Resoluciones. 061-2017 Declárese Elegibles A Los Jueces De La Fuente De La Carrera Judicial Jurisdiccional Y Apruébese El Informe Fi Nal De Integración Del Banco Único De Elegibles Para El Cargo De Jueces De Corte Provincial, Juez De Tribunaldistrital Contencioso Administrativo; Y, Juez De Tribunal Distrital Contencioso Tributario, A Nivel Nacional

Número de Boletín18
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Martes 20 de junio de 2017 – 29Registro Of‌i cial Nº 18
Desarrollo y Mejora Continua del Servicio Judicial, pone
en conocimiento de la Dirección Nacional de Asesoría
Jurídica el: “Análisis de unif‌i cación de la Sala de lo Civil,
Mercantil, Inquilinato, Materias Residuales, Laboral,
Niñez y Adolescencia con la Sala de lo Penal, Colusorios y
de Tránsito de la Provincia de Bolívar”;
Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el
Memorando CJ-DG-2017-1886, de 28 de abril de 2017,
suscrito por el doctor Tomás Alvear Peña, Director General,
quien remite el Memorando CJ-DNJ-SNA-2017-531, de
27 de abril de 2017, suscrito por la abogada Connie Frías
Mendoza, Directora Nacional de Asesoría Jurídica (e),
que contiene el proyecto de resolución: “DE LA SALA
MULTICOMPETENTE DE LA CORTE PROVINCIAL DE
BOLÍVAR”; y,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,
por unanimidad de los presentes,
RESUELVE:
DE LA SALA MULTICOMPETENTE DE LA
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE BOLÍVAR
Artículo 1.- Cambiar la denominación de la: “Sala
de lo Civil, Mercantil, Inquilinato, Materias Resi-
duales, Laboral, Niñez y Adolescencia”, por: “Sala
Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de
Bolívar”.
Artículo 2.- Suprimir la Sala de lo Penal, Colusorios y de
Tránsito.
Artículo 3.- Las causas que se encuentran en conocimiento
de los jueces que integran la Sala de lo Penal, Colusorios
y de Tránsito, suprimida mediante esta resolución, serán
conocidas y resueltas por los jueces que integran la Sala
Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de
Bolívar.
Artículo 4.- Los servidores judiciales que prestan sus
servicios en la Sala de lo Penal, Colusorios y de Tránsito,
suprimida mediante esta resolución, pasarán a prestar
sus servicios en la Sala Multicompetente de la Corte
Provincial de Justicia de Bolívar, debiendo sujetarse a
las disposiciones administrativas que emitan la Dirección
Provincial de Bolívar y la Dirección Nacional de Talento
Humano del Consejo de la Judicatura.
Artículo 5.- Los servidores judiciales que integran la Sala
Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de
Bolívar, laborarán en el horario establecido por el Consejo
de la Judicatura, no obstante en días y horas no laborables,
ejercerán sus funciones cuando el servicio lo requiera,
sujetándose a las disposiciones administrativas que emitan
la Dirección Provincial de Bolívar y la Dirección Nacional
de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- La Dirección Nacional de Gestión Procesal
en coordinación con la Dirección Provincial de Bolívar,
deberán elaborar y remitir a la Dirección General para
su aprobación, de acuerdo a la Resolución 047-2015, un
informe técnico sobre la pertinencia de reasignar las causas
que se encuentran en conocimiento de los jueces que
integran la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de
Justicia de Bolívar.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo,
en el ámbito de sus competencias, de la Dirección General;
Dirección Nacional de Planif‌i cación; Dirección Nacional
de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
TIC´s; Dirección Nacional de Talento Humano; Dirección
Nacional de Innovación, Desarrollo y Mejora Continua del
Servicio Judicial; Dirección Nacional de Gestión Procesal;
y, la Dirección Provincial del Bolívar del Consejo de la
Judicatura.
SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir
del 8 de mayo de 2017, sin perjuicio de su publicación en
el registro of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, en la sala
de sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura, el
veintiocho de abril de dos mil diecisiete.
f.) Gustavo Jalkh Röben, Presidente.
f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.
CERTIFICO: que el Pleno del Consejo de la Judicatura,
aprobó esta resolución el veintiocho de abril de dos mil
diecisiete.
f.) Dr. Andrés Segovia Salcedo, Secretario General.
No. 061-2017
EL PLENO DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO:
del Ecuador, dispone: “El Consejo de la Judicatura es el
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