Ordenanzas Municipales. 06-2022 Cantón Santa Ana: Que regula el funcionamiento de establecimientos de expendio de productos y subproductos cárnicos de consumo humano

Número de Boletín270
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 16 de junio de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 270
27
GOBIERNO AUTÒNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÒN SANTA ANA
ORDENANZA MUNICIPAL No. 06-2022
1
LA ORDENANZA QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMI ENTOS DE EXPENDIO DE PRODUCTOS Y
SUBPRODUCTOS CÁRNICOS DE CONSUMO HUMANO.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN SANTA ANA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Constituciónde la República del Ecuador señala que es un deber
primordial del Estado, garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los
derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, entre
estos, la alimentación para sus habitantes;
Que, en el artículo 13 de la Constitución de la República del Ecuador se establece que
"Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a
alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en
correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales";
Que, el artículo 33 de la Constitución de la Republica del Ecuador, establece que “el
trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización
personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el
pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas
y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado”;
soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado
para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la
autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiados de forma permanente.
Para ello es responsabilidad del Estado, entre otros aspectos: “(...) 7) Precautelar que
los animales destinados a la alimentación humana estén sanos y sean criados en un
entorno saludable";
como objetivo de las políticas económicas, incentivar la producción nacional, la
productividad y competitividad sistémicas, la acumulación del conocimiento científico y
tecnológico, la inserción estratégica en la economía mundial y las actividades
productivas complementarias en la integración regional; y agrega en el numeral 3,
asegurar la soberanía alimentaria y energética;
Descentralización, contempla, entre las funciones del gobierno autónomo
descentralizado municipal: “Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción
territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la
implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias
constitucionales y legales; “Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de
actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales
ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los
derechos de la colectividad”; “Prestar servicios que satisfagan necesidades
colectivas respecto de los que no exista una explícita reserva legal a favor de
otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres;
servicios de Faenamiento, plazas de mercado y cementerios”;

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