Ordenanzas Municipales. 06-2021-GADMC-CH Cantón Chillanes: Que aprueba la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial y la aprobación de la elaboración del Plan de Uso y Gestión del Suelo

Número de Boletín549
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 30 de septiembre de 2021Registro Ocial Nº 549
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN CHILLANES
ADMINISTRACIÓN 2019-2023
Chillanes Granero del Ecuador
ORDENANZA N.- 06-2021-GADMC-CH
ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y LA APROBACIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE USO Y GESTION DEL
SUELO PARA EL CANTÓN CHILLANES.
EXPOSICION DE MOTIVOS.
La planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial es de carácter integral orientada a conseguir un
desarrollo sustentable, mediante la previsión de un sistema territorial armónico, funcional y equilibrado que
proporcione a la población una mejor calidad de vida. Esta planificación se hace operativa por medio de un
sistema coherente de planes, programas y proyectos identificados y concertados con la población del
cantón Chillanes. La actualización del plan de desarrollo de todas y cada una de las partes que conforman
el territorio.
En la Constitución de la República del Ecuador se reconoce el derecho de la población a vivir en un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad y el buen vivir de toda la
población.
El Gobierno Autónomo descentralizado Municipal del cantón Chillanes enmarcado en la Ley tiene la
necesidad de contar con el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, para poder establecer y articular
las políticas, objetivos, estrategias y acciones como parte del diseño, ejecución y evaluación de planes,
programas y proyectos en el ámbito de sus competencias y de su circunscripción territorial, en el marco del
Sistema Nacional de Planificación.
Establecer la capacidad del Gobierno Autónomo descentralizado Municipal del cantón Chillanes para
ejecutar, proveer, prestar, administrar y financiar las competencias exclusivas y concurrentes a fin de
impulsar el Buen Vivir en la jurisdicción cantonal.
De la misma manera, esta capacidad debe estar enmarcada en un territorio debidamente ordenado con
una zonificación eficiente que permita un desarrollo sustentable enmarcado en la normativa nacional que
le confiere la competencia de establecer el uso del suelo en su jurisdicción que racionalizará la intervención
de los demás gobiernos locales en su territorio.
Esta programación finalmente establecerá políticas públicas locales que estarán articuladas a los objetivos
y estrategias nacionales, y finalmente deben estar alineadas a los objetivos de desarrollo sostenible 2030.
CONSIDERANDO:
Que, es necesario contar con el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, para poder establecer y
articular las políticas, objetivos, estrategias y ac ciones como parte del diseño, ejecución y evaluación de
planes, programas y proyectos, en el ámbito de sus competencias y de su circunscripción territorial, en el
marco del Sistema Nacional de Planificación.
Que, es necesario contar con el Plan de Uso y Gestión del Suelo para poder contar con polígonos de
intervención idóneos en el territorio que permita una zonificación eficiente y el tratamiento adecuado en uso
y la gestión del suelo cantonal que racionalice la intervención de las personas naturales y jurídicas, así
como los demás niveles de gobierno, que permita una explotación adecuada de sus recursos naturales.
Que, la Constitución de la República del Ecuador en el numeral 6 del artículo 3 establece que es deber
primordial del Estado “… promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio, mediante el
fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización.”;

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