a, 18 de mayo de 2017, Notif‌i qué el
contenido de la Resolución No. 04/2017 a la Empresa
Pública “TAME EP”., por boleta depositada en el Casillero
Judicial No. 3629 del Palacio de Justicia de esta ciudad.-
CERTIFICO:
f.) Dra. Rita Huilca Cobos, Directora de Secretaria General
de la DGAC.
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACION CIVIL
SECRETARIA GENERAL
CERTIFICACIÓN
Yo: ING. SILVIA LEÓN SALAZAR, en mi calidad de
Directora de Secretaría General de la Dirección General
de Aviación Civil, Subrogante, siendo una de mis
atribuciones como responsable del proceso, el “c) Otorgar
certif‌i caciones a petición de parte o por disposición de
Autoridad Competente”, como lo determina el “Artículo
4.-” de la Resolución No. 238/2010 de 30 de agosto del
2010, mediante la cual se Reforma el Reglamento Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos de la Dirección
General de Aviación Civil, y dando atención a la petición
realizada con memorando No. DGAC-AB-2017-0571-M
de 23 de mayo de 2017, suscrito por la señorita Mary
Sánchez Sánchez, Secretaria, que indica que requiere copia
Certif‌i cada de la Resolución No. 04/2017 de 18 de mayo
del 2017, otorgada a favor de la Empresa Pública TAME
Línea Aérea del Ecuador "TAME EP", a f‌i n de remitir
para su publicación en el Registro Of‌i cial, CERTIFICO
que la Resolución No. 04/2017 de 18 de mayo del 2017,
emitido por el Director General de Aviación Civil que
antecede, contenido en tres fojas útiles, es FIEL COPIA
DEL ORIGINAL que reposa en el Archivo Activo de la
Dirección de Secretaría General.
Quito, D.M a, 23 de mayo del 2017.
f.) Ing. Silvia León Salazar, Directora de Secretaría General
de la Dirección de Aviación Civil, Subrogante.
No. 05/2017
DIRECCION GENERAL DE
AVIACION CIVIL
Considerando:
Que, mediante Acuerdo No. 028/2013 de 19 de abril del 2013
y modif‌i cado con Acuerdo No. 003/2016 de 29 de enero del
2016, el Consejo Nacional de Aviación Civil, renovó a la
Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME
EP”, su concesión de operación para la prestación del
servicio de transporte aéreo, público, doméstico, regular, de
pasajeros, carga y correo, en forma combinada;
Que, con of‌i cios Nos. TAME-TAME-2017-0115-O y
TAME-TAME-2017-0148-O, de 03 y 24 de abril de 2017,
respectivamente, el Gerente General de la Empresa Pública
TAME Línea Aérea del Ecuador “TAME EP”, solicita la
suspensión parcial del Permiso de Operación para explotar
el servicio de transporte aéreo doméstico, regular, de
pasajeros, carga y correo en forma combinada en las
siguientes rutas: “Latacunga-Guayaquil-Latacunga, hasta
7 frecuencias semanales; y, Guayaquil-Cuenca-Guayaquil,
hasta 19 frecuencias semanales, por un (1) año, a partir del
03 de junio del 2017;
Que, la peticionaria tiene presentado “una declaración
juramentada realizada ante notario público por la que se
compromete a cumplir con las obligaciones derivadas de
los contratos de transporte afectados”, otorgado ante el
Dr. Felipe Iturralde Dávalos, Notario Vigésimo Quinto del
Cantón Quito, de fecha 03 de abril de 2017, en la que se
determina que la empresa se compromete a cumplir con
las obligaciones derivadas de los contratos de transporte
que fueren afectados por la suspensión de la operación
regular doméstica de las rutas “Latacunga – Guayaquil –
Latacunga”; y, “Guayaquil – Cuenca – Guayaquil”;
ita Hui
C.
Quito a, 18 de mayo de 20
Resolución No. 04/2
”., por boleta d
Palacio
is
viación C
lca Cobos, Directora de Sec
a, 18 de mayo de 2017, Notif‌i q
ución No. 04/2017 a la Empr
ta depositada en el Casi
rectora de Secr
ó y
o Luis
Avia
de m
ilca Cobos, Directora de Secret
18 de mayo de 2017,
s
el,
rito
a Genera
Qu
y m
m
d
REC
VI
CI
AC
ION G
05/2017
7
el
ser
sa
6,
Empre
, su
f‌i ca
el Co
sa Pú
te A
ado con
nsej
cuerdo
A
Con
oN
nsider
ON C

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR