Resoluciones. 055 Dispónese a todo el personal de la Procuraduría General del Estado a nivel nacional, colaboren de manera prioritaria en la ejecución de la consultoría “Elaboración del diseño estratégico e implementación de la reforma institucional integral de la PGE, incluyendo el modelo de gestión, sus instrumentos y la gestión del cambio institucional”

Número de Boletín348
SecciónResoluciones
EmisorProcuraduría General del Estado
34 Viernes 11 de diciembre de 2020 Suplemento – Registro Ocial Nº 348
RESOLUCIÓN No. 055
Dr. Íñigo Salvador Crespo
PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO
CONSIDERANDO:
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación”;
Que la Procuraduría General del Estado, conforme a lo establecido en el artículo 235
de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo
1 de su Ley Orgánica, es un organismo público, técnico jurídico, con autonomía
administrativa, presupuestaria y financiera, dirigido y representado por el
Procurador General del Estado;
Que los artículos 237 de la Constitución de la República y 3 de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General del Estado, establecen las funciones que le corresponden al
Procurador General del Estado;
Que la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en sus
artículos 1 y 10, disponen que toda la información que emane de las
instituciones, organismos, entidades y personas de derecho público es de carácter
público, salvo las excepciones establecidas en dicha ley, y que su custodia,
administración, manejo, archivo y conservación es responsabilidad de las
aludidas instituciones, así como del personal competente de las respectivas
unidades a las que se pertenezca;
establece:
“En las contrataciones que se financien, previo convenio, con fondos provenientes
de organismos multilaterales de crédito de los cuales el Ecuador sea miembro,
o, en las contrataciones que se financien con fondos reembolsables o no
reembolsables provenientes de financiamiento de gobierno a gobierno; u
organismos internacionales de cooperación, se observará lo acordado en los
respectivos convenios. Lo no previsto en dichos convenios se regirá por las
disposiciones de esta Ley”;
Que el Plan Estratégico Institucional de la PGE 2019-2022, aprobado mediante
Resolución No. 13 de 20 de diciembre de 2018, publicada en el Registro Oficial
No. 403 de 10 de enero de 2019, establece en sus objetivos estratégicos, el

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