Acuerdos. 051-TH-2018 Expídese el Manual de Descripción, Valoración y Clasifi cación de Puestos

Número de Boletín381
SecciónAcuerdos
EmisorContraloría General del Estado
12 – Martes 4 de diciembre de 2018 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 381
sujetos, a menos que se haya constituido, para caucionar
el mismo crédito.
Si los bienes dimitidos están embargados en otro proceso
judicial o administrativo, se tendrá por no hecha la dimisión,
a menos que, en el término que conceda el Recaudador
Especial, compruebe el ejecutado, con el avalúo hecho en
el referido proceso o en el catastro, la suf‌i ciencia del valor
para el pago del crédito reclamado en la nueva ejecución.
Art. 62.- DECLARACION DE INSOLVENCIA
DEL DEUDOR.- El Recaudador Especial mediante
providencia de Presunción de Insolvencia, podrá pedir al
juez competente que declare la insolvencia del deudor que
careciere de bienes, o si los tuviere en litigio, o embargados
por créditos de mejor derecho.
El Recaudador Especial deberá adjuntar al procedimiento
de ejecución coactiva todos los certif‌i cados obtenidos
of‌i cialmente de las entidades públicas que puedan avalar la
inexistencia de bienes del deudor.
DISPOSICION GENERAL UNICA.- En todo lo
no previsto en el presente reglamento, se sujetará a lo
Orgánico General de Procesos y demás leyes conexas
vigentes que sean aplicables a la jurisdicción coactiva y no
se contrapongan.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- De la ejecución de la presente Resolución,
encárguese a la Dirección de Gestión Sancionatoria,
Coactiva y Patrocinio Legal y a la Dirección Financiera de
la UAFE.
SEGUNDA.- El presente reglamento de ejecución coactiva
de la Unidad de Análisis Financiero y Económico UAFE,
entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Of‌i cial. 23 de noviembre
de 2018.
f.) Dra. Diana Salazar Méndez, Directora General, Unidad
de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
No. 051–TH-2018
CONTRALORÍA GENERALDEL ESTADO
Considerando:
Que, de conformidad con lo determinado en el artículo 204
de la Constitución de la República, la Contraloría General
del Estado cuenta con personalidad jurídica y autonomía
administrativa, f‌i nanciera, presupuestaria y organizativa;
Que, el artículo 211, de la Carta Suprema, atribuye a la
Contraloría General del Estado, el control de la utilización
de los recursos estatales y la consecución de los objetivos
de las instituciones del Estado y de las personas jurídicas
de derecho privado que dispongan de recursos públicos; y,
en su artículo 212, número 3, faculta expedir la normativa
correspondiente para el cumplimiento de sus funciones;
señala que la Administración Pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planif‌i cación,
transparencia y evaluación;
Que, el numeral 5 del artículo 7 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General del Estado determina: “Para regular
el funcionamiento del sistema, la Contraloría General del
Estado adaptará, expedirá, aprobará y actualizará, según
corresponda: (…) 5.- Reglamentos, regulaciones, manuales
generales y especializados, guías metodológicas, instructivos
y más disposiciones necesarias para la aplicación del
sistema y la determinación de responsabilidades”;
en su artículo 31, numeral 23, señala: “Emitir y actualizar
para su funcionamiento interno los reglamentos: orgánico
funcional; de administración de personal de su competencia
que incluirá la escala de remuneraciones mensuales
unif‌i cadas y el régimen propio de remuneraciones; y, los
demás que fueren necesarios”;
Que, el Reglamento General de la Ley Orgánica de la
Autonomía. – La Contraloría General, como persona
jurídica de derecho público, dirigida y representada
legalmente por el Contralor General, tendrá la autonomía
administrativa, presupuestaria y f‌i nanciera consagrada en
la Constitución Política de la República”;
Que, el Reglamento ibídem en su artículo 52 inciso primero
dispone: “Alcance de la autonomía y f‌i nanciamiento. – La
Contraloría General se organizará, y manejará su personal,
dentro de la autonomía administrativa y presupuestaria que
le otorgan la Constitución y su propia ley”;
Que, el artículo 137 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Servicio Público, establece: Administración del desarrollo
institucional.– Las UATH tendrán bajo su responsabilidad
el desarrollo, estructuración y reestructuración de las
estructuras institucionales y posicionales, en función de la
misión, objetivos, procesos y actividades de la organización
y productos. Para el efecto, aplicaran la norma para el
diseño, rediseño e implementación de las estructuras
organizacionales que emita el Ministerio del Trabajo.”;
Que, el artículo 173 inciso primero del Reglamento a la
Ley Orgánica de Servicio Público, prescribe: Manual
de descripción, valoración y clasif‌i cación de puestos
institucional.– Las UATH, en base a las políticas, normas
e instrumentos de orden general, elaborarán y mantendrán
actualizado el manual de descripción, valoración y
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No. 051–TH-2018
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Martes 4 de diciembre de 2018 – 13Registro Of‌i cial Nº 381 – Suplemento
clasif‌i cación de puestos de cada institución, que será
expedido por las autoridades nominadoras o sus delegados.
(…)”;
Que, el artículo 174 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Servicio Público determina: Valoración y clasif‌i cación
de puestos creados.–Todo puesto que fuere creado será
clasif‌i cado y se sujetará a la nomenclatura de la estructura
de puestos institucional vigente o aquella establecida en el
Manual de descripción, valoración y clasif‌i cación de puestos
emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales.”;
Que, Mediante Acuerdo No. 009-DNTH-2018 de 23 de
marzo de 2018, publicado en el Registro Of‌i cial Edición
Especial No. 383 de 02 de abril de 2018, la Contraloría
General del Estado, expidió el Manual de Descripción,
Valoración y Clasif‌i cación de Puestos institucional;
Que, con Acuerdo No. 056-CG-2018 del 19 de octubre de
2018, publicado en el Registro Of‌i cial Edición Especial
No. 595 de 25 de octubre de 2018, el Contralor General del
Estado, Subrogante, expidió el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos Sustitutivo de este Organismo
Técnico de Control reformado mediante Acuerdo No. 057-
CG-2018 de 31 de octubre de 2018, publicado en el Registro
Of‌i cial Suplemento No. 363 de 08 de noviembre de 2018,
mediante el cual se establece la estructura organizacional por
procesos de la institución y la descripción de las unidades
administrativas que constan en la estructura orgánica;
Que, la Disposición Transitoria Segunda del instrumento
referido en el considerando que antecede determina que:
“A partir de la fecha de entrada en vigencia del presente
Acuerdo, impleméntese lo siguiente: (…) c) Los movimientos
administrativos, dotación de personal, actualización del
manual de puestos y demás acciones inherentes al área de
talento humano.”;
Que, el “Reglamento Interno de Administración del Talento
Humano de la Contraloría General del Estado” emitido con
Acuerdo 024-CG-2014 y publicado en la Edición Especial
del Registro Of‌i cial 136 de 10 de junio de 2014 y sus
reformas, dispone a la Coordinación Nacional del Talento
Humano en su artículo 107, la elaboración y actualización
del Manual de Descripción, Valoración y Clasif‌i cación de
Puestos de la institución;
Que, mediante Informe Técnico No. 0087-2018-CNTH-
GPyDOTH de 23 de noviembre de 2018, la Coordinación
Nacional de Talento Humano, presentó la propuesta de
actualización del Manual de Descripción, Valoración y
Clasif‌i cación de Puestos de la Contraloría General del
Estado, para consideración del Director Nacional de Gestión
Institucional, Encargado; el mismo que con nota inserta
en el Memorando No.4834-CNTH-GPyDOTH de 23 de
noviembre de 2018 aprobó el documento en mención;
Que, la Coordinación Nacional de Talento Humano de
la Contraloría General del Estado, realizó el análisis
técnico referente a la naturaleza, responsabilidades,
complejidad y competencias requeridas para el desarrollo
de las actividades de cada puesto, de conformidad con las
funciones, atribuciones, productos y servicios determinados
para cada unidad administrativa, según lo establecido en el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
Sustitutivo de este Organismo Técnico de Control;
En ejercicio de las atribuciones previstas en el ordenamiento
jurídico,
Acuerda:
Artículo 1.- Expedir el Manual de Descripción, Valoración
y Clasif‌i cación de Puestos de la Contraloría General del
Estado, con los correspondientes descriptivos y perf‌i les,
conforme el índice ocupacional, las denominaciones y
series de puestos establecidos por este Organismo Técnico
de Control, de acuerdo al siguiente detalle:
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